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SFC - Resolución 1332 de 2007 (anexo 5)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 1332 de 2007 (anexo 5)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2007

Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 88

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 13. Inversiones 1331 Derechos de Transferencia de Inversiones Negociables en

Títulos o Valores de Deuda DESCRIPCIÓN Registra las inversiones negociables en títulos o valores de deuda que el enajenante, el originador o el receptor (para éste último, únicamente en el caso de las operaciones de transferencia temporal de valores, realizadas valores contra valores), según sea el caso, han entregado en una operación repo, simultánea o de transferencia temporal de valores Corresponde a las inversiones negociables en títulos o valores de deuda restringidas que resultan de la transferencia de la propiedad de dichos valores a cambio del pago de una suma de dinero, o el recibo de valores como respaldo en la operación TTV valores contra valores, asumiendo en este mismo acto y momento el compromiso de adquirirlos nuevamente de su contraparte o de adquirir de ésta valores de la misma especie y características el mismo día o en una fecha posterior y a un precio o monto predeterminado. La valoración, y el reconocimiento de los riesgos propios de los valores registrados en esta cuenta así como su manejo contable deberá sujetarse a lo previsto en el Capítulo XIX denominado “De las Operaciones del Mercado Monetario y de las Operaciones Relacionadas con el Mercado Monetario” Resolución No. 1332 de 2007 VIGENCIA: Julio de 2007 Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 89

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 13. Inversiones 1331 Derechos de Transferencia

de Inversiones Negociables en Títulos o Valores de Deuda

DINÁMICA

DÉBITOS CREDITOS

1. Por la transferencia de los títulos o valores 1. Por el cumplimiento de las condiciones de la entregados por el enajenante en el momento operación, restableciendo la disponibilidad del recaudo de fondos en la operación repo del título correspondiente. o simultánea.

2. Por el valor de los títulos o valores 2. Por la disminución en el valor de mercado del entregados por el originador o el receptor, respectivo valor o título. según sea el caso, en la transferencia temporal de valores.

3. Por el incremento en el valor de mercado del respectivo valor o título.

Resolución No. 1332 de 2007 VIGENCIA: Julio de 2007 Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 90

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 13. Inversiones 1332 Derechos de Transferencia de Inversiones Negociables en Títulos o Valores

Participativos DESCRIPCIÓN Registra las inversiones negociables en títulos o valores participativos que el enajenante, el originador o el receptor (para éste último, únicamente en el caso de las operaciones de transferencia temporal de valores, realizadas valores contra valores), según sea el caso, han entregado en una operación repo, simultánea o de transferencia temporal de valores Corresponde a las inversiones negociables en títulos o valores participativos restringidas que resultan de la transferencia de la propiedad de dichos valores a cambio del pago de una suma de dinero, o el recibo de valores como respaldo en la operación TTV valores contra valores,

asumiendo en este mismo acto y momento el compromiso de adquirirlos nuevamente de su contraparte o de adquirir de ésta valores de la misma especie y características el mismo día o en una fecha posterior y a un precio o monto predeterminado. La valoración, y el reconocimiento de los riesgos propios de los valores registrados en esta cuenta así como su manejo contable deberá sujetarse a lo previsto en el Capítulo XIX denominado “De las Operaciones del Mercado Monetario y de las Operaciones Relacionadas con el Mercado Monetario” Resolución No. 1332 de 2007 VIGENCIA: Julio de 2007 Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 91

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 13. Inversiones 1332 Derechos de Transferencia de Inversiones Negociables en Títulos o Valores

Participativos

DINAMICA

DEBITOS CREDITOS

1. Por la transferencia de los títulos o valores 1 Por el cumplimiento de las condiciones entregados por el enajenante en el momento de la operación, restableciendo la del recaudo de fondos en la operación repo disponibilidad del título correspondiente. o simultánea.

2. Por el valor de los títulos o valores 2 Por la disminución en el valor de mercado entregados por el originador o el receptor, del respectivo valor o título. según sea el caso, en la transferencia temporal de valores.

3. Por el incremento en el valor de mercado del respectivo valor o título.

Resolución No. 1332 de 2007 VIGENCIA: Julio de 2007 Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 92

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 13. Inversiones 1333 Derechos de Transferencia de Inversiones para Mantener Hasta el Vencimiento en

Títulos o Valores de Deuda DESCRIPCIÓN Registra las inversiones para mantener hasta el vencimiento en títulos o valores de deuda que el enajenante, el originador o el receptor (para éste último, únicamente en el caso de las operaciones de transferencia temporal de valores, realizadas valores contra valores), según sea el caso, han entregado en una operación repo, simultánea o de transferencia temporal de valores Corresponde a las inversiones para mantener hasta el vencimiento en títulos o valores de deuda restringidas que resultan de la transferencia de la propiedad de dichos valores a cambio del pago de una suma de dinero, o el recibo de valores como respaldo en la operación TTV valores contra valores, asumiendo en este mismo acto y momento el compromiso de adquirirlos nuevamente de su contraparte o de adquirir de ésta valores de la misma especie y características el mismo día o en una fecha posterior y a un precio o monto predeterminado. La valoración, y el reconocimiento de los riesgos propios de los valores registrados en esta cuenta así como su manejo contable deberá sujetarse a lo previsto en el Capítulo XIX denominado “De las Operaciones del Mercado Monetario y de las Operaciones Relacionadas con el Mercado Monetario” Resolución No. 1332 de 2007 VIGENCIA: Julio de 2007 Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 93

