SFC - Resolución 1414 de 2016
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1414 de 2016
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2016
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA 1111111111 111111 111111111111111111111111111111111 8,_ I!' Fl 1l 'lj I~ l" ~, !" :! >l! If f' nO ~'\t.\.I Ra d teee!'6 n 2015112228-039-000 '~.!;.-,~,.,.. ... ., reen ::/:. 201608.51 AM SeC, Ola 71 Trámite' 2.:.5-AA PERMIS:' DE: fUN. : jN,;M:PlT AneJ:'.os: Si Sal ¡da TipQ Dcc: ·j-RESPUESTA ~!~;AL E FollOS: 3 . t Aplica A: I"~"~ _~I'., _C'.' Enc!1-d~na.d~· hO Re::ti teflte' 52CJO DIRE __ .• ,1 DE, ~K\...l~Er._-,R Sol ICltud· D Cae rs rt ~'n .a :A'- t·.o):: 11 C27 a2 j5 a0 : lE~ ~ ; :i 5'J ' ~IBE'~: -E:'E!i'l Telé 2f 2o /n 1o 1: / 205 19 54 0200
NÚ~ERO 14 J ~
RESOLUCiÓN DE 2016
Por medio de la cual se otorga un certificado de autorización de funcionamiento EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las que le confiere el numeral 7 del artículo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (en adelante EOSf) , así como el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, Y
CONSIDERANDO PRIMERO.- Que mediante Resolución número 0261 del 9 de marzo de 2015, modificada parcialmente por la Resolución 0445 del 15 de abril de 2015, esta Superintendencia autorizó la constitución de la entidad Visa Colombia Support Services SA Entidad Administradora de Sistemas de Pago de Bajo Valor. SEGUNDO.- Que a efectos de obtener el certificado de autorización de funcionamiento, Visa Colombia Support Services SA, remitió la solicitud correspondiente a través de comunicación radicada el 30 de octubre de 2015 con el número 2015112228-000-000. Dentro de expediente radicado con el número 2015129576 y mediante comunicación número 2013054369, allegó y complementó la documentación relacionada con (i) Los documentos en los cuales consta la constitución regular de Visa Colombia Support Services S.A. y su correspondiente inscripción en el Registro Mercantil, (ii) Las certificaciones expedidas por el Representante Legal Principal y el Revisor Fiscal de Visa Colombia Support Services SA en las cuales se indica expresamente que el capital suscrito de la sociedad fue pagado en su totalidad y (iii) La documentación dirigida a acreditar la existencia de la infraestructura técnica y operativa necesaria para el funcionamiento regular de la entidad. TERCERO.- Que a efectos de acreditar la existencia de la infraestructura tecnológica y operativa necesaria para el funcionamiento regular de la entidad, esta Superintendencia a lo largo de presente trámite administrativo y a través de una actividad adelantada en las instalaciones de la entidad los días 29 y 30 de agosto de 2016 evaluó, entre otros aspectos, los siguientes: La planta física y de personal dispuesta por la entidad, su
plataforma tecnológica, sus planes de contingencia y continuidad del negocio, sus planes de trabajo relativos a la implementación de los requerimientos de seguridad y calidad previstos para la realización de las operaciones propias de su objeto social, la adopción del cronograma de implementación de SARO, la estructura organizacional, su plan estratégico institucional y de tecnología, los productos ofrecidos a sus clientes, el Sistema de Control Interno, Auditoria Interna y SARO, el funcionamiento de los componentes tecnológicos que permiten el procesamiento, la transmisión la compensación y/o liquidación de órdenes de transferencia y recaudo y el plan de conservación y custodia de la información. 1414 3 RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2016 Página 2 de 3 Por medio de la cual se otorga un certificado de aútorización de funcionamiento CUARTO.- Que en consideración a los resultados de la actividad adelantada en Visa Colombia Support Services SA y al contenido de la documentación allegada al expediente, y con el objeto de confirmar el cumplimiento de los presupuestos requeridos para otorgar el respectivo certificado de funcionamiento, esta Superintendencia formuló a la citada sociedad una serie de requerimientos, los cuales fueron atendidos por la entidad de manera satisfactoria a través de comunicaciones que constan en el expediente. QUINTO.- Que en cumplimiento a lo previsto en el inciso segundo del literal n) del artículo 2.17.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010, Visa Colombia Support Services SA mediante la comunicación radicada con el número 2015129576-011-000 del 29 de julio de 2016 allegó al expediente copia de los acuerdos de vinculación debidamente suscritos con tres (3)
entidades financieras que actuarán como participantes en el sistema de pago de bajo valor administrado. SEXTO.- Que aportada la totalidad de la información y atendidos los requerimientos efectuados por esta Superintendencia, y con fundamento en la documentación y los soportes remitidos por el solicitante a lo largo de la presente actuación administrativa, las distintas dependencias al interior de esta Agencia Estatal manifestaron en el expediente que desde el ámbito de su competencia, no encuentran objeción respecto de la viabilidad de otorgar el certificado de autorización de funcionamiento a la sociedad Visa Colombia Support Services SA SÉPTIMO.-Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 53 del EOSF, en concordancia con el artículo 2.17.1.1.3 del Decreto 2555 de 2010 y con el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del mismo cuerpo normativo, corresponde al Superintendente Financiero expedir el certificado de autorización de funcionamiento respecto a las entidades autorizadas para administrar sistemas de pago de bajo valor. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTíCULO PRIMERO.- OTORGAR el certificado de autorización de funcionamiento a la sociedad Visa Colombia Support Services SA Sociedad Administradora de Sistemas de Pago de Bajo Valor, en los términos previstos en el marco legal que regula las actividades de este tipo de entidades. PARÁGRAFO.- Sin perjuicio de la autorización que se otorga a través del presente acto administrativo, es preciso advertir que el inicio de las operaciones de Visa Colombia Support Services S.A. como entidad autorizada para administrar sistemas de pago de bajo valor, se encuentra condicionado a que se obtenga la posesión ante esta
Superintendencia de su Representante Legal, miembros de Junta Directiva, y demás funcionarios que, de conformidad con la normatividad aplicable, deban surtir dicho trámite previo al ejercicio de sus cargos. ARTíCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente resolución al representante legal de Visa Colombia Support Services SA Sociedad Administradora de Sistemas de Pago de Bajo Valor, acto en el cual deberá entregársele copia de la misma y advertírsele que contra ella procede el recurso de reposición ante el Superintendente Financiero, dentro de los diez (10) dias hábiles contados a partir del día siguiente de su correspondiente notificación. 1 ~ J <; RESOLUCiÓN NÚñtiERo DE 2016 Página 3 de 3 Por medio de la cual se otorga Uf) cer1J/lcado de autorización de funcionamiento ARTíCULO TERCERO.- ORDENAR la pUblicación de la presente Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia.
NOTIFíQUESE, PUBLíQUESE y CÚMPLASE rt 5 NOV 201t
Dada en Bogotá D.C.,
El SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA
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