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SFC - Resolución 0485 de 2020

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 0485 de 2020
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2020

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Radicación:2020058479-008-000

Fecha: 21/05/2020 11:52 AM Sec.día4932

Anexos: NO

Trámite::71-AA CANC. VOLUNT DE LA INSCRIP. EN EL RNAMV

Tipo doc::39-RESPUESTA FINAL E Remitente: 430000-DELEGATURA PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES Destinatario::1-61-MULTIBANK

RESOLUCIÓN NÚMERO 0485 DE 2020

(Mayo 21) Por la cual se ordena la cancelación voluntaria de una inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES En ejercicio de sus facultades legales, y en particular de aquellas previstas en los numerales 6 y 7 del artículo 11.2.1.4.46 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO. Que en su condición de establecimiento bancario, el BANCO MULTIBANK S.A. (hoy Latam Credit Colombia S.A.1) identificado con el NIT. 860.024.414-1, se encuentra sometido a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del numeral 2 del artículo 325 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en concordancia con el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010, y en virtud de lo previsto en el artículo 5.3.1.1.1 del mismo Decreto fue autorizada su inscripción en el Registro

Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV como intermediario en el mercado de valores, según conta en la Resolución 1540 del 12 de diciembre de 2016. SEGUNDO. Que de conformidad con lo establecido por el artículo 5.3.4.1.2 del Decreto 2555 de 2010, “(…) Las personas inscritas en el RNAMV podrán voluntariamente solicitar la cancelación de su inscripción, para lo cual deberán allegar a la Superintendencia Financiera de Colombia petición en tal sentido, suscrita por el representante legal, explicando el motivo de la misma. (…)”. TERCERO. Que mediante comunicación radicada en esta Superintendencia bajo el número 2020058479-000-000 del 8 de abril del 2020, el BANCO MULTIBANK S.A., a través de su Representante Legal, doctor Juan Jose Sanchez Casadevall, solicitó “(…) la cancelación de la inscripción de BANCO MULTIBANK S. A. en el RNAMV teniendo en cuenta que la Superintendencia Financiera de Colombia aprobó a BANCO MULTIBANK S. A. un Programa de Desmonte Progresivo mediante la Resolución 081 del 28 de enero de 2020 que terminará en los próximos días y que BANCO MULTIBANK S.A. no efectúa operación alguna de intermediación de valores y realiza únicamente las autorizadas para cumplir con el Programa de Desmonte Progresivo antes mencionado (…)”. CUARTO. Que mediante Resolución 0395 del 14 de abril de 2020, el Superintendente Financiero de Colombia autorizó la terminación del programa de desmonte progresivo de operaciones del BANCO MULTIBANK S.A. y, en consecuencia, canceló el permiso de

funcionamiento a la entidad, en las condiciones informadas y por las razones expuestas en la parte motiva de dicho acto administrativo. QUINTO. Que en el marco de la presente actuación administrativa, el Representante Legal de la entidad certificó ante esta Superintendencia que su representada “(…) no tiene obligaciones pendientes de pago provenientes de las actividades que tenía autorizadas como intermediario 1 La entidad aportó a la Superfinanciera copia de la reforma estatutaria formalizada en escritura pública e inscrita en el registro mercantil del domicilio principal de la sociedad, mediante la cual modificó su razón y objeto sociales. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA de valores (…) no tiene en su poder, ningún título, valores ni recursos de terceros para inversión, depósito o administración (…) ha informado a sus clientes de manera adecuada y oportuna, la decisión adoptada por la Sociedad, indicándoles el procedimiento que puede seguir a efectos de lograr la trasferencia de sus recursos o valores”. SEXTO. Que las áreas de esta Superintendencia que participaron en el trámite de autorización para la cancelación voluntaria de la inscripción del BANCO MULTIBANK S.A. en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV, rindieron conceptos favorables desde el ámbito de sus respectivas competencias. SÉPTIMO. Que de acuerdo en con las facultades previstas en los numerales 6 y 7 del artículo 11.2.1.4.46 del Decreto 2555 de 2010, corresponde a la Superintendente Delegada para Intermediarios de Valores administrar el Registro Nacional de Agentes del Mercado de ValoresRNAMV y velar por su actualización, así como ordenar la cancelación voluntaria o de oficio de

las inscripciones. En virtud de lo expuesto, la Superintendente Delegada para Intermediarios de Valores RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ORDENAR la cancelación voluntaria de la inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores – RNAMV de BANCO MULTIBANK S.A. (hoy Latam Credit Colombia S.A.) identificado con el NIT. 860.024.414-1. ARTICULO SEGUNDO. NOTIFICAR personalmente por correo electrónico el contenido de la presente Resolución al Representante Legal de la entidad, doctor Juan Jose Sanchez Casadevall o a quien haga sus veces, acto en el cual deberá entregársele copia de esta y advertírsele que contra lo resuelto procede el recurso de reposición, el cual deberá ser interpuesto ante este Despacho, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. ARTÍCULO TERCERO. ADVERTIR que la cancelación voluntaria de la inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores – RNAMV que aquí se ordena, no libera a la sociedad del cumplimiento de las obligaciones que tenga pendientes frente a terceros o inclusive frente a esta Superintendencia. ARTÍCULO CUARTO. ORDENAR, una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los veintiún (21) días del mes de mayo de dos mil veinte (2020).

SANDRA MILENA VILLOTA MARIÑO

430000-DELEGADO PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES

Anexos: Ninguno

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

NOTIFICAR:

Doctor JUAN JOSE SANCHEZ CASADEVALL

Representante Legal

BANCO MULTIBANK S.A. (hoy LATAM CREDIT COLOMBIA S.A.)

Juanjo.sanchez@latamcreditcolombia.com.co

Bogotá Radicado: 2020058479-008-000

Proyectó: [ANA KARINA TORRES VILORIA]

Revisó: [JUAN GUILLERMO AGUILAR RIVERA

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