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SFC - Resolución 1084 de 2021

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 1084 de 2021
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2021

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Radicación:2021028654-046-000

Fecha: 30/09/2021 12:58 PM Sec.día12803

Anexos: NO

Trámite::147-AA CONSTITUCIÓN DE ENTIDADES VIGILADAS

Tipo doc::39-RESPUESTA FINAL E

Remitente: 000000-DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO

Destinatario: : -ANA INES URIBE OSORIO

RESOLUCIÓN NÚMERO 1084 DE 2021 ( ) 29 de septiembre Por medio de la cual se autoriza a Cogent Andina Corredores de Reaseguros Ltda, para constituirse como sociedad corredora de reaseguros. EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial, de las que le confiere el literal a) del numeral 1 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en armonía con el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, CONSIDERANDO: PRIMERO. - Que a la Superintendencia Financiera de Colombia (en adelante, la “SFC”) le corresponde ejercer la inspección y vigilancia de las sociedades corredoras de reaseguros, de conformidad con lo previsto en el literal a), numeral 2° del artículo 325 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (en adelante, EOSF), en concordancia con el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010. Cabe señalar que frente a las sociedades corredoras de reaseguros, el artículo 44 EOSF contempla que

deberán constituirse bajo la forma de sociedades comerciales y podrán revestir cualquiera de los tipos societarios previstos en el Código de Comercio. SEGUNDO. - Que mediante comunicación radicada con el número 2021028654-000 del 8 de febrero del 2021, la doctora Ana Inés Uribe Osorio, en calidad de apoderada especial del señor Mark John Alexander Bishop, ciudadano inglés, representante legal de la sociedad Cogent International Limited, con domicilio en Londres (Inglaterra), corredor internacional independiente de seguros y reaseguros, sociedad legalmente constituida de acuerdo con las leyes del Reino Unido, autorizada y regulada por Financial Conduct Authority (FCA) y del señor Juan Carlos Prieto Vásquez, sometió a consideración de esta Superintendencia la constitución de una sociedad corredora de reaseguros que se denominará Cogent Andina Corredores de Reaseguros Ltda., con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C. Cabe señalar que la totalidad de la documentación fue complementada a través de las comunicaciones radicadas con el número 2021028654 derivados 4, 7, 10, 22, 23, 26, 27, 28, 29, 34, 35, 36, 38, 40, 41 y 42 del 10 de febrero, 23 de marzo, 19 de abril, 18 y 21 de mayo, 3, 18 y 23 de junio, 12 de julio, 2, 5 y 31 de agosto, 16 y 17 de septiembre todas del 2021. TERCERO. - El capital suscrito de la sociedad es la suma de NOVECIENTOS MILLONES DE PESOS ($900.000.000) representado en 900.000 cuotas o partes sociales, de un valor nominal de MIL PESOS

($1.000) cada una, tal como se detalla, a continuación: SOCIO Nº de CUOTAS VALOR % COGENT INTERNATIONAL LTD. 299.970 299.970.000 33,33

JUAN CARLOS PRIETO VASQUEZ 600.030 600.030.000 66,67

TOTALES 900.000 900.000.000 100,00

CUARTO. - Que evaluados los documentos aportados al trámite y una vez verificados el carácter, responsabilidad, idoneidad y solvencia patrimonial de las personas que participan en la operación, se considera que reúnen la totalidad de los requisitos legales.

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

RESOLUCIÓN NÚMERO 1084 DEL 29 DE SEPTIEMBRE 2021

Por medio de la cual se autoriza a Cogent Andina Corredores de Reaseguros Ltda, para constituirse como sociedad corredora de reaseguros. Hoja No. 2 QUINTO. - Que esta Superintendencia efectuó el análisis que corresponde sobre los montos de capital y capacidad financiera de los constituyentes, el origen de los recursos, la factibilidad y viabilidad del plan de negocios y el proyecto de estatutos sociales, a efectos de establecer la procedencia de autorizar la constitución de Cogent Andina Corredores de Reaseguros Ltda., como entidad vigilada. SEXTO. - Que en desarrollo de las facultades previstas en el numeral 10 del artículo 11.2.1.4.32 y en el numeral 17 del artículo 11.2.1.4.33. del Decreto 2555 de 2010, en su orden, la Superintendente Delegada

