SFC - Resolución 1145 de 2016
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1145 de 2016
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2016
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA . .' .1145
RESOLUCION NUMERO DE 2016 d 2 SEP a016
Por medio de la cual se cancela el certificado de autorización de funcionamiento
de la sociedad MARSH GLOBAL MARKETS COLOMBIA LT DA. CORREDOR
DE REASEGUROS, hoy en Liquidación EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO (E) En ejercicio de las facultades legales y en especial de las que le confieren el literal a) del numeral 10 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, Y CONSIDERANDO PRIMERO.- Que de conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 20 del artículo 325 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en concordancia con el artículo 11.2.1.6.1. del Decreto 2555 de 2010, corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia ejercer la vigilancia e inspección de las sociedades corredoras de reaseguros. SEGUNDO.- Que mediante Resolución No. 0863 del 24 de mayo de 2006, la Superintendencia Financiera de Colombia autorizó la constitución de la sociedad Marsh Global Markets Colombia Ltda. Corredor de Reaseguros TERCERO.- Que mediante escritura No. 1941 del 23 de junio de 2006, otorgada en la Notaría 36 del Círculo de Bogotá, se constituyó la sociedad Marsh Global Markets Colombia Ltda. Corredor de Reaseguros. CUARTO.- Que mediante Resolución No. 1801 del 11 de octubre de 2006, la Superintendencia Financiera de Colombia le expidió el certificado de
autorización de funcionamiento a la mencionada sociedad. QUINTO.- Que mediante comunicación radicada con el número 2015128196000-000 del 15 de diciembre de 2015, el representante legal de Marsh Global Markets Colombia Ltda. Corredor de Reaseguros, solicitó autorización de esta Superintendencia para llevar a cabo la disolución y liquidación voluntaria de la sociedad, para cuyo efecto remitió los documentos correspondientes.
SEXTO: Que mediante Resolución 0643 del 26 de mayo de 2016, se aprobó la liquidación voluntaria de la sociedad Marsh Global Markets Colombia Ltda.
Corredor de Reaseguros.
SÉPTIMO: Que mediante comunicación 2016069759-000 del 24 de junio de 2016, el liquidador suplente de la sociedad, doctor Nicolás Martínez Patiño, remitió a esta superintendencia copia de la escritura pública No. 2826 del 15 de junio de 2016 de la Notaría 73 del Círculo de Bogotá, a través de la cual se protocolizó la Resolución 0643 del 26 de mayo de 2016, así como copia del certificado expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, donde consta su
RESOLUCiÓN N.Ún/lERO 114 5 P,E 2016 HOJA No. 2 ~~ , Por medio de la cual se cancela el certificado de autorización de funcionamiento de la sociedad MARSH GLOBAL MARKETS COLOMBIA LT DA. CORREDOR DE REASEGUROS, hoyehiLfqyidaciól1 .' ., ~-' - . - -:"-" ... , " , inscripción del 23 dé junio de 2016', bajo el núniero 02115720 del Libro IX, en
, cumplimiento de lo ordenadbteq-el"artíclllosegundo de la precitada resolución, ... " ,;:- ~ . . En..m. érito de lo exp.u esto" , '-, , - - ' "'- _" ',," ARTíCULO PRIME~O:, ,CANC,~LAR ; ,el c~rtificaqo, de autorización de funcionamiento ' a Marsh Global Markets Colombia Ltda, Corredor de Reaseguros, en Liquidación, expedido mediante Resolución No, 1801 del 11 de octubre de 2006" p,or las "razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución, " , , ' ARTíCULO SEGUNDO: REMITIR copia de esta providencia al Grupo de Registro de esta Superintendencia para los efectos pertinentes, ARTíCULO TERCERO: ORDENAR que la presente Resolución se inscriba en el registro mercantil de la Cámara de Comercio de Bogotá, dentro de los cinco (5) días hábiles ' siguientes a la' fecha en que la misma quede ' ér¡'., firme, debiéndose acreditar eSe hecho, ante esta1,Sllperintendencia dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes, '.
ARTíCULO CUARTO: NOTIFICAR'personalme'rite el contenido de la presente Resolución al doctor Carlos Armando Rivera García, en su calidad de representante legal de la 'soéiedad' Marsh Global Markets ' Cólombia' Uda, Corredor de .R easeguros, en·· Liquidación, o a quíen haga sus · veces, entregándole copia de la misma', advirtiéndole .quecoritra esfa providencia procede el recurso de reposición ante el Superintendente Financiero, el que
deberá ser interpuesto en el acto de la notificación o dentro de los diez (10rdías hábilessiguientes'a la misma; de, acuerdo con lo dispuesto .enel Código de Procedimiento Administrativo y dé lo Contencioso Adrrünistrativo y en el artí'culo 335 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, ARTíCULO QUIN:rO: ,PUSLlCAR, la presente resolución· en el"B6Ietín, del Ministerio de Hacienda'y OréditbRúblico, Capítulo'Superintendencia Financiera de Colombia, o' ,' .. ·c • . NOTIFíQlJESE, PUBLíQUESE Y CÚMPLASE; ,. . ", . 1·1Stp" 1~H6 Dada'en Bogota, D,C.a los " ,', ;,·días"del'mes de ," de'2016:.
El SUPERINTENDENTE FINANCIERO (E),
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