SFC - Resolución 1433 de 2017
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1433 de 2017
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2017
SUPERINTENDENCIA FIN 11111111111111111111111111111111
0¡~~~~:~11 ~'1 Óáll Radicación 2017032973-041-000 ~<fllt;,,.ili'IMi,.-11 Fecha: 25/lC/2017 11 '10 Al,l Se:;, D1a. 5198
Trámite: 24J-AA APERTURA O CIERRE OFicrn Ane~os: Si Salida
Tipo Doc: 39-RESPUESTA FiNAL E Folws: 3 .
Aplica A: - En~d~nado. N1O
Remitente, 3140CD DIRECCíON LEGAL DE rn Sol1,1tud, Rl433
Destinatario: 35457272 MARIANNE FOSSE VE Teléiono: 594 02 CO
Carro: Ent: Caja: Pos: 25/01/2018
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' RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2017 2 5 OCT 2017
Por medio de la cual se autoriza a SMBC CAPITAL MARKETS INC., con domicilio en el Estado de Delaware (Estados Unidos) para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos y servicios a través de la Oficina de Representación de SUMITOMO
MITSUI BANKING CORPORATION.
EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En uso de sus atribuciones legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 1º . del artículo 94 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y los numerales 18 y 28 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que según lo previsto en el Parágrafo 1 del artículo 4.1. 1. 1 .4 del Decreto
2555 de 201 O, "Una misma oficina de representación o la entidad matriz, filial o subsidiaria establecida en el pais, que haga sus veces, de conformidad con el articulo 4.1.1.1.5 del presente decreto podrá representar a varías instituciones del exterior, siempre y cuando las mismas se encuentren relacionadas mediante vínculos de subordinación o tengan una matriz común. Dicha situación de subordinación deberá ser acreditada a satisfacción de la Superintendencia Financiera de Colombia por parte de las instituciones del exterior respectivas. En todo caso, cada una de las instituciones del exterior representadas deberá obtener la autorización a que se refiere el presente articulo. En el evento previsto en el presente parágrafo, se deberán implementar los mecanismos necesarios para que los clientes diferencien con perfecta claridad entre los servicios ofrecidos por cada una de las instituciones del exterior representadas." SEGUNDO. Que mediante Resolución No. 853 del 06 de marzo de 1987, la entonces Superintendencia Bancaria, hoy Superintendencia Financiera de Colombia, autorizó la apertura de la Oficina de Representación de SUMITOMO MITSUI BANKING CORPORATION (SMBC), para promover sus productos y servicios en Colombia. TERCERO. Que mediante comunicación radicada en esta Superintendencia con el número 2017032973-000-000 del 16 de marzo de 2017, SMBC CAPITAL MARKETS INC., (SMBC CM), por intermedio de apoderado especial, solicitó autorización para que se promocionen y publiciten sus productos y servicios en Colombia a través de la Oficina de Representación en Colombia de SMBC. CUARTO. Que SMBC es matriz de SMBC CM y, por consiguiente, se cumple el requisito
° del Parágrafo 1 del artículo 4.1.1.1.4, en armonía con lo establecido en el artículo 4.1.1.1.5, todos del Decreto 2555 de 201 O. QUINTO. Que según comunicación remitida a la Superintendencia por la Asociación Nacional de Futuros ("NFA")1 , "SMBC Capital Markets, /ne. Está debidamente registrado (. .. ) como 'Cfr. Rad 2017032973-000-000 Folio 125.
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Por medio de la cual se autoriza a SMBC CAPITAL MARKETS INC., con domicilio en el Estado de Delaware (Estados Unidos) para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos y servicios a través de la Oficina de Representación de SUMITOMO MITSUI BANKING CORPORATION. negociador de swaps y es un miembro de la NFA y la NFA supervisa las actividades de negociación de swaps (. . .)'º. SEXTO. Que SMBC CM adjuntó la documentación e información requerida por el artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 201 O para poder promover y publicitar sus productos y servicios en Colombia a través de la oficina de Representación de SMBC, y cumplió además con las solicitudes de información y documentación complementaria formuladas por esta Superintendencia, la última de las cuales respondió el 3 de octubre de 2017. SÉPTIMO. Que la actividad en Colombia, de los Representantes de instituciones del exterior, se limita exclusivamente a promover o a publicitar los productos y servicios que constituyen el objeto social de la institución del exterior representada, según las reglas
establecidas en los artículos 4.1.1.1.7 y 4.1.1.1.8 del Decreto 2555 de 2010. OCTAVO. Que los servicios que serán objeto de promoción y publicidad por parte de SMBC CM en Colombia a través la oficina de Representación de SMBC, de conformidad con el "(. .. ) Plan de Negocio Colombia(. . .)'", son los siguientes:
1. Transacción cap ( de techo)
2. Swap de Moneda
3. Swap de productos básicos (Commodity)
4. Transacción Piso
5. Opción de Moneda
6. Transacción de Moneda extranjera
7. Cross Moneda Tasa Swap de Tasa de diferentes divisas (cross currency)
8. Swap de Tasa de Interés
9. Opción de Swap
1O . Swap de Cumplimiento Crediticio NOVENO. Que de acuerdo con el numeral 1 del articulo 94 del EOSF, concordante con lo dispuesto en los numerales 18 y 28 del articulo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, corresponde al Superintendente Financiero autorizar el establecimiento en el país de representantes de instituciones del sector financiero, del mercado de valores y reasegurador del exterior. En mérito de lo anterior, este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. AUTORIZAR a SMBC CM, con domicilio en el Estado de Delaware (Estados Unidos) para realizar actos de promoción y publicidad de los productos y servicios relacionados en el considerando octavo de esta Resolución a través de la Oficina de Representación de SMBC. ARTÍCULO SEGUNDO. ADVERTIR que la autorización para la promoción de los productos y servicios señalados en la parte motiva de este acto administrativo, se
entiende sin perjuicio del cumplimiento de las normas aplicables a las operaciones celebradas entre residentes con agentes y/o personas del exterior, contenidas en el régimen cambiario colombiano. :;t 1pc;rintH1 ,, ;,;:,r,,:i: .. ' Cfr. Rad 2017032973-000-000 Folio 125. ;::, ,:.:11,_:,,_, , :\ '. .• ' -i...,-,¡ ' Cfr. Rad 2017032973-034-000 Folio 19 a 21.
