SFC - Resolución 0496 de 2015
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 0496 de 2015
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2015
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE _COLOMBIA
049_6
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2015 e2 2 A B2R0 1>5
Por la cual se ordena la cancelación de oficio de una inscripción e:i el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES Y OTROS AGENTES (E) En ejercicio de sus atribuciones, en especial la conferida por el artículo 5.3.4.1.1, en concordancia con el numeral 6 del artículo 11.2.1.4.47 del Decreto 2555 de 2010
CONSIDERANDO: PRIMERO. Que la sociedad Mercancías y Valores S.A. Comisionista de Bolsa, miembro de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., identificada con el NIT 830.057.831-0, constituida mediante Escritura Pública No. 0906 del 6 de mayo de 1999, otorgada en la Notaría 35 del Círculo de Bogotá, con domicil!:> en la ciudad o.e. de Bogotá SEGUNDO. Que la sociedad Mercancías y Valores S.A. Comisiorista de Bolsa, miembro de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., identificada con el NIT 830.057.831-0, se inscribió en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, hoy Registro Nacional de Agentes del Mercado de· Valores - RNAMV, mediante Resolución No. 639 del 1 de agosto de 2005.
TERCERO. Que la sociedad comisionista de bolsa Mercancías y Valores S.A. se encontraba sometida a la inspección y vigilancia de la Superintendencia
Financiera de Colombia de conformidad con lo previsto en el rumeral 1 del parágrafo 3 del artículo 75 de la Ley 964 de 2005, en armonía con :o establecido en el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010. CUARTO. Que mediante Resolución No. 1440 de septiembre 13 de 2012, la Superintendencia Financiera de Colombia, ordenó la toma de posesión de los negocios, bienes y haberes de la sociedad Mercancías y Valores S.A. Comisionista de Bolsa, con el objeto de proceder a su liquidación forzosa administrativa. QUINTO. Que de conformidad con las facultades previstas en el arJculo 296 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras -FOGAFIN, mediante documento radicado bajo el No. 2015035123001 del 20 de abril de 2015 informó a esta Superintendencia que mediante Escritura Pública No. 2451 del 8 de octubre de 2013, de la Notaría 35 del-Circulo
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN No. DE 2015
Pomre didoel caua sle o drenlacaa n celadceoi fiócdnie uo n ianc sripecnei lRó enig stNraoc idoeAn gaeltn es deMle craddoe V alo-reRsN AMV 2 ' ' de Bogotá, se protocolizó la· Rendición Final de Cuentas del Liquidador por el periodo compr.findido entre el 1 ºd e enero y el 25 de septiembre de 2013. Así mísmo, dirho Fondo adjuntó la Resolución No. 007 del 7 de octubre de 2013
por medio de la cual el liquidador de la comisionista ordenó "edc:arpaorr terminaldaea x isctiyeare n preseanctilóeng daeMl E RCANCAISY VALOnESS .A.
ENL IUQIDCA1Ó,N".
SEXTO. Que dentro de las condiciones para permanecer como intfirmediario inscrito se encuentra mantener las • condiciones establecidas en artículo 31 5.3.1 .1.2 del Decreto 2555 de 201 O, entre ellas los requisitos establc;idos en el artículo 53 de:. Estatuto Orgánico del Sistema Financiero - EOSF, exigencias que, en el caso de Mercancías y Valores S.A. comisionista de Bolsa en Liquidación, dejaron de ser cumplidas, una vez el liquidador de la comisionista order.ó "edclarar potre rminlaade ax iesntcyire ap ersetancilóeng daelM ERCANCÍASY VALORES SA..E NL IUQ!ADCIÓ"Ny por ello no puede mantener vigente su inscr:pción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV. SEPTIMO. Que por los motivos expuestos, es procedente la cancela :ión oficiosa de la inscripción de Mercancías y Valores S.A. comisionista de 1.mlsa en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores RNAMV, en los términos del artículo 5.fi.4.1.1 del Decreto 2555 de 201 O.
OCTAVO. QL.: e de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 11.2.1.4.47 del Decreto 2555 de 201 O, corresponde al Superintendente Delegado
para Intermediarios de Valores y Otros Agentes, ordenar la cancelación de oficio de la inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores. NOVENO. Ql.ie de conformidad con lo previsto en el literal b) del a. "'.fil/O 296 del EOSF, corresponde al Fondo de Garantías de Instituciones Flnt ·:derasFOGAFIN, el seguimiento a laa ctividad de los liquidadores, razón por a cual se procederá a notificar a esaE ntidad Estatal el presente acto administrativo. En mérito de! o expuesto este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. CANCELAR de manera oficiosa la inscripción de la sociedad Mercancías y Valores S.A. Comisionista de Bolsa, miembro de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., identificada con el NIT 830.057.831-0, en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV, de conformidad con lo señalado en la parte motiva de la presente Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO. ORDENAR, la publicación de la presente Resolución, en el boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo Superintendencia Financiera de Colombia, as! como en la página Web de ésta Entidad. ARTÍCULO TERCERO. NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente resolución al Director del Fondo de Garantías de Instituciones FinancierasFOGAFIN, dada la función de seguimiento a los liquidadores prevista en el literal b) del artículo 296 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero - EOSF,
informándole que contra la misma procede el recurso de reposición ante el 2 A
SUPER INTENDENC FINANCIERA DE COLOMB
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