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SFC - Resolución 0818 de 2024

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 0818 de 2024
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2024

Radicación: 2023118137-018-000

Fecha: 22/04/2024 06:26 p. m. Sec.día8894

Anexos: NO

Trámite::240-AA APERTURA O CIERRE OFICINAS DE REPRESENTACION

Tipo doc::39-RESPUESTA FINAL E

Remitente: 330000-330000-DELEGATURA PARA SEGUROS

Destinatario::27-24-LIBERTY MANAGING AGENCY LIMITED - OFICINA DE

REPRESENTACIÓN BOGOTA RESOLUCIÓN NÚMERO 0818 DE 2024 ( 22 de abril de 2024) Por medio de la cual se autoriza a la Oficina de Representación de LIBERTY MUTUAL INSURANCE COMPANY para realizar actos de promoción y publicidad de los productos y servicios del Sindicato 4472 de Lloyd’s representado por LIBERTY MANAGING AGENCY LIMITED LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA SEGUROS En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de las que le confieren el literal c) del numeral 1° del artículo 326 y el numeral 1° del artículo 94, ambos del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), en armonía con lo señalado en el numeral 16 del artículo 11.2.1.4.33., en concordancia con el numeral 1 del artículo 11.2.1.4.36., ambos del Decreto 2555 de 2010, y C O N S I D E R A N D O PRIMERO: Que las oficinas de representación de reaseguradoras del exterior solo podrán operar en la aceptación o cesión de responsabilidades en reaseguro en nombre y por cuenta de la reaseguradora representada, pudiendo realizar actos de cobranza,

pago, compensación o conciliación de saldos derivados de su actividad, realizados exclusivamente con sus cedentes, retrocesionarios e intermediarios de reaseguro, de acuerdo con las facultades otorgadas para tal efecto y dentro del marco de los convenios celebrados con las instituciones aseguradoras nacionales.

SEGUNDO: Que de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010, en concordancia con lo señalado en el subnumeral 1.2.1.1 del Capítulo II del Título II de la Parte I de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 029 de 2014CBJ) expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), una misma oficina de representación puede promocionar o publicitar productos y/o servicios de varias instituciones del exterior, siempre y cuando las mismas se encuentren relacionadas mediante vínculos de subordinación o tengan una matriz común.

TERCERO: Que mediante Resolución No. 0112 del 04 de febrero de 2016, la SFC autorizó la apertura de la Oficina de Representación en Colombia de LlBERTY MUTUAL INSURANCE COMPANY, sociedad domiciliada en Estados Unidos de

América.

CUARTO: Que mediante comunicación radicada con el número 2023118137-000-000 del 1 de noviembre de 2023, la doctora Ana María Molina Galvis Apoderada Especial de LIBERTY MANAGING AGENCY LIMITED, solicitó autorización de la SFC “(…) para que LIBERTY MUTUAL INSURANCE COMPANY Oficina de Representación pueda promocionar y publicitar productos y/o servicios de [LIBERTY MANAGING AGENCY LIMITED], por cuanto las mismas tienen una matriz común”.

La mencionada solicitud fue objeto de requerimientos por parte de la SFC, siendo finalmente complementada, a través de las comunicaciones radicadas bajo los derivados 005, 006 y 007 del 4 y 5 de diciembre de 2023 respectivamente, y mediante derivados 011 y 012, ambos del 25 de enero de 2024.

QUINTO: Que este Despacho, previo análisis de la documentación allegada para el asunto objeto de esta actuación administrativa, encontró acreditado el cumplimiento de los supuestos normativos señalados en el parágrafo 1 del artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010, en concordancia con lo dispuesto en el subnumeral 1.2.1.1 del Capítulo II del Título II de la Parte I de la CBJ, en la medida en que LIBERTY MANAGING AGENCY LIMITED es una subsidiaria de LIBERTY MUTUAL INSURANCE COMPANY, reaseguradora del exterior que cuenta con una Oficina de Representación establecida en territorio colombiano; evidenciándose adicionalmente que ambas entidades comparten como matriz común a LIBERTY MUTUAL HOLDING COMPANY INC., de acuerdo con la estructura societaria presentada en el trámite de autorización de la referencia.

SEXTO: Que de acuerdo con lo previsto en el numeral 16 del artículo 11.2.1.4.33., en concordancia con el numeral 1 del artículo 11.2.1.4.36., ambos del Decreto 2555 de 2010, corresponde a la Superintendente Delegada para Seguros decidir sobre las solicitudes de autorización que no hayan sido asignadas a otra dependencia de la SFC, relacionadas con entidades vigiladas dentro del ámbito de su competencia, como los

son las oficinas de representación de reaseguradoras del exterior. En mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR a la Oficina de Representación de LIBERTY MUTUAL INSURANCE COMPANY para realizar actos de promoción y publicidad de los productos y servicios del Sindicato 4472 de Lloyd’s representado por LIBERTY MANAGING AGENCY LIMITED, con domicilio en Londres, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR que por Secretaría General se notifique personalmente el texto de la presente Resolución a la doctora ANA MARÍA GALVIS MOLINA en su calidad de Apoderada Especial de LIBERTY MANAGING AGENCY LIMITED, o al representante legal de la entidad o quien haga sus veces; y al representante legal de LIBERTY MUTUAL INSURANCE COMPANY, entregándoles copia de la misma, advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición interpuesto ante la Superintendente Delegada para Seguros dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

ARTÍCULO TERCERO: REMITIR copia de esta providencia al Grupo de Notificaciones y Registro de la Superintendencia Financiera de Colombia para los efectos que resulten pertinentes.

ARTÍCULO CUARTO: ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del

Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C. a los 22 días del mes de abril de 2024.

LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA SEGUROS,

LUZ ELVIRA MORENO DUEÑAS

330000-DELEGADA PARA SEGUROS

Anexos: Ninguno

Radicado: 2023118137

Proyectó: Karen Adriana Medina González. Profesional Universitario - Grupo de Autorizaciones.

Miguel Tique Peña, Asesor – Grupo de Autorizaciones. Luis Felipe Murillo, Asesor - Dirección Legal de seguros

Revisó: Luz Stella Aguilera Morales – Directora Legal de Seguros.

Angela Cristina Silva Rojas – Coordinadora Grupo de Autorizaciones.

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