Adjunta para Intermediarios Financieros y Seguros propuso y el Superintendente Delegado para Seguros recomendó, otorgar la autorización solicitada. SÉPTIMO. - Que de acuerdo con lo señalado en el literal a) del numeral 1º del artículo 326 del EOSF, en armonía con el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 del 2010, corresponde al Superintendente Financiero de Colombia autorizar la constitución de las entidades sujetas a inspección y vigilancia de la SFC. OCTAVO. - Que, de conformidad con lo señalado por el literal a) del artículo 2 del Decreto 422 de 2006, en sesión celebrada el 22 de septiembre del 2021, fue puesta a consideración del Consejo Asesor de esta Superintendencia la constitución de la sociedad corredora de reaseguros Cogent Andina Corredores de Reaseguros Ltda. En mérito de lo anteriormente expuesto, este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. AUTORIZAR la constitución de la sociedad corredora de reaseguros Cogent Andina Corredores de Reaseguros Ltda., la cual tendrá su domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C. ARTÍCULO SEGUNDO. ADVERTIR que en virtud de lo previsto en el artículo 45 del EOSF mientras se obtiene el correspondiente certificado de inscripción, Cogent Andina Corredores de Reaseguros Ltda. solamente podrá desarrollar las actividades relacionadas con su organización. ARTICULO TERCERO. ADVERTIR que dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de ejecutoria

de la presente resolución deberá elevarse a escritura pública el proyecto de estatutos sociales e inscribirse de conformidad con la ley. A efectos de acreditar lo anterior, deberá remitir a esta Superintendencia copia auténtica de la respectiva escritura pública de constitución, así como un ejemplar del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio principal. ARTÍCULO CUARTO. ORDENAR que dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de ejecutoria de la presente providencia y a efectos de expedir el correspondiente certificado de inscripción, se acredite ante esta Superintendencia el pago del capital mínimo, el otorgamiento de las pólizas de seguro señaladas en el artículo 2.30.1.4.4. del Decreto 2555 del 2010 y la existencia de la infraestructura técnica y operativa para funcionar regularmente, de acuerdo con lo señalado en el estudio de factibilidad, así como el cumplimiento del trámite al que se hace alusión en el artículo anterior. ARTÍCULO QUINTO. ORDENAR que por Secretaría General se notifique personalmente el contenido de la presente Resolución a la doctora Ana Inés Uribe Osorio en su condición de apoderada especial de los futuros socios de Cogent Andina Corredores de Reaseguros Ltda., o a quién haga sus veces, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición que deberá interponerse ante el Superintendente Financiero de Colombia dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la presente Resolución. ARTÍCULO SÉXTO. REMITIR copia de esta providencia al Grupo Interno de Trabajo de Notificaciones y

Registro de la Superintendencia para los efectos pertinentes.

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

RESOLUCIÓN NÚMERO 1084 DEL 29 DE SEPTIEMBRE 2021

Por medio de la cual se autoriza a Cogent Andina Corredores de Reaseguros Ltda, para constituirse como sociedad corredora de reaseguros. Hoja No. 3 ARTÍCULO SÉPTIMO. ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de septiembre del 2021.

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ

Superintendente Financiero

Anexos: Ninguno

Notificar: Doctora

ANA INÉS URIBE OSORIO

Apoderada Especial anainesuribe@hotmail.com 2021028654-000-000

Revisada por: Luz Ángela Barahona Polo – Delegada Adjunta para Intermediarios Financieros y Seguros.

Christian Mora Aponte – Delegado para Seguros. Luz Elvira Moreno Dueñas – Directora Legal de Seguros. Esteban Gutiérrez Soto – Coordinador Grupo de Autorizaciones.

Proyectada por: Alexandra J. Barrera Machetá – Asesora Grupo de Autorizaciones.

Radicado: 2021028654-046-000

Proyectó: [ALEXANDRA JANNETH BARRERA MACHETA]

Revisó: [ESTEBAN GUTIERREZ SOTO

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