SFC - Resolución 1420 de 2008 (anexo 54)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1420 de 2008 (anexo 54)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2008
Superintendencia Financiera de Colombia
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 0497 DE 2003
Hoja No. 1
CLASE GRUPO CUENTA
1. ACTIVO 12 Inversiones, operaciones 1224 Contratos de Futuros de
Con Instrumentos Especulación Financieros Derivados y Posiciones activas en Operaciones de mercado Monetario y relacionadas DESCRIPCIÓN Registra los contratos de futuros realizados por la entidad con propósitos de especulación, de acuerdo con las instrucciones establecidas en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Un futuro es un contrato estandarizado en cuanto a su fecha de cumplimiento, su tamaño o valor nominal, las características del respectivo subyacente, el lugar y la forma de entrega (en especie o en efectivo). Éste se negocia en una bolsa con cámara de riesgo central de contraparte, en virtud del cual dos (2) partes se obligan a comprar/vender un subyacente en una fecha futura (fecha de vencimiento) a un precio establecido en el momento de la celebración del contrato. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera.
DINAMICA
DEBITOS CREDITOS
1. Por el valor del derecho a precios de mercado 1. Por el valor de la obligación a precios de mercado (122405 a la 122420). (122425 a la 122440).
2. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado 2. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado del derecho y la obligación, según el caso, con de la obligación y el derecho, según el caso, con
abono a las subcuentas correspondientes de la cargo a las subcuentas correspondientes a la cuenta cuenta 4129. 4129.
3. Por el valor actualizado de la obligación para 3. Por el valor actualizado del derecho para trasladar al trasladar al grupo 22, cuando este sea mayor al grupo 22. valor actualizado del derecho.
4. Por la cancelación del contrato.
4. Por la cancelación del contrato.
RESOLUCIÓN 1420 DE 2008 VIGENCIA: JULIO DE 2009
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Hoja No. 2
CLASE GRUPO CUENTA
1. ACTIVO 12 Inversiones, operaciones 1266 Swaps de Especulación Con instrumentos Financieros Derivados Posiciones activas en Operaciones de mercado Monetario y relacionadas DESCRIPCIÓN Registra los contratos swaps celebrados por la entidad con propósitos de especulación, de acuerdo con las instrucciones establecidas en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera.
Un ‘swap’ es un contrato entre dos (2) partes, mediante el cual se establece la obligación bilateral de intercambiar una serie de flujos por un período de tiempo determinado, en fechas preestablecidas. Se consideran ‘swaps’ básicos los denominados ‘swaps’ de tasas de interés “Interest Rate Swap (IRS)”, los ‘swaps’ de monedas “Cross Currency Swap” (CCS) o una combinación de estos dos (2) tipos. Respecto de lo anterior, es necesario precisar que no constituyen instrumentos financieros derivados las permutas o intercambios de títulos u otros activos. Por ejemplo, el tipo particular de operaciones swaps a las que se refiere
el numeral 3.15.1. del Capítulo XV de la Circular Única de la Bolsa de Valores de Colombia y demás disposiciones de cualquier orden en el mismo sentido, donde las partes se proponen cambiar riesgos de emisor y/o liquidez mediante el intercambio de flujos futuros de títulos valores o valores. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera.
DINAMICA
DEBITOS CREDITOS
1. Por el valor del derecho a precios de mercado 1. Por el valor de la obligación a precios de mercado (126605 a la 126615). (126620 a la 126630).
2. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado 2. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado del derecho y la obligación, según el caso, con de la obligación y el derecho, según el caso, con abono a las subcuentas correspondientes de la cargo a las subcuentas correspondientes a la cuenta cuenta 4129. 4129.
3. Por el valor actualizado de la obligación para 3. Por el valor actualizado del derecho para trasladar al
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Hoja No. 3 trasladar al grupo 22, cuando este sea mayor al grupo 22. valor actualizado del derecho.
