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SFC - Resolución 1096 de 2021

Superintendencia Financiera

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Disponible

Detalles

Título
SFC - Resolución 1096 de 2021
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2021

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Radicación:2021182965-015-000

Fecha: 07/10/2021 09:18 AM Sec.día522

Anexos: NO

Trámite::240-AA APERTURA O CIERRE OFICINAS DE REPRESENTACION

Tipo doc::39-RESPUESTA FINAL E

Remitente: 000000-DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO

Destinatario::27-29-MARKEL INTERNATIONAL INSURANCE COMPANY

LIMITED RESOLUCIÓN NÚMERO 1096 (30 de septiembre de 2021) Por medio de la cual se autoriza el cierre de la Oficina de Representación en Colombia de Markel International Insurance Company Limited. EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial, de las que le confieren el literal c), numeral 1 del artículo 326 y el artículo 94 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), y el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO: Que corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia (en adelante la “SFC” o la “Superintendencia”) autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de entidades reaseguradoras del exterior.

SEGUNDO: Que, de acuerdo con el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010 le corresponde al Superintendente Financiero de Colombia “Autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de organismos financieros, reaseguradores e instituciones del mercado de valores del exterior, así como el cierre de dichas oficinas”.

TERCERO: Que mediante la Resolución No. 2223 del 16 de diciembre de 2014, esta Superintendencia autorizó la apertura de la Oficina de Representación en Colombia a Markel International Insurance Company Limited a partir del 1º de enero de 2015.

CUARTO: Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.2.4. del Capítulo II, Título II de la parte I de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 029 de 2014), en armonía con la función prevista en el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, la clausura o cierre de las oficinas de representación de reaseguradoras del exterior requiere autorización previa de esta Superintendencia.

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 1096 DE 2021 PÁGINA 2 DE 4

Por medio de la cual se autoriza el cierre de la Oficina de Representación de Markel International Insurance Company Limited en Colombia.

QUINTO: Que mediante comunicación radicada con el número 2021182965-000-000, la doctora Johana Marcela Torres Chaves, actuando en su condición de representante legal de la Oficina de representación en Colombia de Markel International Insurance Company Limited, solicitó autorización para llevar a cabo la clausura de la Oficina de Representación de Markel International Insurance Company Limited, en consideración a la decisión adoptada por la Junta Directiva de su Casa Matriz en sesión celebrada el pasado 10 de agosto de 2021, según la cual, “Después de llevar a cabo una revisión de las operaciones en Latinoamérica, Markel International Insurance Company Limited

("MIICL") tomó la decisión de cesar los nuevos negocios de aseguramiento en Latinoamérica y devolver la actividad de segunda instancia al RU, donde sea posible (…)”1. De igual forma, se aportó un ejemplar del acta de la reunión de Junta Directiva de Markel International Insurance Company Limited, suscrita por el señor John William James Spencer, Director de MIICL, en la que consta la decisión de dicha entidad de cerrar la Oficina de Representación de FICL a partir del día 30 de septiembre de 2021.

SEXTO: Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del numeral 1.2.4, Capítulo II, Título II, Parte I de la CBJ, se indicó en la documentación antes referida que “(…) Los clientes colombianos podrán comunicarse con MIICL después del cierre de su Oficina de Representación en Colombia contactando las siguientes personas: - Aseguramiento: lan Basset

Director de Proyectos Especiales Markel International 20 Fenchurch Street, Londres, EC3M 3AZ

Teléfono directo: +44(0)207953 6080

Correo electrónico: ian.bassett@markel.com

  • Asuntos Contables:

Sharon Crofts Directora de Reaseguro y Control de Crédito Markel International 20 Fenchurch Street, Londres, EC3M 3AZ

Teléfono directo: +44 (0)20 7953 6737

Correo electrónico: sharon.crofts@markel.com

  • Reclamos:

Christopher O'Shea Director de Reclamos — Ventas al por Mayor Markel International 20 Fenchurch Street, Londres, EC3M 3AZ

Teléfono directo: +44 (0)20 7953 6155

1 Nota aclaratoria: RU hace referencia al Reino Unido. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Correo electrónico: chris.oshea@markel.com”2

RESOLUCIÓN NÚMERO 1096 DE 2021 PÁGINA 3 DE 4

Por medio de la cual se autoriza el cierre de la Oficina de Representación de Markel International Insurance Company Limited en Colombia.

