SFC - Resolución 1158 de 2024
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1158 de 2024
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2024
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Ú 4 JUN 2024
Por la cual se autoriza la constitución de la sociedad aseguradora que se denominará
QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 5 del artículo 53 y el literal a) del numeral! 1 del artículo 326, ambos del Estatuto Orgánico del! Sistema Financiero, en armonía con el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO. - Que a la Superintendencia Financiera de Colombia (en adelante, la SFC) le corresponde ejercer la inspección y vigilancia de las compañías de seguros, de conformidad con lo previsto en el literal a), numeral 2” del artículo 325 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (en adelante, EOSF), en concordancia con el artículo 11.2,1.6.1 del Decreto 2555 de 2010. SEGUNDO. - Que mediante comunicación radicada con el número 2023063768-000000 del 9 de junio del 2023, el apoderado especial de: i) Quálitas Controladora Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, ¡¡) Quálitas Servicios S.A.S,, ¡ii) Quálitas Activos S.A.S., iv) María Brockman Domínguez y v) Joaquín Brockmann Dominguez, sometió a consideración de esta Superintendencia la solicitud para la constitución de una sociedad aseguradora que se denominará QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C.
Cabe señalar que la totalidad de la documentación fue complementada a través de las comunicaciones radicadas con el número 2023063768 siendo el último derivado el 044000 del 16 de febrero del 2024, a efectos de dar cumplimiento a las exigencias previstas en el artículo 53 del EOSF. TERCERO. - El capital autorizado para la constitución de QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. ascenderá a la suma de cincuenta mil millones de ($50.000.000.000) pesos, dividido en quinientas mil acciones de valor nominal de cien mil ($100.000) pesos cada una.
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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA HZ at
1158 18
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2024 HOJA No. 2
Por la cual se autoriza la constitución de la sociedad aseguradora QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. A su turno, el capital suscrito de la sociedad será la suma de treinta y ocho mil millones ($38.000.000.000) de pesos, dividido en trescientas ochenta mil (380.000) acciones de valor nominal de cien mil ($100.000) pesos cada una, como se indica a continuación: Monto a Número de Participación Accionistas Suscribir en Acciones Accionaria Pesos Qualitas Controladora Sociedad Anónima Bursátil % 0 0 0 0 0 . 5 8 0 0 0 . 3 2 3 0 0
0 , 0 0 0 , 0 0 3 . 2 3 e l b a i r a V l a t i p a C e d % 4 7 9 9 4 . 7 9 9 4 . 8 2 0 0 0 . 0 0 9 . 9 4 8 . 2 . S . A . S s o i c i v r e S s a t i t a u Q 0 0 0 . 0 s 0 a % s 9 t o 4 . i . v 9 9 7 S l i . 4 9 9 a t u A 8 4 9 c . Q . . 4 A S 8 2 . 2 7 n a m k a c i o r r a M B % 6 2 0 0 0 . 0 1 0 0 0 . 0 0 1 z e u g n í m o D . n n a m k c o r B n i u q a o J % 6 2 0 0 0 . 0 1 0 0 0 . 0 0 1 z e u g n í m o D 0 0 0 . 0 0 0 . L 0 0 A 0 0 T 0 0
O . . % 0 8 T 0 8 3 0 3 1 Los futuros accionistas pagarán con recursos propios el 100%, es decir, la suma de treinta y ocho mil millones ($38.000.000.000) de pesos, así: setenta por ciento (70%) al momento de la constitución de la Aseguradora y treinta por ciento (30%) antes de la obtención del certificado de autorización (permiso de funcionamiento) emitido por la SFC. CUARTO. - Que el capital de constitución antes indicado corresponde a un valor superior al mínimo requerido para el año 2024 para la constitución de una compañía de seguros, de conformidad con lo previsto en el numeral 1 del artículo 80 del EOSF, incluyendo el capital para el ramo de seguros que pretende comercializar (Automóviles). Capital mínimo de