4. Por la cancelación del contrato.
4. Por la cancelación del contrato.
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Hoja No. 4
CLASE GRUPO CUENTA
1. ACTIVO 12 Inversiones, operaciones 1267 Contratos Forward de
Con instrumentos Especulación Financieros Derivados y Posiciones activas en Operaciones de mercado Monetario y relacionadas DESCRIPCIÓN Registra los contratos Forward celebrados por la entidad con propósitos de especulación, de acuerdo con los parámetros indicados en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Un ‘forward’ es un derivado formalizado mediante un contrato entre dos (2) partes, hecho a la medida de sus necesidades, para comprar/vender una cantidad específica de un determinado subyacente en una fecha futura, fijando en la fecha de celebración las condiciones básicas del instrumento financiero derivado, entre ellas, principalmente el precio, la fecha de entrega del subyacente y la modalidad de entrega. La liquidación del instrumento en la fecha de cumplimiento puede producirse por entrega física del subyacente o por liquidación de diferencias, dependiendo del subyacente y de la modalidad de entrega pactada, pudiendo esta última ser modificada de común acuerdo por las partes durante el plazo del instrumento. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera.
DINAMICA
DEBITOS CREDITOS
1. Por el valor determinado del derecho (126705 a la 1. Por el valor determinado de la obligación (126725 a 126720). la 126740).
2. Por el valor del ajuste en la valoración del derecho 2. Por el valor del ajuste en la valoración de la
y la obligación de acuerdo a los parámetros obligación y el derecho de acuerdo a los parámetros establecidos, según el caso, con abono a las establecidos, según el caso, con cargo a las subcuentas correspondientes de la cuenta 4129. subcuentas correspondientes a la cuenta 4129.
3. Por el valor actualizado de la obligación para 3. Por el valor actualizado del derecho para trasladar al trasladar al grupo 22, cuando este sea mayor al grupo 22. valor actualizado del derecho
4. Por la cancelación del contrato.
4. Por la cancelación del contrato.
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Hoja No. 5
CLASE GRUPO CUENTA
1. ACTIVO 12 Inversiones, operaciones 1279 Contratos de Futuros Con instrumentos de Cobertura Financieros Derivados y Posiciones activas en Operaciones de mercado Monetario y relacionadas DESCRIPCIÓN Registra los contratos de Futuros celebrados por la entidad con propósitos de cobertura, de acuerdo con los parámetros indicados en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera.
Un futuro es un contrato estandarizado en cuanto a su fecha de cumplimiento, su tamaño o valor nominal, las características del respectivo subyacente, el lugar y la forma de entrega (en especie o en efectivo). Éste se negocia en una bolsa con cámara de riesgo central de contraparte, en virtud del cual dos (2) partes se obligan a comprar/vender un subyacente en una fecha futura (fecha de vencimiento) a un precio establecido en el
momento de la celebración del contrato. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. DINAMICA DEBITOS CREDITOS 1.Por el valor determinado del derecho (127905 a la 1. Por el valor determinado de la obligación (127925 127920). a la 127940).
2. Por el valor del ajuste en la valoración del 2. Por el valor del ajuste en la valoración del derecho y la obligación de acuerdo a los parámetros derecho y la obligación de acuerdo a los parámetros establecidos, según el caso. establecidos, según el caso.
3. Para los derivados de cobertura de flujos de efectivo, 3. Para los derivados de cobertura de flujos de efectivo, por el incremento en el valor justo de intercambio de la por el incremento en el valor justo de intercambio de la operación con derivados, cuando dicha cobertura se operación con derivados, cuando dicha cobertura se considera efectiva con abono a las subcuentas considera efectiva con cargo a las subcuentas correspondientes de la cuenta 3414. correspondientes de la cuenta 3414.
4. Para los derivados de cobertura de activos o pasivos 4. Para los derivados de cobertura de activos o pasivos en moneda extranjera, por el incremento en el valor en moneda extranjera, por el incremento en el valor justo de intercambio de la operación con derivados. justo de intercambio de la operación con derivados.
Con abono a la subcuentas correspondientes de la Con abono a la subcuentas correspondientes de la
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Hoja No. 6 cuenta 3414 respecto del exceso o defecto del monto cuenta 3414 respecto del exceso o defecto del monto acumulado de la posición primaria frente a la del acumulado de la posición primaria frente a la del derivado y la diferencia restante se contabiliza en el derivado y la diferencia restante se contabiliza en el estado de resultados. estado de resultados.
5. Por el valor actualizado de la obligación para 5. Por el valor actualizado del derecho para trasladar al grupo 22, cuando este sea mayor al valor trasladar al grupo 22. actualizado del derecho.
