SFC - Resolución 1032 de 2014
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1032 de 2014
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2014
.. ,' " ; • SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA 1111111 H 11111111111111111111111 'E"::":::,,:,/,I:;' :\lIIIil .. "liIil~ril.~ ~U '~$IÍ~~,'" Radicación 2013112472-020-000 , .., ,,",,,,.. Fech., 26/06/201404'08 PM Seco Di., 1202 Tr~mite' 240-AA APERTURA O CIERRE OFICIN Anexos' No Salid.
Tipo Doc: 38-RESPUESTA FINAL E Fol ios: 2
Aplica. A: - Encadenado: NO Remitente: 114000 Dirección Legal para 1 Solicitud:
Destinatario' 53124B71 ANGELA BOTIA FLO Teléfono' 5840200 Carro' Ent, Caj., Pos' 23/08/2014 • ______ ~ ___ ._,_, ______ ~ ___r .. ____ -_~ --_~ .'_ e 1 32 RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2014 t2·6 JUN. 2014 ) Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representación de The Export-Import Bank of Korea -Korea Eximbankcon domicilio en Seúl (República de Corea) EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En uso de sus atribuciones legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 1° del artículo 94 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el numeral 12 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y
CONSIDERANDO: , PRIMERO.- Que de conformidad con el numeral 1? ~el artículo 94 del Estatuto
Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) "autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de organismos financieros y reaseguros del exterior, así como ejercer sobre ellas la inspección, vigilancia y control con las mismas facultades con que cuenta para supervisar a las entidades del sector financiero y asegurador". SEGUNDO.- Que mediante comunicación radicada en la SFC con el número 2013112472-000 del 30 de. diciembre de 2013, The Export-Import Bank of KoreaKorea Eximbankcon domicilio en Seúl (República de Corea), por intermedio de apoderado especial, presentó una solicitud de autorización para constituir una oficina de representación en Colombia. TERCERO.- Que The Export-Import Bank of Korea -Korea Eximbankacreditó el sello bancario certificado por la Oficina de Registro de Yeoung Deung Po. Por su parte, se allegó la notificación emitida por el Financial Supervisory Service (FSS) de' la República de Corea, en la que se constata haber aceptado el aviso efectuado por la entidad' financiera del establecimiento de la oficina de representación de The Export-Import Bank of Korea -Korea Eximbanken Bogotá (Colombia). , .;.. • ,
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ~, i le 3 2 de RESOLUC/ÓI'INo. 2014 Pág. 2
Por medio de la cual ser autoriza la apertura de una oficina de representación ..•....•..... _ .. _._.-.. _._----_. __ .•.........................................................
CUARTO.- Que The Export-Import Bank of Korea -Korea Eximbankadjuntó la documentación e información requerida en el artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010 para solicitar la apertura de una oficina de representación, y cumplió además, con las solicitudes; complementarias formuladas por esta Superintendencia, la última delás túales se 'respondió el23 de mayo de 2014. QUINTO.- Que conforme a lo establecido,en el numeral 1°, artículo 4.1.1.1.2 del Decreto 2555 de 2010, "Las inst," i' tle u cion• es f" i nancieras del exterior, que pretendan promover o publicitar servicios financieros en el mercado. colombiano o a sus residentes, deberán establecer una oficina de representación en Colombia, con arreglo a lo dispuesto en esta Parte del presente decreto". i SEXTO.- Que la actividad¡ en Colombia de las oficinas de representación de organismos financieros del exterior se limita exclusivamente a promover o publicitar los prod uctos y servicios que constituyen el objeto social de la entidad financiera del exterior, segÚn las reglas establecidas en los artículos 4.1.1.1.7 Y 4.1.1.1.8 del Decreto 2555 de 2010. SÉPTIMO.- Que los productos y servicios que serán objeto de promoción y publicidad por parte de The Export-Import Bank of Korea -Korea Eximbanken Colombia a través de la oficina de representación, son los siguientes:
1. Celebración de contratos de apertura de cuentas de ahorro y cuentas corrientes
2. Otorgamiento de préstamos
3. Financiación de proyectos (Project Finance)
4. Financiación de importaciones
5. Financiación de expo,rtaciones
6. Financiación de inversiones en el exterior
7. Expedición de cartas de crédito
8. Negociación de títulos de deuda
9. Otorgamiento de avales y garantías
10. Leasings y arrendamientos sin opción de compra OCTAVO.- Que de acuerdo con el numeral 10 el artículo 94 del EOSF, concordante con lo dispuesto en el numeral 12 del artículo 11.2.1.4.2 y el artículo 4.1.1.1.12 del Decreto 2555 de 2010, corresponde al Superintendente Financiero autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de instituciones del sector financiero, del mercado de valores y reasegurador del exterior.