funcionamiento 2024 Compañías de Seguros Concepto Valor en Pesos Capital mínimo de funcionamiento para año 2024 15.217.000.000 Capital requerido para ramo de automóviles 4.992.000.000 Total capital mínimo de funcionamiento requerido año 2024 20.209.000.000 QUINTO. - Que mediante oficio radicado con el número 2023063768-039-000 del 5 de febrero del 2024, esta Superintendencia autorizó la publicación del aviso de intención de constitución de la entidad mencionada, de acuerdo con lo establecido en el numeral 42 del articulo 53 del EOSF. El aviso en mención fue publicado los días 8 y 9 de febrero del 2024 en el diario de amplia circulación nacional La República, según consta en los anexos de la comunicación radicada con el número 2023063768-043-000 de! 13 de febrero del 2024,
sin que durante el término a que alude dicha norma se hubiera presentado oposición por parte de terceros ante esta Superintendencia. SEXTO. - Que mediante las investigaciones respectivas, esta Superintendencia verificó la información que resulta pertinente, a fin de establecer el carácter, responsabilidad e
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RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2024 HOJA No. 3
Por la cual se autoriza la constitución de la sociedad aseguradora QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. idoneidad de los futuros accionistas y administradores de la compañía de seguros que se pretende constituir. Sobre el particular, se constató que ninguno de ellos se encuentra incurso en las situaciones señaladas en el inciso tercero del numeral 5 del artículo 53 del EOSF, que le impida participar en la constitución de la sociedad aseguradora QUÁLITAS
COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
SÉPTIMO. - Que esta Superintendencia efectuó el análisis que corresponde sobre los montos de capital y capacidad financiera de los constituyentes, el origen de los recursos, el plan de negocios, su factibilidad y viabilidad, el proyecto de estatutos sociales, así como el cumplimiento de los requisitos que se establecen en el artículo 53 del EOSF para autorizar la constitución de una entidad vigilada. OCTAVO. - Que en desarrollo de las facultades previstas en el numeral 10 del artículo
11.2.1,4,32 y en el numeral 17 del artículo 11.2.1.4.33. del Decreto 2555 de 2010, el Superintendente Delegado Adjunto para Intermediarios Financieros y Seguros propone y la Superintendente Delegada para Seguros recomienda otorgar la autorización - solicitada. NOVENO. - Que de acuerdo con lo señalado en el numeral 5 del artículo 53 y en el literal a) del numeral 1 del artículo 326 del EOSF, en armonía con el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 del 2010, corresponde al Superintendente Financiero de Colombia autorizar la constitución de las entidades sujetas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia. DÉCIMO. Que, en atención a lo señalado en la Resolución 2100 del 1 de diciembre del 2023, el Comité Asesor de Autorizaciones del Superintendente Financiero, en sesión celebrada el 6 de mayo del 2024, evaluó la documentación asociada al presente trámite administrativo y le aconsejó sobre la viabilidad de otorgar la autorización formulada por el apoderado de los potenciales accionistas de la sociedad aseguradora QUÁLITAS
COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
DÉCIMO PRIMERO. Que, de conformidad con lo señalado por el literal a) del artículo 2 del Decreto 422 de 2006, en sesión celebrada el 20 de mayo del 2024, fue puesta a consideración del Consejo Asesor de esta Superintendencia la constitución de la sociedad aseguradora QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
En virtud de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. AUTORIZAR la constitución de la sociedad aseguradora QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A,, la cual tendrá su domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C.
