SFC - Resolución 0537 de 2010
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 0537 de 2010
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2010
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 0537 DE 2010 ( Marzo 12 ) Por medio de la cual se cancela el certificado de autorización de funcionamiento de Cambio Exacto S.A. Casa de Cambio EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial, de las que le confiere el literal a) del numeral 1° del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, los numerales 11 y 17 del artículo 11 del Decreto 4327 del 2005, y el numeral 1 del artículo 65 de la Resolución Externa 8 del 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que la sociedad Cambio Exacto S.A. Casa de Cambio, se encuentra sometida a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia en virtud de lo establecido por el artículo 62 de la Resolución 8 del 2000 expedida por la Junta Directiva del Banco de la República, concordante con el artículo 72 del Decreto 4327 de 2005. SEGUNDO.- Que mediante Resolución No. 0315 del 29 de febrero de 1996 la Superintendencia Bancaria le autorizó a Cambio Exacto S.A. Casa de Cambio el desarrollo de las operaciones propias de las casas de cambio plenas. TERCERO.- Que mediante oficio radicado bajo el número 2010008154-000 del 8 de febrero de 2010, el representante legal de la sociedad Cambio Exacto S.A. Casa de Cambio, remitió copia del Acta número 051 correspondiente a la
Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de esa sociedad, celebrada el pasado 5 de febrero de 2010, la cual pone de presente, que los accionistas unánimemente decidieron modificar el objeto social de Cambio Exacto S.A. Casa de Cambio, excluyendo las actividades propias de las casas de cambio, y en consecuencia, solicitar ante esta Superintendencia la cancelación del permiso de funcionamiento de dicha entidad. CUARTO.- Que esta Superintendencia ha examinado los estados financieros intermedios de Cambio Exacto S.A. transmitidos al 10 de febrero de 2010 advirtiendo que en los mismos no se registran pasivos derivados de la actividad cambiaria, aspecto que fue confirmado por certificación del revisor fiscal de la sociedad, allegada en comunicación del 12 de febrero de 2010 radicada bajo el número 2010008154 – 003. QUINTO.- Que de conformidad con lo señalado por el numeral 1 del artículo 65 de la Resolución Externa 08 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la Republica, la Superintendencia Financiera de Colombia está facultada para cancelar la autorización de una casa de cambio por solicitud debidamente formulada por el representante legal de la misma. SEXTO.- Que en atención a la decisión adoptada por la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la sociedad y a la solicitud formulada por el representante legal de Cambio Exacto S.A., Casa de Cambio, resulta procedente autorizar la cancelación del permiso de funcionamiento como Casa de Cambio.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
Resolución No. 0537 de 2010 Hoja No. 2 Por medio de la cual se cancela un certificado de autorización
En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- CANCELAR el certificado de autorización de funcionamiento concedido a Cambio Exacto S.A. Casa de Cambio, identificada con el NIT 800163076 - 0, domiciliada en la ciudad de Cali (Valle), para actuar como Casa de Cambio. PARÁGRAFO.- Lo dispuesto en el artículo precedente se entiende sin perjuicio de la responsabilidad que le llegare a corresponder a la sociedad, en razón del incumplimiento o inobservancia de las normas a las cuales se encontraba sujeta como Casa de Cambio, con anterioridad a la reforma estatutaria señalada en la parte motiva de esta providencia. ARTÍCULO SEGUNDO.- ORDENAR a Cambio Exacto S.A. Casa de Cambio que dentro de los treinta (30) días siguientes a la ejecutoria de la presente Resolución acredite ante esta entidad que ha protocolizado la reforma estatutaria a través de la cual excluye de su objeto social toda actividad propia de las Casas de Cambio y modifica su denominación social en el sentido de excluir el término “Casa de Cambio”. ARTÍCULO TERCERO.- ORDENAR a Cambio Exacto S.A. Casa de Cambio que informe al público a través de un aviso en un diario de amplia circulación nacional y de un aviso en sus instalaciones, acerca de la nueva naturaleza jurídica de la sociedad, aclarando que no desarrollará las actividades propias de una Casa de Cambio y que no continuará sometida a la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia. Así mismo la sociedad deberá abstenerse de utilizar la papelería y demás documentación y/o publicidad que haga referencia al carácter de Casa de Cambio
a efectos de no inducir a error al público sobre la naturaleza de sus actividades. ARTICULO CUARTO.- NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente resolución al Representante Legal de Cambio Exacto S.A. Casa de Cambio, o a quien haga sus veces, entregándole copia de la misma, advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición ante el Superintendente Financiero, el cual debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. ARTÍCULO QUINTO.- Publíquese la presente Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 12 días del mes de marzo de 2010.