SFC - Resolución 1048 de 2011
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1048 de 2011
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2011
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 1048 DE 2011 ( Junio 30 ) Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representación a BBO INTERNATIONAL PRIVATE BANK INC., domiciliado en Puerto Rico. EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En uso de sus atribuciones legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 1 del artículo 94 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el numeral 12 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 94 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) “autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de organismos financieros y reaseguros del exterior, así como ejercer sobre ellas la inspección, vigilancia y control con las mismas facultades con que cuenta para supervisar a las entidades del sector financiero y asegurador.” SEGUNDO. Que mediante comunicación radicada en la SFC con el número 2010083134-000 del 16 de noviembre de 2010, la sociedad BBO INTERNATIONAL PRIVATE BANK INC., domiciliada en Puerto Rico, por intermedio de apoderada especial, solicitó autorización para la apertura de una oficina de representación en Colombia, para promover sus servicios bancarios. TERCERO. Que el BBO INTERNATIONAL PRIVATE BANK INC. es un banco internacional domiciliado en Puerto Rico, con licencia vigente para operar expedida por la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
CUARTO. Que el BBO INTERNATIONAL PRIVATE BANK INC. adjuntó la documentación e información requerida por el artículo 4.1.1.1.4. del Decreto 2555 de 2010 para la apertura de una oficina de representación y cumplió con los requerimientos de esta Superintendencia, el último de los cuales fue respondido el pasado 5 de mayo. QUINTO. Que el BBO INTERNATIONAL PRIVATE BANK INC. designó al señor José Gonzalo Muci Borjas como representante de la oficina de representación en Colombia, con todas las facultades necesarias para el efecto. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Resolución No. 1048 de 2011 Página 2 Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representación __________________________________________________________________________ SEXTO. Que conforme a lo establecido en el numeral 1 del artículo 4.1.1.1.2. del Decreto 2555 de 2010 “Las instituciones financieras del exterior, que pretendan promover o publicitar servicios financieros en el mercado colombiano o a sus residentes, deberán establecer una oficina de representación en Colombia, con arreglo a lo dispuesto en esta Parte del presente decreto”. SÉPTIMO. Que la citada entidad financiera del exterior no está exceptuada de la obligación de tener oficina de representación en Colombia para promocionar sus servicios en el país, según el artículo 4.1.1.1.3. del Decreto 2555 de 2010. OCTAVO. Que la actividad en Colombia de las oficinas de representación de Organismos Financieros del Exterior se limita exclusivamente a promover o publicitar los servicios que constituyen el objeto social de la entidad financiera del exterior, según las reglas establecidas en los artículos
4.1.1.1.7. y 4.1.1.1.8. del Decreto 2555 de 2010. NOVENO. Que en consideración a lo anterior, la SFC estima pertinente autorizar la promoción o publicidad de los servicios bancarios de BBO INTERNATIONAL PRIVATE BANK INC. de cuenta corriente, certificados de depósito, custodia de valores, tarjetas de crédito, internet banking y otros servicios bancarios de emisión de cheques de gerencia, transferencia de fondos, depósito de cheques electrónicos y cobro de cheques en otras monedas, a través de una oficina de representación en Colombia. DÉCIMO. Que de acuerdo con el numeral 1 del artículo 94 del EOSF, concordante con lo dispuesto en el numeral 12 del artículo 11.2.1.4.2. y el artículo 4.1.1.1.12 del Decreto 2555 de 2010, corresponde al Superintendente Financiero autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de instituciones del sector financiero, bursátil y reasegurador del exterior. En mérito de lo anterior, este Despacho
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. AUTORIZAR al BBO INTERNATIONAL PRIVATE BANK INC., domiciliado en Puerto Rico, para realizar actos de promoción o publicidad de los servicios bancarios relacionados en el Considerando Noveno de esta Resolución, a través de una Oficina de Representación en
Colombia. ARTÍCULO SEGUNDO. ADVERTIR al señor José Gonzalo Muci Borjas, quien fue designado como representante por BBO INTERNATIONAL PRIVATE BANK INC., su deber de obtener autorización previa de la SFC
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
Resolución No. 1048 de 2011 Página 3 Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representación __________________________________________________________________________ para su posesión en el cargo, según el artículo 4.1.1.1.11 del Decreto 2555 de 2010. ARTÍCULO TERCERO. ORDENAR que por Secretaría General de la SFC se notifique a la apoderada del BBO INTERNATIONAL PRIVATE BANK INC. la presente Resolución, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición interpuesto ante el Superintendente Financiero, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. ARTÍCULO CUARTO. ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera. ARTÍCULO QUINTO. REMITIR copia de esta providencia al Grupo de Registro de la SFC, para los efectos pertinentes.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de junio de 2011.
EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,
GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Trámite: 2010083134
Proyectó: Carlos Perilla
Revisó: Jesús Heraclio Gualy