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Por medio de la cual se autoriza a SMBC CAPITAL MARKETS INC., con domicilio en el Estado de Delaware (Estados Unidos) para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos y servicios a través de la Oficina de Representación de SUMITOMO MITSUI BANKING CORPORATION. ARTÍCULO TERCERO. ADVERTIR que la autorización "/ .. .) que esta Superintendencia imparte, no implica ni opinión ni valoración respecto de las condiciones y los riesgos relacionados con los productos y servicios que se promocionan a través de la oficina de representación, ni acerca de la institución del exterior, la cual se encuentra sujeta a su propia supervisión en la jurisdicción de origen.,,.¡ ARTÍCULO CUARTO. ADVERTIR al representante legal de la Oficina de Representación de SMBC en Colombia, que deberá implementar los mecanismos necesarios para que los clientes diferencien los servicios ofrecidos por cada una de las instituciones del exterior representadas, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del parágrafo primero del
artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 201 O. ARTÍCULO QUINTO. ADVERTIR al representante legal de la Oficina de Representación de SMBC en Colombia que de conformidad con lo previsto en el artículo 4.1.1.1.9 del Decreto 2555 de 201 O, en desarrollo de las actividades autorizadas, se deberá dar a los clientes una asesoría profesional, en relación con los productos y servicios que promociona. Para tal efecto, se deberá manifestar expresamente a sus clientes y usuarios que los productos y servicios que promueven son prestados por la institución del exterior e ilustrarlos detalladamente acerca de las condiciones jurídicas, financieras, contables, comerciales y administrativas en que ésta desarrolla sus operaciones; el alcance de sus responsabilidades como oficina de representación; la responsabilidad que la institución del exterior asume frente a los servicios prestados y demás aspectos relacionados en la citada disposición. ARTICULO SEXTO. ADVERTIR al representante legal de la Oficina de Representación de SMBC en Colombia que deberá dar cumplimiento a "(. .. ) la designación y registro de los Funcionarios Responsables Principal y Suplente de que trata el numeral 1.2 del Capítulo IV del Título IV de la Parte Primera de la Circular Básica Jurídica para el control de /as medidas de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo de la Oficina de Representación, una vez se encuentre aprobado por parte de esta Superintendencia el presente trámite de autorización para la apertura de la entidad, para lo cual deberán realizar el registro de dichos cargos en los términos establecidos en la Carta Circular 030 de 2017. ·•
ARTÍCULO SÉPTIMO. ORDENAR que, por Secretaría General de la SFC, se notifique al apoderado de SMBC CM y al representante legal de la Oficina de Representación de SMBC en Colombia la presente Resolución, entregándoles copia de la misma y advirtiéndoles que contra ella procede el recurso de reposición interpuesto ante el Superintendente Financiero, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. ARTÍCULO OCTAVO. ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera. ARTÍCULO NOVENO. REMITIR copia de esta providencia al Grupo de Registro de esta Superintendencia, para los efectos pertinentes.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2 5 OCT 20·¡7¡
Dada en Bogotá D. C. EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO, JORGE CAST ANO GUTIERREZ •1 Cfr. Radicado 2017032973~011~000 del 26 de abril de 2017. 'Cfr. Radicado 2017032973-031-000 del 18 de agosto de 2017.
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Por medio de la cual se autoriza a SMBC CAPITAL MARKETS INC., con domicilio en el Estado de Delaware (Estados Unidos) para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos y servicios a través de la Oficina de Representación de SUMITOMO MITSUI BANKING CORPORATION.