SFC - Resolución 0507 de 2020
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 0507 de 2020
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2020
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Radicación:2020050497-015-000
Fecha: 01/06/2020 07:11 AM Sec.día30852
Anexos: NO
Trámite::240-AA APERTURA O CIERRE OFICINAS DE REPRESENTACION
Tipo doc::39-RESPUESTA FINAL E
Remitente: 000000-DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO
Destinatario: :27-32-TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A.
RESOLUCIÓN NÚMERO 0507 de 2020 ( Junio 1 ) Por la cual se autoriza el cierre de TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A. OFICINA DE REPRESENTACIÓN EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial, de las que le confieren el artículo 94 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF) y el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO: Que corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC o Superintendencia) autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de organismos financieros y reaseguros del exterior.
SEGUNDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.2.4.del Capitulo II del Título II de la Parte I de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 029 de 2014), en armonía con la función prevista en el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, el cierre de las oficinas de representación de entidades reaseguradoras
del exterior requiere autorización previa de esta Superintendencia.
TERCERO: Que la actividad en Colombia de las Oficinas de Representación de Reaseguradores del Exterior se limita exclusivamente a la aceptación o cesión de responsabilidades en reaseguro en nombre y por cuenta de la reaseguradora representada, de acuerdo con lo previsto por el artículo 4.1.1.1.6 del Decreto 2555 de
2010.
CUARTO: Que mediante oficio número 2015125008-001-000 del 14 de enero de 2016, la Superintendencia Financiera de Colombia informó que la reaseguradora TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A. se encontraba automáticamente autorizada para establecer una oficina de representación en Colombia en los términos de literal b) del numeral 2 del artículo 4.1.1.1.2 del Decreto 2555 de 2010.
QUINTO: Que mediante comunicación radicada bajo el No. 2020050497-000 del 31 de marzo de 2020, el representante para Colombia de TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A., solicitó la clausura o cierre de la Oficina de Representación de la Reaseguradora del exterior, sustentando dicha petición en la materialización efectiva de la fusión entre AUSTRAL RESSEGURADORA S.A. y TERRA BRASIS RESSEGUROS, mediante la que se autorizó la incorporación de los activos totales de TERRA BRASIS RESSEGUROS SA por parte de AUSTRAL RESSEGURADORA S.A. así como la
extinción de TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN NÚMERO 0507 DE 2020 HOJA No. 2 DE 4
Por medio de la cual se autoriza el cierre de TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A. OFICINA DE
REPRESENTACIÓN.
Esta fusión fue aprobada mediante Ordenanza No. 7602 de febrero 14 de 2020 emitida por la Superintendencia de Seguros Privados de Brasil (SUSEP). Con la solicitud, se adjuntó copia del acta del Consejo de Administración de AUSTRAL RESSEGURADORA S.A. correspondiente a la sesión realizada el 18 de marzo de 2020 en la que consta la decisión de clausurar la Oficina de Representación en Colombia.
SEXTO: Que mediante radicado 2020050497-011 del 24 de abril de 2020 el doctor Hernán Moreno Torres, representante para Colombia de TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A. informó que “(…) Considerando la materialización efectiva de la fusión entre Austral Resseguradora y Terra Brasis Resseguros y tomando como base que la oficina de representación en Colombia de AUSTRAL RESSEGURADORA S.A. fue aprobada por la Superintendencia Financiera de Colombia el día 14 de febrero de 2020, mediante radicación 2019164586-009-000, nos permitimos informar que para efectos de mantener los vínculos con nuestros clientes en materia comercial, operacional, jurídica, de suscripción, atención de siniestros y recibo de quejas utilizaremos el canal de la Oficina de Representación de AUSTRAL RESSEGURADORA S.A. entidad vigilada por ustedes y debidamente identificada con tipo (27) y código (38).
Adicionalmente, nuestros clientes pueden acceder a los mecanismos de contacto, presentación de quejas, solicitudes y acceso con el Servicio de Atención y Defensor del
Cliente localizado en nuestra Casa Matriz en Rio de Janeiro a través de la página web www.australre.com.” SÉPTIMO: Que se advierte que esta Superintendencia no da opinión ni valoración respecto de las condiciones y los riesgos relacionados con los productos y servicios que promocione la Oficina de Representación AUSTRAL RESSEGURADORA S.A., ni acerca de la institución del exterior, la cual se encuentra sujeta a su propia supervisión en la jurisdicción de origen.
OCTAVO: Que en la actualidad, esta Superintendencia no registra ninguna queja en contra de la Oficina de Representación de TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A.
NOVENO: Que una vez analizada la documentación pertinente, se encontró que la solicitud se ajusta a los requerimientos exigidos por las disposiciones que rigen la materia, razón por la cual esta Superintendencia estima viable acceder a la solicitud de cierre de la Oficina de Representación en Colombia de TERRA BRASIS
RESSEGUROS S.A.
DÉCIMO: Que en desarrollo de las facultades previstas en el numeral 3 del artículo 11.2.1.4.32 y en el numeral 7 del artículo 11.2.1.4.36. del Decreto 2555 de 2010, el Superintendente Delegado Adjunto para Intermediarios Financieros y Seguros y el Superintendente Delegado de Seguros, proponen otorgar la aprobación solicitada.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN NÚMERO 0507 DE 2020 HOJA No. 3 DE 4
Por medio de la cual se autoriza el cierre de TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A. OFICINA DE
REPRESENTACIÓN.
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR el cierre de la Oficina de Representación de TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A, por las razones previstas en la parte motiva de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR al apoderado de la Oficina de Representación en Colombia de TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A., la publicación de un aviso en un diario de amplia circulación nacional, informando acerca del cierre de la oficina, así como los mecanismos y canales dispuestos para efectos de atender potenciales peticiones, quejas o reclamos.
El original de la página completa del periódico, en el que se aprecie el nombre del diario, la fecha, el número de página y el aviso publicado, deberá ser remitido a esta Superintendencia dentro de los 5 días hábiles siguientes a su publicación.
PARÁGRAFO: Así mismo, se requiere acreditar que todos los clientes de TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A. quedaron vinculados con la Oficina de Representación de AUSTRAL RESSEGURADORA S.A., quienes asumirán la operación.
ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR que, por conducto de la Secretaria General de esta Superintendencia, se notifique al doctor Hernán Moreno Torres, en calidad de Representante de la Oficina de Representación de TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A., el texto de la presente Resolución, entregándole copia de la misma advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición que deberá interponerse ante el Superintendente Financiero, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha
de notificación.
ARTÍCULO CUARTO: REMITIR copia de esta providencia al Grupo de Notificaciones y Registro de la SFC para los efectos pertinentes.
ARTÍCULO QUINTO: ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., el primer (1) día del mes de Junio de dos mil veinte (2020).
JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero
Anexos: Ninguno
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN NÚMERO 0507 DE 2020 HOJA No. 4 DE 4
Por medio de la cual se autoriza el cierre de TERRA BRASIS RESSEGUROS S.A. OFICINA DE
REPRESENTACIÓN.
NOTIFICAR: Doctor (a) [Nombre]
[Cargo] [Entidad] [Dirección] [Ciudad] Radicado: 2020050497-015-000