SÉPTIMO: Que la representante legal de la citada Oficina de Representación en Colombia informó acerca de la fecha en que se realizaría la clausura de la misma, señalando que: “(…) Markel International ha tomado la decisión de cerrar la oficina de representación en Colombia así como la finalización de la actividad del representante legal a partir del 30 de Septiembre de 2021.

Conforme a lo anterior, les solicitamos sea emitida autorización para el cierre de Markel International Insurance Company Limited como Oficina de Representación en Colombia a partir del 30 de Septiembre de 2021.”.3 Asimismo, la representante legal indicó que “el registro ante el REACOEX seguirá vigente”. En relación con el Reacoex procede señalar que la inscripción de la citada reaseguradora se encuentra actualizada al presente año.

OCTAVO: Que en la actualidad, esta Superintendencia no registra ninguna queja en contra de la Oficina de Representación en Colombia de Markel International Insurance

Company Limited.

NOVENO: Que una vez analizada la documentación pertinente, se encontró que la solicitud se ajusta a los requerimientos exigidos por las disposiciones que rigen la materia, razón por la cual esta Superintendencia estima viable acceder a la solicitud de

cierre de la Oficina de Representación en Colombia de Markel International Insurance Company Limited.

DÉCIMO: Que, en desarrollo de las facultades previstas en el numeral 3 del artículo 11.2.1.4.32 y en el numeral 7 del artículo 11.2.1.4.36, ambos del Decreto 2555 de 2010, la Superintendente Delegada Adjunta para Intermediarios Financieros y Seguros, así como el Superintendente Delegado para Seguros propusieron otorgar la autorización solicitada.

En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR el cierre de la Oficina de Representación en Colombia de Markel International Insurance Company Limited, por las razones previstas en la parte motiva de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR a la representante legal de la Oficina de Representación en Colombia de Markel International Insurance Company Limited, la publicación de un aviso en un diario de amplia circulación nacional, informando acerca del cierre de la oficina, así como los mecanismos y canales dispuestos para efectos de atender potenciales peticiones, quejas o reclamos.

El original de la página completa del periódico, en el que se aprecie el nombre del diario, la fecha, el número de página y el aviso publicado, deberá ser remitido a esta Superintendencia dentro de los 5 días hábiles siguientes a su publicación. 2 Radicado 2021182965-001-000 Traducción_autenticada.pdf Página 5 (Radicado Solip). 3 Radicado 2021182965-001-000 Carta_Cierre_Ofc_de_Representación.pdf Página 1 (Radicado Solip).

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

Así mismo se deberá remitir correo electrónico o correo físico a las personas que tuvieron relación con la mencionada Oficina de Representación indicándoles el cierre de RESOLUCIÓN NÚMERO 1096 DE 2021 PÁGINA 4 DE 4 Por medio de la cual se autoriza el cierre de la Oficina de Representación de Markel International Insurance Company Limited en Colombia. la Oficina de Representación en Colombia de Markel International Insurance Company Limited.

ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de

Colombia.

ARTÍCULO CUARTO: REMITIR copia de esta providencia al Grupo de Registro de esta Superintendencia, para los fines pertinentes.

ARTÍCULO QUINTO: ORDENAR que, por conducto de la Secretaria General de esta Superintendencia, se notifique a la doctora Johana Marcela Torres Chaves, en calidad de representante legal de la Oficina de Representación en Colombia de Markel International Insurance Company Limited, el texto de la presente Resolución, entregándole copia de la misma advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición que deberá interponerse ante el Superintendente Financiero, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los treinta (30) días del mes de septiembre de 2021.

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ

Superintendente Financiero

Anexos: Ninguno

Notificación: Doctora

Johana Marcela Torres Chaves Representante Legal para Colombia Oficina de Representación Markel International Insurance Company Limited Av. Carrera 9 No. 115 – 06/30 Oficina 1743 Edificio Tierra Firme (Bogotá)

E-mail: Johana.torres@markel.com

400010

Trámite: 2021182965-000-000

Revisado por: Luz Ángela Barahona Polo - Superintendente Delegada Adjunta para Intermediarios

Financieros y Seguros. Christian Mora Aponte - Superintendente Delegado para Seguros. Luz Elvira Moreno Dueñas - Directora Legal para Seguros. Esteban Gutiérrez Soto - Coordinador Grupo de Autorizaciones.

Proyectado por: José Heraldo Leal Agudelo – Profesional Universitario Grupo de Autorizaciones.

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Radicado: 2021182965-015-000

Proyectó: [JOSE HERALDO LEAL AGUDELO]

Revisó: [ESTEBAN GUTIERREZ SOTO

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