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SFC - Resolución 1306 de 2023

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 1306 de 2023
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2023

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2023 28A6G0 ( Por medio de la cual se acepta un impedimento y se designa un Director Jurídico Ad Hoc y un representante del Superintendente Financiero en el Comité de Posesiones. EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las que le confieren el artículo 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el numeral 22 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que el Director Jurídico (E) de esta Superintendencia, doctor MARIO ALBERTO SÁNCHEZ GARCÍA, mediante memorando número 2023092012-000-000

del 28 de agosto de 2023, manifestó su impedimento para pronunciarse y decidir sobre cualquier asunto relacionado con BTG Pactual S.A. Comisionista de Bolsa y con las entidades Banco BTG Pactual Colombia S.A. y BGT Pactual S.A. Sociedad Fiduciaria que hacen parte del conglomerado financiero BTG Pactual Colombia, con fundamento en la causal prevista en el numeral 1 del artículo 11 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. SEGUNDO.- Que el doctor MARIO ALBERTO SÁNCHEZ GARCÍA sustentó su impedimento señalando que su hija suscribió un acuerdo de vinculación formativa con BTG Pactual S.A. Comisionista de Bolsa y la Universidad de los Andes para la realización de una práctica laboral, que se extenderá hasta el 25 de diciembre de 2023, en virtud del cual le corresponde “Apoyar fas actividades del día a día del área Legal”. Al respecto, indicó que su hija, en desarrollo de la mencionada actividad, adelanta estudios jurídicos y evalúa trámites relacionados con el funcionamiento y administración de BTG Pactual S.A. Comisionista de Bolsa y de las demás sociedades que hacen parte del conglomerado financiero BTG Pactual Colombia, los cuales son objeto de supervisión y decisión por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia. TERCERO.- Que al Director Jurídico le corresponde ejercer las funciones previstas en el artículo 11.2.1.4.6, del Decreto 2555 de 2010, entre otras, “Impartir directrices

para el trámite de los recursos de apelación y las solicitudes de revocatoria directa de competencia del Superintendente” (numeral 3%), “Asesorar y conceptuar en los asuntos jurídicos que no sean de competencia de las Direcciones Legales o instancias legales de la Superintendencia” (numeral 5%), “Dirigir la elaboración de los estudios jurídicos especiales solicitados por las demás dependencias de la Superintendencia

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www.superfinanciera.gov.co VIDA | ste 106 E 1306

RESOLUCIÓN NUMERO DE 2023 PÁGINA No. 2

Por medio de la cual se acepta un impedimento y se designa un Director Jurídico Ad Hoc y un representante del Superintendente Financiero en el Comité de Posesiones. A ME e para el desarrollo de sus funciones” (numeral 6%), y “Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de ladependencia” (numeral 99). Además, en virtud de lo establecido en el artículo 118 de la Ley 2220 de 2022 y en el numeral 1? de la Resolución No. 0301 de 2023, el Director Jurídico es miembro con voz y voto del Comité de Defensa Judicial y Conciliación de esta Entidad, instancia administrativa encargada de determinar la procedencia o improcedencia de las solicitudes de conciliación o de cualquier medio alternativo de solución de conflictos. Adicionalmente, mediante la Resolución No. 1050 del 21 de julio de 2023, el doctor

MARIO ALBERTO SÁNCHEZ GARCÍA fue designado de manera personal como representante del Superintendente Financiero en el Comité de Posesiones de la Superintendencia Financiera de Colombia, al cual le corresponde decidir sobre las solicitudes de posesión y las revocatorias de posesión de las personas vinculadas a las instituciones vigiladas que requieren adelantar dicho trámite, así como decidir sobre los respectivos recursos de reposición. CUARTO.- Que el artículo 11 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo dispone lo siguiente:

"CONFLICTOS DE INTERÉS Y CAUSALES DE IMPEDIMENTO Y RECUSACIÓN.

