SFC - Resolución 1420 de 2008 (anexo 47)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1420 de 2008 (anexo 47)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2008
Superintendencia Financiera de Colombia
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 1
CLASE GRUPO CUENTA
6. CUENTAS 62 Acreedoras 6245 Obligaciones en OpcionesCONTINGENTES De Especulación DESCRIPCIÓN Bajo este código se registrarán las obligaciones derivadas de los contratos celebrados por la Entidad, en la emisión o venta de opciones de especulación, definidos en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y
Financiera. El registro corresponde al monto nominal pactado, fijo, que tendrían que liquidar las partes si se llegaran a ejercer las opciones (evaluado por el precio o la tasa de ejercicio acordada por los contratantes, aplicable en el momento del registro).
DINAMICA
CREDITOS DEBITOS
1. Por el valor acordado de la obligación derivado de 1. Por la cancelación, liquidación o venta del los contratos de opciones emitidas o vendidas, con contrato. cargo a la cuenta 6105 -Acreedores Contingentes por
Contra (DB).
RESOLUCIÓN 1420 DE 2008 VIGENCIA: JULIO DE 2009
Superintendencia Financiera de Colombia
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 2
CLASE GRUPO CUENTA
6. CUENTAS 62 Acreedoras 6250 Obligaciones en OpcionesCONTINGENTES De cobertura DESCRIPCIÓN Bajo este código se registrarán las obligaciones derivadas de los contratos celebrados por la Entidad, en la emisión o venta de opciones con propósitos de cobertura, definidos en el capítulo XVIII de la Circular Básica
Contable y Financiera. El registro corresponde al monto nominal pactado, fijo, que tendrían que liquidar las partes si se llegaran a ejercer las opciones (evaluado por el precio o la tasa de ejercicio acordada por los contratantes, aplicable en el momento del registro).
DINAMICA
CREDITOS DEBITOS
1. Por el valor acordado de la obligación derivado de 1. Por la cancelación, liquidación o venta del contrato. los contratos de opciónes emitidas o vendidas con propósitos de cobertura, con cargo a la cuenta 6105 – Acreedores contingentes por contra (DB)
RESOLUCIÓN 1420 DE 2008 VIGENCIA: JULIO DE 2009
Superintendencia Financiera de Colombia
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 3
CLASE GRUPO CUENTA
6. CUENTAS 64 Deudoras 6445 Derechos en OpcionesCONTINGENTES De Especulación DESCRIPCIÓN Bajo este código se registrarán los derechos derivados de los contratos celebrados por la Entidad, en la compra de opciones con propósitos de especulación, definidos en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y
Financiera. El registro corresponde al monto nominal pactado, fijo, que tendrían que liquidar las partes si se llegaran a ejercer las opciones (evaluado por el precio o la tasa de ejercicio acordada por los contratantes, aplicable en el momento del registro).
DINAMICA
DEBITOS CREDITOS
1. Por el valor acordado del derecho derivado de los 1. Por la cancelación, liquidación o venta del contrato. contratos, en opciones compradas con abono a la cuenta 6305 -Deudoras Contingentes por Contra
(CR)-.
RESOLUCIÓN 1420 DE 2008 VIGENCIA: JULIO DE 2009
Superintendencia Financiera de Colombia
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 4
CLASE GRUPO CUENTA
6. CUENTAS 64 Deudoras 6450 Derechos en OpcionesCONTINGENTES De cobertura DESCRIPCIÓN Bajo este código se registrarán los derechos derivados de los contratos celebrados por la Entidad, en la compra de opciones con propósitos de cobertura, definidos en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y
Financiera. El registro corresponde al monto nominal pactado, fijo, que tendrían que liquidar las partes si se llegaran a ejercer las opciones (evaluado por el precio o la tasa de ejercicio acordada por los contratantes, aplicable en el momento del registro).
DINAMICA
DEBITOS CREDITOS
1. Por el valor acordado del derecho derivado de los 1. Por la cancelación, liquidación o venta del contratos de opciones compradas, con abono a la contrato. cuenta 6305 – deudoras Contingentes por contra
(CR).