SFC - Resolución 1421 de 2011
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1421 de 2011
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2011
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 1421 DE 2011 ( Agosto 24 ) Por la cual se revoca la autorización concedida a SEGUROS DE VIDA DEL ESTADO S.A. para operar el ramo de Seguro de Enfermedades de Alto Costo. LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA ASEGURADORAS E INTERMEDIARIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS En ejercicio de las facultades legales que le confiere el numeral 5 del artículo 11.2.1.4.40 del Decreto 2555 de 2010 y en concordancia con el literal e) del artículo 189 y el literal d), numeral 2 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y CONSIDERANDO PRIMERO: Que mediante la Resolución 46 del 22 de enero de 2003, esta Superintendencia autorizó a SEGUROS DE VIDA DEL ESTADO S.A. para operar el ramo de Seguro de Enfermedades de Alto Costo.
SEGUNDO: Que según información que reposa en esta Superintendencia se pudo constatar que SEGUROS DE VIDA DEL ESTADO S.A., no ha reportado producción en dicho ramo desde el año 2008.
En efecto, verificada la información transmitida por la entidad en los estados financieros y particularmente en el formato 290 –Resultado Técnico y Estadísticocon corte al 31 de diciembre de los años 2008, 2009, 2010 y 30 de junio de 2011, identificados con los CIDT números 2009014993-01, 2010013539-02, 201101706401 y 2011186681-00, respectivamente, la Aseguradora no registra primas emitidas
directas y/o aceptadas en reaseguro.
TERCERO: Que conforme con lo dispuesto en el literal e) del artículo 189 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la revocatoria de la autorización podrá ser decretada por la Superintendencia Financiera de Colombia, cuando se compruebe la falta de actividad en algún ramo, por el término de un (1) año, caso en el cual procederá la revocatoria parcial.
En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Revocar la autorización concedida a SEGUROS DE VIDA DEL ESTADO S.A., para operar el ramo de seguro de Enfermedades de Alto Costo.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN NÚMERO 1421 DE 2011 Hoja No. 2
Por la cual se revoca la autorización concedida a SEGUROS DE VIDA DEL ESTADO S.A. para operar el ramo de Seguro de Enfermedades de Alto Costo.
ARTICULO SEGUNDO: Instruir a SEGUROS DE VIDA DEL ESTADO S.A., en el sentido de constituir y mantener actualizados los montos de las reservas técnicas establecidas en las normas vigentes para el cumplimiento de las obligaciones originadas por los contratos de seguros expedidos durante el período en que operó dicho ramo.
PARÁGRAFO. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución, SEGUROS DE VIDA DEL ESTADO S.A. deberá enviar una certificación suscrita por el Representante Legal y el Revisor Fiscal, con el monto de cada una de las reservas técnicas registradas al 30 de junio de 2011 para el ramo
citado.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar personalmente al doctor Jorge Arturo Mora Sánchez, en su calidad de Presidente de SEGUROS DE VIDA DEL ESTADO S.A., o a quien haga sus veces, el contenido de la presente resolución entregándole copia de la misma, advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición interpuesto ante la Superintendente Delegada para Aseguradoras e Intermediarios de Seguros y Reaseguros, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
ARTÍCULO CUARTO: Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de agosto de 2011.
LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA ASEGURADORAS E
INTERMEDIARIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS
PAULA LÓPEZ VENDEMIATI
131000