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SFC - Resolución 0927 de 2020

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 0927 de 2020
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2020

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Radicación:2020188947-008-000

Fecha: 22/10/2020 03:46 PM Sec.día29882

Anexos: NO

Trámite::240-AA APERTURA O CIERRE OFICINAS DE REPRESENTACION

Tipo doc::39-RESPUESTA FINAL E

Remitente: 000000-DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO

Destinatario: :111-23-BANCO MULTIBANK INC. (PANAMÁ) RESOLUCIÓN NÚMERO 0927 (22 de octubre de 2020) Por medio de la cual se autoriza el cierre de la Representación de MULTIBANK, INC.

(Panamá) en Colombia a través de su filial MULTIBANK S.A. EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial, de las que le confieren el literal c), numeral 1 del artículo 326 y el artículo 94 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), y el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO: Que de acuerdo con los artículos 94 y 326 de EOSF corresponde a la Superintendencia autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación y ejercer sobre ellas la inspección, control y vigilancia.

SEGUNDO: Que, de acuerdo con el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2. Decreto 2555 de 2010 le corresponde al Superintendente Financiero “Autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de organismos financieros, reaseguradores e

instituciones del mercado de valores del exterior, así como el cierre de dichas oficinas”.

TERCERO: Que mediante la Resolución N.º 317 del 18 de marzo de 2016, esta Superintendencia autorizó el funcionamiento de la Representación de Multibank Inc.

(Panamá) en Colombia a través de su filial Multibank S.A. para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos y/o servicios.

CUARTO: Que al Banco Multibank S.A., filial de Banco Multibank, Inc. (Panamá), le fue autorizada por parte de esta Superintendencia mediante la Resolución N.º 395 del 14 de abril de 2020, la terminación del Programa de Desmonte Progresivo que había adelantado y se le canceló su permiso de funcionamiento.

QUINTO: Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.2.4. del Capítulo II, Título II de la Parte I de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 029 de 2014), en armonía con la función prevista en el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, la clausura o cierre de la actividad de representación de instituciones financieras del exterior requiere autorización previa de esta Superintendencia.

SEXTO: Que mediante comunicación radicada con el número radicado 2020188947 del 10 de agosto de 2020, suscrita por la apoderada especial de Multibank, Inc. (Panamá) se solicitó autorización para llevar a cabo el cierre de la Representación de la citada entidad del exterior en Colombia a través de su filial Multibank S.A., para cuyo efecto aportó la documentación correspondiente e informó las razones que condujeron al

cierre de la Representación, entre éstas que no cuenta con una filial o subsidiaria SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 0927 DE 2020 PÁGINA 2 DE 3 Por medio de la cual se autoriza el cierre de la Representación de MULTIBANK, INC. (Panamá) en Colombia a través de su filial Multibank S.A establecida en el país autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia para realizar actividad financiera. De igual forma en la comunicación antes mencionada se allegó copia de la certificación debidamente autenticada y apostillada por el Secretario de Multibank, Inc. (Panamá) de fecha 15 de julio de 2020 en la que se indica, entre otros aspectos, que el 9 de julio de 2020 la Junta Directiva de la citada entidad, decidió por unanimidad ordenar la clausura de la Representación de Multibank, Inc. (Panamá) en Colombia.

SÉPTIMO: Que en la documentación antes referida, se indicó que para los clientes que se habían vinculado por intermedio de la citada figura de Representación, la entidad del exterior pondrá a su disposición, para continuar obteniendo información general de esa entidad, de sus productos y canales y presentar peticiones, quejas y/o solicitudes, los siguientes mecanismos y canales de atención, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del numeral 1.2.4., Capítulo II, Título II, Parte I de la CBJ: “(…) Después de la clausura de la Representación en Colombia de la entidad, los clientes de Banco Multibank, Inc (Panamá), tendrán a su disposición, para continuar

