🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SFC - Resolución 1331 de 2024

Superintendencia Financiera

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SFC - Resolución 1331 de 2024
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2024

q ES Eupseríntanedoneta E ) E n p e r l a t a r d o C o l o n i a , s h e : o s d i c n c i ó n , 2 0 2 4 0 0 0 6 8 10 2 10 0 0 s f e 72024 03:2 Sec. Dia: 3803 Feparinbra gencia inuactoss e 70 ¿00 ALDAELER BR pre OFICIN ao po Sal ida ránite: 240-AA

APERTURA

O CIE mms NO Re te! “40019

40010-GRUPO

DE NOTIFICA res Lele ado ¿Je5L/0s UL 202 IÓ 20cad, ¡TAS e cANAMA) S.A. ala y Ñ 1 3 3 12 ell Si . rro: - A S c o m . J N N Ú M E R O D E 2 0 2 4 ( 0 4 J U L . 2 0 2 4 Por medio de la cual se autoriza el cierre de la Oficina de Representación en Colombia de ltaú (Panamá) S.A. EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial, el numeral 15 del artículo 11.2,1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2..

del Decreto 2555 de 2010, corresponde al Superintendente Financiero de Colombia autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de organismos financieros, reaseguradores e instituciones del mercado de valores del exterior, así como el cierre de dichas oficinas.

SEGUNDO: Que mediante la Resolución No. 1147 del 16 de octubre de 2001, esta Superintendencia autorizó la apertura de la Oficina de Representación en Colombia a BANCO DE CRÉDITO (PANAMÁ), posteriormente HELM BANK (PANAMÁ) y hoy, ITAÚ

(PANAMÁ) S.A.

TERCERO: Que mediante comunicación radicada con el número 2024000681-000-000, la Señora Natalia Rojas Manjarrés, en su calidad de Representante Legal de la entidad del exterior ITÁU (PANAMÁ) S.A., solicitó autorización para llevar a cabo la clausura de la Oficina de Representación en Colombia bajo el entendido que: “[a]ctualmente, Itaú (Panamá) S.A., mantiene las dos modalidades de representación previstas normativamente para la promoción de sus productos y servicios en Colombia como entidad financiera del exterior, esto es, de una parte, a través de funcionarios autorizados de su matriz ltaú Colombia S.A., y por otra parte, su Oficina de Representación. Con el fin de obtener una mayor sinergia con ltaú Colombia S.A. en la gestión comercial de los productos y servicios complementarios de las dos entidades, tales como comercio exterior y operaciones en moneda extranjera y facilitar la relación con nuestros clientes, se ha tomado la decisión de simplificar el esquema de representación para que tal representación sea llevada a cabo en

adelante Únicamente través de funcionarios autorizados de ltaú Colombia S.A”. - Adicionalmente, en la misma oportunidad la peticionaria aportó extracto del Acta No.161 del 20 de noviembre de 2023 de la Junta Directiva de ITAUÚ (PANAMÁ) S.A., suscrita por Dolly Murcia, en su calidad de secretaria de la reunión, en la que consta la decisión unánime de cerrar la Oficina de Representación de ITAÚ (PANAMÁ) S.A. en Colombia. C U A R T O : Q u e r e s p e c t o a l o s c l i e n t e s v i n c u l a d o s a l a e n t i d a d d e l e x t e r i o r I T A Ú ( S l P . a S N A A e a R . M ñ t o N , s a l o a j o s A e l n r a i ñ i j M a s g a a a u Á l r i ó ) r e n é t s e : [e]ste cierre no afecta, ni afectará los canales de comunicación que actualmente mantiene ltaú (Panamá) S.A. con sus clientes para cualquier tipo de comunicación, solicitud, asesoría o requerimiento. En tal sentido, continuará ofreciéndose a los .

| R a d i c a d o N o , 2 0 2 4 0 0 0 6 8 10 0 00 0 0 " E x t r a c t o d e A c t a 1 6 1 2 01 12 0 2 3 O f i c i n a d e R e p r e s e n t a c i ó n ” .

RESOLUCIÓN NÚMERO 3 3 1 DEY.2024 HOJA No. 2

Por medio de la cual se autoriza el cierre de la Oficina de Representación en Colombia de ITAÚ (PANAMÁ) S.A, clientes toda la asesoría, orientación en el uso de sus plataformas, atención de PQRS, entre otros, a través de los mismos canales de comunicación (...)”.?

QUINTO: Que, en la actualidad, esta Superintendencia no registra ninguna queja en contra de la Oficina de Representación en Colombia de ITAÚ (PANAMÁ) S.A.?

