SFC - Resolución 0584 de 2016
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 0584 de 2016
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2016
1 ' .:, 1111111111mm1m111111111111111 111111 1 , ,..,_ . ,..fi . ¡i -.,,r.,i Rr¡ ed n 1" cfi aí Ofi c n ;¡¡, 2 : 0 1a .,.o s91FI aN •AN -C oIE oRA , D -E o C oO oLO MBIA fi-r...i,,ir,g Fec!h3a/:0 60/32:0P21M66 SecD.l a1:2. 27 Trami2t4e0:APAEART OUC RIAE ORFRIEAC nIeNx Noos Sa:l ida TiDopoc 3:9 -REFSIPNEUA ELS TAF ol2i os: AplAi:-ca EncadeNnOa do: 58 Remit1e64n0Dt0Ie0R: E LCCEG!APóLANI R S Ao licitud: ,ÚlViERO O 'DE2 016 Destin5a07ta-Hr1Oi6Ro BS:RL !EYPOO AETRT e ln&o6f:84o0 20 0
CarroE: n tCa:j aP:o s: ll/08/2016
Por la cual se ordena el cierre de la Oficina de Representación en Colombia de HORSLEY BRIDGE PARTNERS LLC con domicilio en San Franéisco, California, Estados Unidos de América EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En uso de sus atribuciones legales, y en especial de las 'que le confiere el numeral 12 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 201 O, y CONSIDERANDO PRIMERO. Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo
4.1.1.1.2. del Decreto 2555 de 201 O, las instituciones del mercado de valores del exterior que pretendan promover o publicitar productos y servicios del mercado de valores en el mercado colombiano o a sus residentes deben establecer una oficina . de representación o celebrar un contrato de corresponsalía con una sociedad comisionista de bolsa de valores o con una córporación financiera. SEGUNDO. Que de acuerdo con fo establecido en el artículo 4.1.1.1.4 del Decreto • 2555 de 201 O, las instituciones del mercado de valores del exterior que pretendan establecer una oficina de representación en Colombia deben presentar ante esta Superintendencia la documentación relacionada en el citado precepto. TERCERO. Que mediante comunicación radicada con el número 2012092063000-000 del 23 de octubre del 2012, el doctor Bernardo Cárdenas Martínez en su calidad de apoderado especial de HORSLEY BRIDGE PARTNERS LLC, allegó a esta Superintendencia la documentación con la cual se acreditó el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 del 201O . CUARTO. Que mediante Resolución número 0612 del 2 de abril del 2013, la Superintendencia Financiera de Colombia, previa acreditación del cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos en el Decreto 2555 de 2010, autorizó la apertura de la Oficina de Representación de HORSLEY BRIDGE PARTNERS LLC para la promoción y publicidad única y exclusivamente de los fondos denominados Horsley Bridge X Venture, L.P. "(HB X VC") y Horsley Bridge X • Growth Buyout, L.P. ("HB X GBO"), de acuerdo al plan de funcionamiento
presentado ante esta Superintendencia. QUINTO. Que mediante comunicación radicada con el número 2016039184-000oqo del 14 de.abril del 2016, la señora Kathleen Mary Murphy, Representante Legal de la oficina de representación. de HORSLEY BRIDGE PARTNERS LLC, informo que mediantfi documento corporativo del 23 de marzo del 2016 la entidad del exterior HORSLEY l:IRIDGE PARTNERS. LLC decidió clausurar su oficina de representación en Colombia, - para efectos de lo cual adjuntó a su solicitud el documento en mención y manifestó que "HORSLBERYI DGPEA RTNELRLSC no a tiecnlei eenntC eosl om(b..)i. .Na o o bstasneit nef ormeas tSau perintelnodse ncia siguideanttdoeessc ontaecnetl eo v enetnqo u see r eqrua:i e "AtenKcaitóhnl:Me aeryMn u rphy.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA '0 fi(1fi ·fi
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RESOLUC_INÓÚNM ERO DE2 016 HOJAN o.2
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"Telé(fo4n1o95:8) 67733". SEXTO. Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 12 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 201 O, en concordancia con lo previsto en el 1 numeral 1. 9. del Capítulo 11' del Título II de la Parte I de la Circular Básica Jurídica 029 del 2014, la clausura o cierre de las oficinas de representación de entidades del mercado de valores del exterior requiere autorización previa de la Superintendencia Financiera de Colombia. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ORDENAR el cierre de la Oficina de Representación en Colombia de HORSLEY BRIDGE PARTNERS LLC con domicilio en San Francisco, California, Estados Unidos de América, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente•Resolución.
ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR la cancelación de la inscripción de la señora Kathleen Mary Murphy ;como representante para Colombia de la oficina de
representación de HORS'-EY BRIDGE PARTNERS LLC. ARTÍCULO TERCERO. t-JOTIFIQUESE personalmente a la señora Kathleen Mary Murphy, en su calidad de· Representante Legal de la Oficina de Representación en Colombia de HORSLEY BRIDGE PARTNERS LLC, el contenido del presente acto administrativo, entregándole copia del mismo y advirtiéndole que en contra el mismo procede el recurso de reposición ante el Superintendente Financiero, el cual deberá ser interpuesto dentro de los diez (1 O) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. ARTÍCULO CUARTO. ORDENAR la publicación de la presente Resolución en el
Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capitulo Superintendencia Financiera.
NOTIFÍQUESEfi PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. !3 M AY2 60 1
Dada en Bogotá D.C., a los días del mes de mayo de 2016