En mérito de lo anterior, este Despacho, RESUELVE: ARTíCULO PRIMERO.- AUTORIZAR el establecimiento de una Oficina de Representación a The Export-Import Bank of Korea -Korea Eximbankcon :;,-1.·-' j'
1 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
. .. Pág. 3 Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representación domicilio en Seúl (República de Corea), para realizar actos de promoción o publicidad de los productos y servicios financieros relacionados en el considerando Séptimo de esta Resolución. ARTíCULO SEGUNDO.- ADVERTIR a The Export-Import Bank of Korea -Korea Eximbankque el Representante de su oficina de representación en Colombia, deberá obtener autorización previa de la SFC para su posesión en el cargo, según
lo exige el artículo 4.1.1.1.11 del Decreto 2555 de 2010. ARTíCULO TERCERO.- ADVERTIR a la Oficina de Representación' de The Export-Import Bank of Korea -Korea Eximbank-, que de conformidad con lo previsto en el artículo 4.1.1.1.9 del Decreto 2555 de 2010, en desarrollo de las actividades autorizadas, deberán dar a los clientes una asesoría profesional, en relación con los productos y servicios que promociona.
PARÁGRAFO: Para tal efecto, se deberá manifestar expresamente a sus clientes y usuarios que los productos y servicios que promueve son prestados por la institución del exterior respectiva e ilustrarlos detalladamente acerca de las condiciones jurídicas, financieras, contables, comerciales y administrativas en que ésta desarrolla sus operaciones; el alcance de sus responsabilidades como oficina de representación; la responsabilidad que la institución del exterior asume frente a lbs servicios prestados y demás aspectos relacionados:en la citada disposición.
ARTíCULO CUARTO.- ORDENAR que por Secretaría General de la SFC se notifique al apoderado de The Export-Import Bank of 'Korea -Korea Eximbankla presente Resolución, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición interpuesto ante el Superintendente Financiero, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. ' ARTíCULO QUINTO.- ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera. ARTíCULO SEXTO.- REMITIR copia de esta providencia al Grupo de Registro de
esta Superintendencia, para los efectos pertinentes. . '26 JUN. 2014
NOTIFíQUESE, PUBlíQUESE y CÚMPLASE
Dada',en Boqotá. D. C.
El S.lJPERINTENDENTElFINANCIERO,
GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
> -'.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ., 1 O3 2
RESOLUCióN No. de 2014 Pág. 4 Por medio de la cual se autoriza la apertura dé una oficina de representación ¡ Doctora
ÁNGELA BOTIA FLÓREZ
DAVID LEONARDO LÓPEZ BRUCE
Apoderados
KOREA EXIMBANK
Calle 70 A No. 4-41 Bogotá D.C.
Trámite: 2013112472
Entidad: The Export-Import Bank 01 Korea -Korea Eximbank
Elaborado por: Diana Carolina Gómez Castillo
Revisó: Angela María Linares Villalobos
Luz Angela Barahona Polo 114000 ~ Superintendencia Financiera de Colombia lII.'llJ> Grupo de Correspondencia DOCUMENTO ORIGINAL RETIRADO POR: -'_ _ .. P ,,Ji iJ '2. M AlI ',,;./l: Jo ~~"!:-c.- S '"l'~ ";