6. Por la cancelación del contrato. 6. Por la cancelación del contrato.
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Hoja No. 7
CLASE GRUPO CUENTA
1. ACTIVO 12 Inversiones, operaciones 1281 Swaps de Cobertura
Con Instrumentos Financieros Derivados y Posiciones activas en Operaciones de mercado Monetario y relacionadas DESCRIPCIÓN Registra los contratos swaps celebrados por la entidad con propósitos de cobertura, de acuerdo con las instrucciones establecidas en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Un ‘swap’ es un contrato entre dos (2) partes, mediante el cual se establece la obligación bilateral de intercambiar una serie de flujos por un período de tiempo determinado, en fechas preestablecidas. Se consideran ‘swaps’ básicos los denominados ‘swaps’ de tasas de interés “Interest Rate Swap (IRS)”, los
‘swaps’ de monedas “Cross Currency Swap” (CCS) o una combinación de estos dos (2) tipos. Respecto de lo anterior, es necesario precisar que no constituyen instrumentos financieros derivados las permutas o intercambios de títulos u otros activos. Por ejemplo, el tipo particular de operaciones swaps a las que se refiere el numeral 3.15.1. del Capítulo XV de la Circular Única de la Bolsa de Valores de Colombia y demás disposiciones de cualquier orden en el mismo sentido, donde las partes se proponen cambiar riesgos de emisor y/o liquidez mediante el intercambio de flujos futuros de títulos valores o valores. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera.
DINAMICA
DEBITOS CREDITOS
1. Por el valor del derecho a precios de mercado 1. Por el valor de la obligación a precios de mercado (128105 a la 128115). (128120 a la 128130).
2. Por el valor del ajuste en la valoración del 2. Por el valor del ajuste en la valoración del derecho y la obligación de acuerdo a los parámetros derecho y la obligación de acuerdo a los parámetros establecidos, según el caso. establecidos, según el caso.
3. Para los derivados de cobertura de flujos de efectivo, 3. Para los derivados de cobertura de flujos de efectivo, por el incremento en el valor justo de intercambio de la por el incremento en el valor justo de intercambio de la operación con derivados, cuando dicha cobertura se operación con derivados, cuando dicha cobertura se
considera efectiva con abono a las subcuentas considera efectiva con cargo a las subcuentas
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Hoja No. 8 correspondientes de la cuenta 3414. correspondientes de la cuenta 3414.
4. Para los derivados de cobertura de activos o pasivos 4. Para los derivados de cobertura de activos o pasivos en moneda extranjera, por el incremento en el valor en moneda extranjera, por el incremento en el valor justo de intercambio de la operación con derivados. justo de intercambio de la operación con derivados.
Con abono a la subcuentas correspondientes de la Con abono a la subcuentas correspondientes de la cuenta 3414 respecto del exceso o defecto del monto cuenta 3414 respecto del exceso o defecto del monto acumulado de la posición primaria frente a la del acumulado de la posición primaria frente a la del derivado y la diferencia restante se contabiliza en el derivado y la diferencia restante se contabiliza en el estado de resultados. estado de resultados.
5. Por el valor actualizado de la obligación para 5. Por el valor actualizado del derecho para trasladar al trasladar al grupo 22, cuando este sea mayor al valor grupo 22. actualizado del derecho.
6. Por la cancelación del contrato.
6. Por la cancelación del contrato.
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Hoja No. 9
CLASE GRUPO CUENTA
1. ACTIVO 12 Inversiones, operaciones 1283 Opciones de Especulación Con instrumentos Financieros Derivados y Posiciones activas en Operaciones de mercado Monetario y relacionadas DESCRIPCIÓN Solamente para efectos de reconocer los resultados de las primas recibidas de operaciones realizadas con opciones con propósitos de especulación se afectará el presente código teniendo en cuenta las instrucciones contempladas en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Los contratos que respaldan las opciones se registrarán en el código 6 Cuentas Contingentes, por ser esta su naturaleza.
Las opciones son contratos mediante los cuales se establece para el adquirente de la opción el derecho, más no la obligación, de comprar o vender el subyacente, según se trate de una opción call o de una opción put, respectivamente, a un precio determinado, denominado precio de ejercicio, en una fecha futura previamente establecida, la cual corresponde al día de vencimiento. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. DINAMICA DEBITOS CREDITOS 1. 1. Por el ajuste en la valoración a precios de 1. 1. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado del valor de la prima de la opción, con mercado de la prima de la opción, con cargo a las abono a las subcuentas correspondientes de la subcuentas correspondientes a la cuenta 4129. cuenta 4129.