obteniendo información general de esa entidad, de sus productos y canales, y presentar peticiones, quejas y/o solicitudes, los siguientes mecanismos y canales de atención: - Oficina de Representación de Multibank Inc. (Panamá) en Colombia: Dirección: Carrera 9 No. 72 – 81, Oficina 601, Bogotá, D.C. Teléfono: 57-3154246252 Correo electrónico: oficinacolombia@multibank.com.pa - Multibank Inc. (Panamá): Dirección: Vía España, Edificio Prosperidad No. 127 Teléfono:(507) 294-3500 Correo electrónico: banco@multibank.com.pa (...)” OCTAVO: La apoderada de la citada entidad del exterior informó acerca de la fecha en que se llevaría a cabo el cierre de la figura de Representación, señalando que sería “(…) desde el diez (10) de septiembre de dos mil veinte (2020), en atención a que Banco Multibank Inc. (Panamá) actualmente no cuenta con una filial o subsidiaria establecida en el país autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia para realizar actividad financiera (…)”.

NOVENO: Que en la actualidad, esta Superintendencia no registra ninguna queja en contra de la Representación de Multibank, Inc. (Panamá) en Colombia a través de su

filial Multibank S.A.

DÉCIMO: Que una vez analizada la documentación pertinente, se encontró que la solicitud se ajusta a los requerimientos exigidos por las disposiciones que rigen la materia, razón por la cual esta Superintendencia estima viable acceder a la solicitud de cierre de la Representación de Multibank, Inc. (Panamá) en Colombia a través de su

filial Multibank S.A. En mérito de lo expuesto, este Despacho, SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 0927 DE 2020 PÁGINA 3 DE 3 Por medio de la cual se autoriza el cierre de la Representación de MULTIBANK, INC. (Panamá) en Colombia a través de su filial Multibank S.A RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR el cierre de la Representación de Multibank, Inc. (Panamá) en Colombia a través de su filial Multibank S.A., por las razones previstas en la parte motiva de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR a la apoderada de Multibank, Inc. (Panamá), la publicación de un aviso en un diario de amplia circulación nacional, informando acerca del cierre de la figura de Representación, así como los mecanismos y canales dispuestos para efectos de atender potenciales peticiones, quejas o reclamos. El original de la página completa del periódico, en el que se aprecie el nombre del diario, la fecha, el número de página y el aviso publicado, deberá ser remitido a esta Superintendencia dentro de los 5 días hábiles siguientes a su publicación.

Así mismo se deberá remitir correo electrónico o correo físico a las personas que tuvieron relación con la mencionada figura de Representación indicándoles el cierre de la Representación en Colombia de Multibank, Inc. (Panamá).

ARTICULO TERCERO: ORDENAR partir de la ejecutoria del presente acto administrativo, la cancelación de la inscripción de la señora Silvia Durán Chacón como

representante de la representación ejercida a través de la filial Multibank S.A.

ARTÍCULO CUARTO: ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de

Colombia.

ARTÍCULO QUINTO: REMITIR copia de esta providencia al Grupo de Notificaciones y Registro de esta Superintendencia, para los fines pertinentes.

ARTÍCULO SEXTO: ORDENAR que, por conducto de la Secretaria General de esta Superintendencia, se notifique a la Doctora María Luisa Peña Rodríguez, con cédula de

ciudadanía 51.716.585 de Bogotá D.C. en calidad de apoderada especial de Multibank, Inc. (Panamá), el texto de la presente Resolución, entregándole copia de la misma advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición que deberá interponerse ante el Superintendente Financiero, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veintidós días del mes de octubre de dos mil veinte.

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ

Superintendente Financiero

Anexos: Ninguno

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

NOTIFICACION

Doctora María Luisa Peña Rodríguez Apoderada Especial Multibank, Inc. (Panamá) Calle 71 No. 6 – 21, Oficina 401 de la ciudad de Bogotá D.C.

E-mail: mpena@penarodriguez.com

400010

Trámite: 2020188947

Revisado por: Luz Ángela Barahona Polo - Superintendente Delegada Adjunta para Intermediarios

Financieros y Seguros Juan Carlos Bonilla Bretón - Delegado de Intermediarios Financieros Esteban Gutiérrez Soto - Coordinador Grupo de Autorizaciones Ángela Maria Linares Villalobos – Asesora Grupo de Autorizaciones Radicado: 2020188947-008-000

Proyectó: [ROBERTO LEONARDO POLIFRONI SUAREZ]

Revisó: [ESTEBAN GUTIERREZ SOTO

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