Cuando el interés general propio de la función pública entre en conflicto con el interés particular y directo del servidor público, este deberá declararse impedido. Todo servidor público que deba adelantar o sustanciar actuaciones administrativas, realizar investigaciones, practicar pruebas o pronunciar decisiones definitivas podrá ser recusado si no manifiesta su impedimento por:

1. Tener interés particular y directo en la regulación, gestión, control o decisión del asunto, o tenerlo su cónyuge, compañero o compañera permanente, o alguno de sus parientes dentro del cuarto grado de consanquinidad, segundo de afinidad o primero civil, o su socio o socios de hecho o de derecho”. (Subrayado fuera de texto).

QUINTO.- Que, de acuerdo con lo expuesto en los anteriores considerandos, resulta claro que la hija del doctor MARIO ALBERTO SÁNCHEZ GARCÍA (pariente en cuarto grado de consanguinidad) tiene interés directo en los pronunciamientos y decisiones que dicho funcionario deba adoptar, como Director Juridico (E), en relación con BTG

Pactual S.A. Comisionista de Bolsa y las otras entidades que hacen parte del conglomerado financiero BTG Pactual Colombia, asi como en las decisiones que le corresponde tomar como representante del Superintendente Financiero en el Comité de Posesiones tratándose de la posesión de personas vinculadas a esas mismas entidades. S E X T O .

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RESOLUCIÓN NÚMERO 1 3 0 Óve 2023 PÁGINA No. 3

Por medio de la cual se acepta un impedimento y se designa un Director Jurídico Ad Hoc y un representante del Superintendente Financiero en el Comité de Posesiones. SÉPTIMO.- Que en mérito de lo expuesto, este Despacho RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACEPTAR el impedimento manifestado por el doctor MARIO ALBERTO SÁNCHEZ GARCÍA, Director Jurídico (E) de esta Superintendencia, para pronunciarse y decidir sobre cualquier asunto relacionado con BTG Pactual S.A. Comisionista de Bolsa y con las entidades Banco BTG Pactual Colombia S.A. y BGT Pactual S.A. Sociedad Fiduciaria, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: DESIGNAR a la doctora YENNY CAROLINA GUEVARA RIVERA, Asesora del Despacho del Superintendente Financiero, como Director Jurídico Ad Hoc para los efectos previstos en el presente acto administrativo, ARTÍCULO TERCERO: DESIGNAR a la doctora YENNY CAROLINA GUEVARA RIVERA como representante del Superintendente Financiero en el Comité de

Posesiones, exclusivamente para el trámite de posesión de las personas vinculadas a BTG Pactual S.A. Comisionista de Bolsa, Banco 8TG Pactual Colombia S.A. y BGT Pactual S.A. Sociedad Fiduciaria.

ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR personalmente el contenido de esta decisión al doctor MARIO ALBERTO SÁNCHEZ GARCÍA, entregándole una copia y advirtiéndole que en su contra no procede recurso alguno, conforme a lo dispuesto en el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO QUINTO: COMUNICAR a la doctora YENNY CAROLINA GUEVARA RIVERA su designación como Director Jurídico Ad Hoc y como representante del Superintendente Financiero en el Comité de Posesiones, para los asuntos mencionados en esta Resolución.

ARTÍCULO SEXTO: COMUNICAR al Secretario del Comité de Posesiones lo decidido por este Despacho en el Artículo Tercero del presente acto administrativo.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. el 28 AGO 2023

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,

CESAR.FERRARI Ph.D... 00007

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www.superfinanciera.gov.co CODO V I D A s i e 1 0 2

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RESOLUCIÓN noméro DE 2023 PÁGINA No. 4

Por medio de la cual se acepta un impedimento y se designa un Director Jurídico Ad Hoc y un representante del Superintendente Financiero en el Comité de Posesiones.

Elaboró:

ROSA AMALIA ORTIZ ROZO

Aprobó:

SEN CAROLINA GUEVARA RIVERA

Trámite: 2023092012

Tipo documental: 80 — Resoluciones

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