2. Por la cancelación del contrato.
2. Por la cancelación del contrato.
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Hoja No. 10
CLASE GRUPO CUENTA
1. ACTIVO 12 Inversiones, operaciones 1286 Opciones de cobertura Con instrumentos Financieros Derivados y Posiciones activas en Operaciones de mercado Monetario y relacionadas DESCRIPCIÓN Solamente para efectos de reconocer los resultados de las primas pagadas de las operaciones realizadas con opciones con propósitos de cobertura de una posición se afectará el presente código teniendo en cuenta las instrucciones contempladas en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Los contratos que respaldan las opciones se registrarán en el código 6 Cuentas Contingentes, por ser esta su naturaleza.
Las opciones son contratos mediante los cuales se establece para el adquirente de la opción el derecho, más no la obligación, de comprar o vender el subyacente, según se trate de una opción call o de una opción put, respectivamente, a un precio determinado, denominado precio de ejercicio, en una fecha futura previamente establecida, la cual corresponde al día de vencimiento. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera.
DINAMICA
DEBITOS CREDITOS
1. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado 1. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado del valor de la prima de la opción, con abono a las de la prima de la opción, con cargo a las subcuentas subcuentas correspondientes de la cuenta 4139. correspondientes a la cuenta 4139.
2.Por la cancelación del contrato. 2. Por la cancelación del contrato.
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Hoja No. 11
CLASE GRUPO CUENTA
1. ACTIVO 12 Inversiones, operaciones 1287 Contratos Forward de
Con Instrumentos Cobertura Financieros Derivados y Posiciones activas en Operaciones de mercado Monetario y relacionadas DESCRIPCIÓN Registra los contratos Forward celebrados por la entidad con propósitos de cobertura, de acuerdo con los parámetros indicados en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Un ‘forward’ es un derivado formalizado mediante un contrato entre dos (2) partes, hecho a la medida de sus necesidades, para comprar/vender una cantidad específica de un determinado subyacente en una fecha futura, fijando en la fecha de celebración las condiciones básicas del instrumento financiero derivado, entre ellas, principalmente el precio, la fecha de entrega del subyacente y la modalidad de entrega. La liquidación del instrumento en la fecha de cumplimiento puede producirse por entrega física del subyacente o por liquidación de diferencias, dependiendo del subyacente y de la modalidad de entrega pactada, pudiendo esta última ser modificada de común acuerdo por las partes durante el plazo del instrumento. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera.
DINAMICA
DEBITOS CREDITOS
1. Por el valor determinado del derecho (128705 1. Por el valor determinado de la obligación a la 128720). (128725 a la 128740).
2. Por el valor del ajuste en la valoración del 2. Por el valor del ajuste en la valoración del derecho y la obligación de acuerdo a los parámetros derecho y la obligación de acuerdo a los parámetros establecidos, según el caso. establecidos, según el caso.
3. Para los derivados de cobertura de flujos de efectivo, 3. Para los derivados de cobertura de flujos de efectivo, por el incremento en el valor justo de intercambio de la por el incremento en el valor justo de intercambio de la operación con derivados, cuando dicha cobertura se operación con derivados, cuando dicha cobertura se considera efectiva con abono a las subcuentas considera efectiva con cargo a las subcuentas correspondientes de la cuenta 3414. correspondientes de la cuenta 3414.
4. Para los derivados de cobertura de activos o pasivos 4. Para los derivados de cobertura de activos o pasivos
RESOLUCIÓN 1420 DE 2008 VIGENCIA: JULIO DE 2009
Superintendencia Financiera de Colombia
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 0497 DE 2003
Hoja No. 12 en moneda extranjera, por el incremento en el valor en moneda extranjera, por el incremento en el valor justo de intercambio de la operación con derivados. justo de intercambio de la operación con derivados. Con abono a la subcuentas correspondientes de la Con abono a la subcuentas correspondientes de la cuenta 3414 respecto del exceso o defecto del monto cuenta 3414 respecto del exceso o defecto del monto
acumulado de la posición primaria frente a la del acumulado de la posición primaria frente a la del derivado y la diferencia restante se contabiliza en el derivado y la diferencia restante se contabiliza en el estado de resultados. estado de resultados.