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 13. Inversiones 1333 Derechos de Transferencia de Inversiones para Mantener

Hasta el Vencimiento DINÁMICA DÉBITOS CRÉDITOS 1 Por la transferencia de los títulos o valores 1 Por el cumplimiento de las condiciones de entregados por el enajenante en el momento la operación, restableciendo la del recaudo de fondos en la operación repo disponibilidad del título correspondiente. o simultánea. 2 Por el valor de los títulos o valores 2 Por la disminución en el valor de mercado entregados por el originador o el receptor, del respectivo valor o título. según sea el caso, en la transferencia temporal de valores. 3 Por el incremento en el valor de mercado del respectivo valor o título. Resolución No. 1332 de 2007 VIGENCIA: Julio de 2007 Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 94

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 13. Inversiones 1336 Derechos de Transferencia de Inversiones Disponibles para la Venta en Títulos o Valores de Deuda DESCRIPCIÓN Registra las inversiones disponibles para la venta en títulos o valores de deuda que el enajenante, el originador o el receptor (para éste último, únicamente en el caso de las operaciones de transferencia temporal de valores, realizadas valores contra valores), según sea el caso, han entregado en una operación repo, simultánea o de transferencia temporal de valores Corresponde a las inversiones disponibles para la venta en títulos o valores de deuda restringidas que resultan de la transferencia de la propiedad de dichos valores a cambio del pago de una suma

de dinero, o el recibo de valores como respaldo en la operación TTV valores contra valores, asumiendo en este mismo acto y momento el compromiso de adquirirlos nuevamente de su contraparte o de adquirir de ésta valores de la misma especie y características el mismo día o en una fecha posterior y a un precio o monto predeterminado. La valoración, y el reconocimiento de los riesgos propios de los valores registrados en esta cuenta así como su manejo contable deberá sujetarse a lo previsto en el Capítulo XIX denominado “De las Operaciones del Mercado Monetario y de las Operaciones Relacionadas con el Mercado Monetario” Resolución No. 1332 de 2007 VIGENCIA: Julio de 2007 Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 95

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 13. Inversiones 1336 Derechos de Transferencia de Inversiones Disponibles para la venta en Títulos o Valores de Deuda

DINAMICA DEBITOS CREDITOS 1 Por la transferencia de los títulos o valores 1 Por el cumplimiento de las condiciones entregados por el enajenante en el de la operación, restableciendo la momento del recaudo de fondos en la disponibilidad del título correspondiente. operación repo o simultánea. 2 Por el valor de los títulos o valores 2 Por la disminución en el valor de mercado entregados por el originador o el receptor, del respectivo valor o título. según sea el caso, en la transferencia temporal de valores. 3 Por el incremento en el valor de mercado del respectivo valor o título. Resolución No. 1332 de 2007 VIGENCIA: Julio de 2007

Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 96

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 13. Inversiones 1337 Derechos de Transferencia de Inversiones Disponibles para la Venta en Títulos o Valores

Participativos DESCRIPCIÓN Registra las inversiones disponibles para la venta en títulos o valores participativos que el enajenante, el originador o el receptor (para éste último, únicamente en el caso de las operaciones de transferencia temporal de valores, realizadas valores contra valores), según sea el caso, han entregado en una operación repo, simultánea o de transferencia temporal de valores Corresponde a las inversiones disponibles para la venta en títulos o valores participativos restringidas que resultan de la transferencia de la propiedad de dichos valores a cambio del pago de una suma de dinero, o el recibo de valores como respaldo en la operación TTV valores contra valores, asumiendo en este mismo acto y momento el compromiso de adquirirlos nuevamente de su contraparte o de adquirir de ésta valores de la misma especie y características el mismo día o en una fecha posterior y a un precio o monto predeterminado. La valoración, y el reconocimiento de los riesgos propios de los valores registrados en esta cuenta así como su manejo contable deberá sujetarse a lo previsto en el Capítulo XIX denominado “De las Operaciones del Mercado Monetario y de las Operaciones Relacionadas con el Mercado Monetario” Resolución No. 1332 de 2007 VIGENCIA: Julio de 2007 Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 97 a98

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 13. Inversiones 1337 Derechos de Transferencia de Inversiones Disponibles para la Venta en Títulos o Valores

Participativos DINÁMICA DÉBITOS CRÉDITOS 1 Por la transferencia de los títulos o 1. Por el cumplimiento de las condiciones de la valores entregados por el enajenante en operación, restableciendo la disponibilidad el momento del recaudo de fondos en la del título correspondiente. operación repo o simultánea. 2 Por el valor de los títulos o valores 2. Tratándose de títulos de alta o media entregados por el originador o el receptor, bursatilidad, por la disminución en su valor según sea el caso, en la transferencia de mercado, con cargo a la subcuenta temporal de valores. 341310.

3. Tratándose de títulos de alta o media 3 Tratándose de títulos o valores de alta o bursatilidad, por el valor recaudado de los media bursatilidad, por el incremento en dividendos o utilidades decretados en su valor de mercado, con abono a la efectivo. subcuenta 341310. 4 Tratándose de títulos o valores de baja o mínima bursatilidad o sin cotización en bolsa, por los títulos recibidos de los dividendos y participaciones decretados en especie, en un monto no superior a los resultados del ejercicio y revalorización del patrimonio del emisor contabilizados por el inversionista como superávit por valorización durante el período al cual corresponden las utilidades y revalorización del patrimonio distribuidas, con abono a la cuenta 1620.

Resolución No. 1332 de 2007 VIGENCIA: Julio de 2007

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