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SFC - Resolución 1427 de 2021

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 1427 de 2021
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2021

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Radicación:2021229376-014-000

Fecha: 02/12/2021 06:07 PM Sec.día14639

Anexos: NO

Trámite::415-AA RAMOS DE SEGUROS

Tipo doc::39-RESPUESTA FINAL E

Remitente: 330000-DELEGATURA PARA SEGUROS Destinatario::14-10-HDI VIDA RESOLUCIÓN NÚMERO 1427 de 2021 (2 de diciembre de 2021) Por medio de la cual se revoca la autorización concedida a HDI Seguros de Vida S.A. para operar el ramo de vida individual EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA SEGUROS En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las consagradas en los artículos 189, literal a), y 326, numeral 2, literal d), del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, reglamentadas en el numeral 8 del artículo 11.2.1.4.36 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO: Que de conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 2° del artículo 325 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en concordancia con el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010, le corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia ejercer la inspección y vigilancia de HDI Seguros de Vida S.A.

SEGUNDO: Que mediante la Resolución No. 5148 del 31 de diciembre de 1991 la Superintendencia Bancaria de Colombia (hoy Superintendencia Financiera de Colombia) autorizó a la Compañía Granadina de Seguros de Vida S.A. (hoy HDI

Seguros de Vida S.A.)1 para operar el ramo de vida individual.

TERCERO: Que a través de la Resolución No. 0828 del 4 de agosto de 2021 la Superintendencia Financiera de Colombia autorizó “la cesión de todos los contratos del ramo individual de la cedente HDI SEGUROS DE VIDA S.A., a la cesionaria SEGUROS

BOLÍVAR S.A.”.

CUARTO: Que de conformidad con el literal a) del artículo 189 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la Superintendencia Financiera de Colombia se encuentra facultada para revocar la autorización otorgada a una aseguradora para la operación de un ramo de seguros “[a] petición de la misma entidad”.

QUINTO: Que por medio de la comunicación radicada el 20 de octubre de 2021 bajo el número 2021229376-000-000, el doctor Juan Rodrigo Ospina Londoño, obrando en su calidad de Vicepresidente Jurídico y de Indemnizaciones de HDI Seguros de Vida S.A., solicitó a esta superintendencia revocar la autorización otorgada para operar el ramo de vida individual, allegando la información pertinente para el efecto. Dicha información fue

1 Escritura Pública No. 1348 del 4 de abril de 2018 de la Notaría 72 de Bogotá D.C., inscrita ante la Cámara de Comercio de Bogotá el 5 de abril de ese mismo año bajo el número 02318963 del Libro IX. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA complementada por HDI SEGUROS DE VIDA S.A. en respuesta al requerimiento 2021229376-008-000 formulado por la Dirección Legal de Seguros.

SEXTO: Que una vez revisada la información enviada, la Dirección de Seguros Uno, la Dirección Legal de Seguros y la Delegatura para Riesgo Operacional y Ciberseguridad manifestaron no tener objeciones frente a la solicitud presentada, emitiendo así concepto favorable para revocar la autorización otorgada a HDI Seguros de Vida para operar el ramo de vida individual.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: REVOCAR la autorización concedida a HDI Seguros de Vida S.A. para operar el ramo de vida individual.

ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR que por Secretaría General se notifique personalmente el contenido de la presente resolución al doctor Juan Rodrigo Ospina Londoño, en su calidad de Vicepresidente Jurídico y de Indemnizaciones de HDI Seguros S.A., o a quien haga sus veces, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante el Superintendente Delegado para Seguros dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR la publicación de la presente resolución en el

boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., el 2 de diciembre de 2021.

EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA SEGUROS

CHRISTIAN HENRY MORA APONTE

330000-DELEGADO PARA SEGUROS

Anexos: Ninguno

NOTIFICAR: Doctor Juan Rodrigo Ospina Londoño

Vicepresidente Jurídico y de Indemnizaciones HDI Seguros de Vida S.A. juan.ospina@hdi.com.co Bogotá, D.C.

Radicado: 2021229376-014-000

Proyectó: [LUIS EDUARDO HOFMANN DEL VALLE]

Revisó: [LUZ ELVIRA MORENO DUEÑAS

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