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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA OA 1 a 35
RESOLUCIÓN NÚMERO ” 'DE 2024 HOJA No.4
Por ta cual se autoriza la constitución de la sociedad aseguradora QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. ARTÍCULO SEGUNDO. ADVERTIR que mientras se obtiene el correspondiente certificado de autorización (permiso de funcionamiento), QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., en los términos del inciso segundo del numeral 6 del artículo 53 del EOSF, solamente podrá desarrollar las actividades relacionadas con su organización. ARTICULO TERCERO. ADVERTIR que en atención a lo previsto en el numeral 6 del artículo 53 del EOSF, dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de ejecutoria de la presente resolución deberá elevarse a escritura pública el proyecto de estatutos sociales e inscribirse de conformidad con la ley. A efecto de acreditar lo anterior, deberá remitir a esta Superintendencia copia auténtica de la respectiva escritura pública de constitución, así como un ejemplar del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de su
domicilio principal. ARTÍCULO CUARTO. - ADVERTIR que dentro de los doce (12) meses siguientes a la fecha de ejecutoria de la presente Resolución, la entidad deberá iniciar la solicitud de obtención del certificado de autorización (permiso de funcionamiento) ante la SFC, cumpliendo los requisitos señalados en el numeral 7? del artículo 53 del EOSF. ARTÍCULO QUINTO. ADVERTIR que para la expedición del respectivo certificado de autorización (o permiso de funcionamiento) se deberán acreditar a la SFC los requisitos señalados en el numeral 7 del artículo 53 del EOSF, a saber: a) el otorgamiento de la respectiva escritura pública de constitución y su inscripción en el registro mercantil de la Cámara de Comercio de su domicilio; b) el pago del capital suscrito señalado en el artículo tercero de los considerandos del presente acto administrativo y c) la existencia de la infraestructura técnica y operativa necesaria para operar regularmente, de acuerdo con lo señalado en el estudio de factibilidad. ARTÍCULO SEXTO. ORDENAR que por Secretaría General se notifique personalmente el contenido de la presente Resolución al doctor Camilo Gantiva Hidalgo en su condición de apoderado especial de los accionistas de QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. o a quién haga sus veces, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición que deberá interponerse ante el Superintendente Financiero de Colombia dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la presente Resolución.
ARTÍCULO SÉPTIMO. ORDENAR que en virtud de la documentación que conforma la presente actuación administrativa se ha evidenciado que la sociedad QUÁLITAS CONTROLADORA SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPITAL VARIABLE (S.A.B de C.V. ) radicada en México, detentará la propiedad directa e indirectamente, a través de las sociedades indicadas en el articulo 3 de las consideraciones del presente acto administrativo, sobre QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., situación de control que deberá quedar registrada en la Cámara de Comercio del domicilio social, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 222 de 1995, en concordancia con los articulos 260 y 261 del Código de Comercio; debiendo remitir copia del
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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
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RESOLUCIÓN NÚMERO "DÉ 2024 HOJA No. 5
Por la cual se autoriza la constitución de la sociedad aseguradora QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. correspondiente certificado ante esta Superintendencia para obtener el respectivo certificado de funcionamiento. ARTÍCULO OCTAVO. REMITIR copia de esta providencia al Grupo Interno de Trabajo de Notificaciones y Registro de la Superintendencia para los efectos pertinentes. ARTÍCULO NOVENO. ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capitulo Superintendencia Financiera de
Colombia.
NOTIFÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE. : 0 4 JUN 2094
Dada en Bogotá, D.C., a los Oéas del mes de junio del 2024.
EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,
CÉSAR FERRARI QUINE Ph.D.
000000 Despacho del Superintendente Financiero 2023063768 330000
Elaborado por: Héctor Ricardo Garzón Moreno — Profesional Especializado Grupo de Autorizaciones y a Revisado por: Felipe Noval Acevedo — Superintendente Delegado Adjunto para Intermedjarios Financieros y Seguros
Luz Elvira Moreno Dueñas — Superintendente Delegada para Seguros + Luz Stella Aguilera Morales — Directora Legal de Seguros Le. Ángela Cristina Silva Rojas — Coordinadora Grupo de Autorizaciones ly Mario Alberto Sánchez García — Director Jurídico
Notificación: Doctor
CAMILO GANTIVA HIDALGO
Apoderado Especial Quálitas Controladora Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable Qualitas Servicios S.A.S. Qualitas Activos S.A.S. María Brockman Dominguez Joaquín Brockmann Dominguez camilo.gantivafDhklaw.com l l SERVICIO ste Pandora AL CIUDADANO de Colombia DOCUMENTO PRIGI LRETIRAA DMAONO nomre: DAN felyee Forero Mot
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