SEXTO: Que, mediante comunicación del 19 de enero del 2024, la Señora Natalia Rojas Manjarrés, informó la fecha en la que se proyectaba realizar la clausura de la Oficina de Representación para Colombia, cumpliendo con el término de 1 mes de anticipación que trata el subnumeral 1.2.4 del Capitulo Il Título Il Parte | de la Circular Básica Jurídica.

SEPTIMO: Que, una vez analizada la documentación allegada a esta Superintendencia,

se encontró que la solicitud se ajusta a los requerimientos exigidos por las disposiciones que rigen la materia, razón por la cual esta Superintendencia estima viable acceder a la solicitud de cierre de la Oficina de Representación en Colombia de ITAU (PANAMA) S.A.

OCTAVO: Que en uso de las facultades previstas en el numeral 2 del artículo 11.2.1.4.39 y en el numeral 3 del artículo 11.2.1.4,32, ambos del Decreto 2555 de 2010, la - Superintendente Delegada para Conglomerados Financieros y el Superintendente Adjunto para Intermediarios Financieros y Seguros propusieron otorgar ta autorización solicitada.

NOVENO: Que, en atención a lo señalado en la Resolución número 2100 del 1 de diciembre de 2023, el Comité Asesor de Autorizaciones del Superintendente Financiero, en sesión celebrada el 24 de junio de 2024, evaluó la documentación asociada al presente trámite administrativo y le aconsejó sobre ta viabilidad de otorgar la autorización solicitada por ITAÚ (PANAMÁ) S.A.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR el cierre de la Oficina de Representación en Colombia de ITAÚ (PANAMÁ) S.A., por las razones previstas en la parte motiva de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR que, por conducto de la Secretaría General de esta Superintendencia, se notifique a la señora

Natalia Rojas Manjarrés, quien ostenta las calidades de Representante Legal de ITAÚ (PANAMÁ) S.A. y de Representante LEGAL

Suplente para Colombia de ITAÚ (PANAMÁ) S.A. el texto de la presente Resolución, entregándole copia de esta advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición que deberá interponerse ante el Superintendente Financiero, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del M i n i s t e r i o d e H a c i e n d a y C r é d i t o P ú b l i c o

, C a p í t u l o S u p e r i n t e n d e n c i a F i n a n c i e r a d e C o l o m b i a . 2 Ibidem. 3 M e m o r a n d o r a d i c a d o N o . 2 0 2 4 0 0 0 6 8 10 1 20 0 0 d e l 5 d e m a r z o d e 2 0 2 4 , e m i t i d o p o r l a D i r e c c i ó n d e C o

n d u c t a s U n o d e l a d C F S e i o u n l p a o e n m r c b i i i n e a t r . e a n d e n c i a

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201<

www.superfinanciera.gov.co (€ Vida sfe ra ¡piarcior: o. 1334.

RESOLUCIÓN NUMERO 3 1 DE 2024 HOJA No. 3

Por medio de la cual se autoriza el cierre de la Oficina de Representación en Colombia de ITAÚ

(PANAMÁ) S.A.

ARTÍCULO CUARTO: REMITIR copia de este acto administrativo al Grupo de Notificaciones y Registro de esta Superintendencia, para los fines pertinentes.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C.alos () 4 días delmesde 4 ¿|| ' de 2024,

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,

>

CÉSAR FERRARI Ph.D.

Notificación: Doctora

Natalia Rojas Manjarrés Representante legal para Colombia Oficina de Representación ITAÚ (PANAMÁ) S.A. E-mail natalia.rojas(GHitau.com.pa 000040

Trámite: 2024000681-000-000

Revisado por: Felipe Noval Acevedo. Superintendente Delegado Adjunto para Intermediarios Financieros doLina Maria Lineros Bedoya. Superintendente Delegada para ceros UNr,a dos Financieros

Angela Cristina Silva Rojas. Coordinadora Grupo de Autorizaciones. Mario Alberto Sánchez Garcia. Director Jurídico Yenny Carolina Guevara Rivera. Presidenta Comité de AC Elaborado por: Daniel Felipe Forero Mora. Asesor Grupo de Autorizaciones. 57 ste Superintendencia SERVICIO Einanciera AL

CIUDADANO

D O C U M E N T O O R I G I N A L R E T I R A A M D A N O O N O M B R E ; a ñ o n s o

FECHA: DStO74q

. D i r e c c i ó n : C a l l e 7 N o , 4 — - 4 9 B o g o t á D . C . , C o l o m b i a

  • 0

5 6 0 9 2 5 0 6 ( 9 2 1 4 0 0 + 4 0 C 1 1 5 0 o < 7 n ) m u t a d o r : w w w . s u p e r f i n a n c i e r a . g o v . c o

Consultar sobre este documento ...