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SFC - Resolución 0733 de 2011

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 0733 de 2011
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2011

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 0733 DE 2011 ( Mayo 11) Por la cual se autoriza una inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES Y OTROS AGENTES En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial la que le confiere el numeral 6 del artículo 11.2.1.4.47 del Decreto 2555 de 2010

CONSIDERANDO PRIMERO: Que la sociedad CITITRUST COLOMBIA S.A. Sociedad Fiduciaria identificada con el NIT 800.146.814-8, se encuentra sometida a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 325 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en concordancia con lo establecido en el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010.

SEGUNDO: Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 5.3.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010, deberán inscribirse en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores – RNAMV, entre otras, las personas que realicen actividades de intermediación en el mercado de valores.

TERCERO: Que mediante comunicación radicada en esta Superintendencia bajo el número 2011001295-000 del 7 de enero de 2011, el doctor Raúl Zambrano Leal, Representante Legal de CITITRUST COLOMBIA S.A. Sociedad Fiduciaria, solicitó la inscripción de esa sociedad en el RNAMV como sociedad

administradora de fondos bursátiles.

CUARTO: Que de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 4 del artículo 7.1.1.1.2 del Decreto 2555 de 2010 se consideran operaciones de intermediación en el mercado de valores: “Las operaciones de adquisición y enajenación de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores – RNVE o de valores extranjeros listados en un sistema local de cotizaciones de valores extranjero, ejecutadas por: (…) b. Las sociedades fiduciarias en su calidad de administradoras de carteras colectivas, de fondos de pensiones voluntarias y de fondos de inversión de capital extranjero.” QUINTO: Que el artículo 3.1.15.1.2 del Decreto 2555 define a los fondos bursátiles como “(…) aquellas carteras colectivas cuyo objeto consista en replicar o seguir un índice nacional o internacional, mediante la constitución de un portafolio integrado por algunos o todos los activos que hagan parte de la canasta que conforma dicho índice.” SEXTO: Que el artículo 3.1.15.1.1 del Decreto 2555 de 2010 establece que los fondos bursátiles podrán ser administrados, entre otros, por sociedades fiduciarias.

SÉPTIMO: Que la Delegatura para Pensiones, Cesantías y Fiduciarias; la Delegatura para Emisores, Portafolios de Inversión y Otros Agentes; y, la

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

RESOLUCIÓN NÚMERO 0733 DE 2011

HOJA NO. 2

Por la cual se autoriza una inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores

Delegatura para Riesgos Operativos de esta Superintendencia, conceptuaron no tener objeciones para que se autorizara la inscripción de CITITRUST COLOMBIA S.A. Sociedad Fiduciaria en el RNAMV.

OCTAVO: Que CITITRUST COLOMBIA S.A. Sociedad Fiduciaria cumple con los requisitos establecidos para su inscripción en el RNAMV, de conformidad con lo previsto por el artículo 5.3.2.1.1 del Decreto 2555 de 2010.

NOVENO: Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 11.2.1.4.47 del Decreto 2555 de 2010, corresponde al Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y Otros Agentes autorizar la inscripción en el

RNAMV. En mérito de lo expuesto, el Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y Otros Agentes

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR la inscripción de CITITRUST COLOMBIA S.A. Sociedad Fiduciaria, identificada con el NIT 800.146.814-8, en el Registro Nacional Agentes del Mercado de Valores - RNAMV, en calidad de sociedad administradora de fondos bursátiles.

ARTÍCULO SEGUNDO: INFORMAR a CITITRUST S.A. Sociedad Fiduciaria que deberá pagar a la Superintendencia Financiera de Colombia, por concepto de derechos de inscripción en el Registro Nacional Agentes del Mercado de ValoresRNAMV, la suma de tres millones doscientos trece mil seiscientos pesos moneda corriente ($3.213.600).

El pago de los derechos de inscripción deberá efectuarse mediante consignación en la cuenta corriente número 030-245528-93 de Bancolombia, a nombre de CONTRIBUCIONES – SUPERFINANCIERA, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO: Ordenar la publicación de la presente resolución en el

boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia.

ARTÍCULO CUARTO: Notificar personalmente el contenido de la presente resolución al representante legal de CITITRUST S.A. Sociedad Fiduciaria, informándole que contra la misma procede el recurso de reposición que deberá ser interpuesto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de mayo de 2011.

SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES Y

OTROS AGENTES

LUIS FERNANDO CUADRADO ZAFRA

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

RESOLUCIÓN NÚMERO 0733 DE 2011

HOJA NO. 3

Por la cual se autoriza una inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores

AMFC/AEJC

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