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SFC - Resolución 0723 de 2010

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 0723 de 2010
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2010

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 0723 DE 2010 ( Marzo 30) Por la cual se ordena la inscripción de una autorización en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES Y OTROS AGENTES (E) En ejercicio de sus atribuciones, en especial las que le confieren los numerales 6 y 7 del artículo 56 del Decreto 4327 de 2005, y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad con el numeral 1 del parágrafo 3 del artículo 75 de la Ley 964 de 2005, entre otras entidades, las sociedades administradoras de sistemas de negociación y de registro de operaciones sobre divisas se encuentran sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.

SEGUNDO: Que de conformidad con el literal b) del parágrafo 2° del artículo 7 y el literal j) del artículo 3, ambos de la Ley 964 de 2005, en concordancia con el artículo 1.1.3.1 de la Resolución 400 de 1995, las personas que deseen desarrollar, entre otras, la actividad de administración de sistemas de registro de operaciones sobre divisas, están obligadas a inscribirse en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores – RNAMV, y a acreditar los requisitos necesarios en relación con dicha actividad.

TERCERO: Que de acuerdo con lo previsto por el artículo 10 de la Resolución Externa

No. 4 de 2009, expedida por el Banco de la República, las entidades que pretendan administrar un sistema de negociación de divisas o un sistema de registro de

operaciones deben acreditar los requisitos establecidos en la disposición en cita en relación con cada uno de los sistemas que pretendan administrar.

CUARTO: Que mediante la Resolución 2180 del 31 de diciembre de 2008, se otorgó certificado de autorización a Tradition Colombia S.A. como sociedad administradora de un sistema de negociación de divisas y se ordenó la inscripción de dicha entidad en el RNAMV en tal calidad.

QUINTO: Que mediante comunicación 2009094335 del 17 de diciembre de 2009, Camilo Sánchez Cabrales, en calidad de Representante Legal de Tradition Colombia S.A., solicitó a esta Superintendencia la autorización para desarrollar, adicionalmente, las funciones propias de un administrador de sistemas de registro de operaciones sobre divisas.

SEXTO: Que mediante memorando del 15 de marzo de 2010, la Delegatura para Riesgo Operativo rindió concepto respecto de la solicitud allegada por la sociedad Tradition Colombia S.A. indicando que no tenía ninguna objeción para que se autorizara a dicha entidad la actividad de administración de sistemas de registro de operaciones sobre divisas.

No obstante lo anterior, la Delegatura en comento señaló lo siguiente: “(…) antes de que entre en operación el sistema, [Tradition Colombia S.A.] deberá enviar a esta Superintendencia una certificación suscrita por el representante legal en la que ratifique:

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

RESOLUCIÓN NÚMERO 0723 DE 2010 HOJA No. 2

Por la cual se ordena la inscripción de una autorización en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores “– Que la plataforma tecnológica de la entidad dispone de los recursos suficientes para soportar la operación del sistema.

“- Que se han realizado las pruebas suficientes que confirmen la correcta operación del sistema.” SEPTIMO: Que para efectos de que se autorizara el desarrollo de la actividad de administración de sistemas de registro de operaciones sobre divisas, y se inscribiera dicha autorización en el RNAMV, Tradition Colombia S.A. acreditó el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Resolución Externa No. 4 de 2009 del Banco de la República, y lo dispuesto en el artículo 1.1.3.3 de la Resolución 400 de 1995, modificada por el Decreto 3139 de 2006, incluyendo la remisión del reglamento de operación, la cual se efectuó mediante comunicación 2009094792-000.

OCTAVO: Que de conformidad con el artículo 13 de la Resolución Externa No. 4 de 2009 expedida por el Banco de la República, el reglamento que se expida para la operación y funcionamiento del sistema de registro de operaciones sobre divisas deberá ser aprobado por la Superintendencia Financiera.

Por lo tanto, la entrada en funcionamiento del sistema que pretende administrar Tradition Colombia S.A. está sujeta a la aprobación de tal reglamento por parte de la Delegatura para Riesgo de Mercado e Integridad.

NOVENO: Que de conformidad con lo dispuesto en los numerales 6 y 7 del artículo 56 del Decreto 4327 de 2005, corresponde al Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y otros Agentes, autorizar la inscripción en el RNAMV y ejercer las demás funciones de inspección y vigilancia que las normas otorguen o lleguen a otorgar a la Superintendencia Financiera respecto de, entre otras entidades,

las sociedades administradoras de sistemas de negociación y registro de operaciones sobre divisas. En mérito de lo expuesto este despacho,

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR a la sociedad Tradition Colombia S.A., identificada con el NIT 900.178.822-7, para desarrollar la actividad de administración de sistemas de registro de operaciones sobre divisas.

Parágrafo: La entrada en funcionamiento del sistema de registro de operaciones se encuentra condicionada a la aprobación del reglamento del sistema que se pretende administrar, presentado por la sociedad Tradition Colombia S.A. a la Delegatura para Riesgo de Mercado e Integridad mediante documento número 2009094792-000, y a que la entidad en comento allegue la certificación señalada en el considerando sexto de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la inscripción de la autorización que se imparte mediante la presente Resolución en el RNAMV.

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente resolución al Representante Legal de Tradition Colombia S.A., informándole que contra la misma procede el recurso de reposición que deberá ser interpuesto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

RESOLUCIÓN NÚMERO 0723 DE 2010 HOJA No. 3

Por la cual se ordena la inscripción de una autorización en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores ARTÍCULO CUARTO: ORDENAR la publicación de la presente resolución en el boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo Superintendencia Financiera de

Colombia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los 30 días del mes de marzo de 2010.

EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES Y

OTROS AGENTES (E)

JUAN FELIPE RUÍZ DUARTE

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