SFC - Resolución 1438 de 2025
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1438 de 2025
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2025
Radicación: 2025078990-010-000
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Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201
www.superfinanciera.gov.co Radicación:2025078990-010-000
Fecha: 23/07/2025 04:10 p. m.
Sec.día379029
Anexos: NO
Trámite::50-AA INSCRIPCION EN EL RNAMV
Tipo doc::39-RESPUESTA FINAL E
Remitente: 430000-430000-DELEGATURA PARA
INTERMEDIARIOS DE VALORES
Destinatario: :129-2-TERRENTA S.A. SOCIEDAD DE
FINANCIACION COLABORATIVA RESOLUCIÓN NÚMERO 1438 DE 2025 (23 de julio) Por la cual se ordena la inscripción de TERRENTA S.A. SOCIEDAD DE FINANCIACIÓN COLABORATIVA en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores – RNAMV LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES En ejercicio de sus facultades legales, en especial la prevista en el numeral 6 del artículo 11.2.1.4.46 del Decreto 2555 de 2010 y, CONSIDERANDO: PRIMERO. Que, de acuerdo con el numeral 2 del artículo 2.41.1.1.4 del Decreto 2555 del 2010, deben inscribirse en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores – RNAMV, entre otros, las sociedades de financiación colaborativa, acreditando los requisitos aplicables para tal efecto. SEGUNDO. Que, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos señalados en la normatividad aplicable, esta Superintendencia, en ejercicio de sus atribuciones
requisitos aplicables para tal efecto. SEGUNDO. Que, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos señalados en la normatividad aplicable, esta Superintendencia, en ejercicio de sus atribuciones legales, autorizó la constitución de la sociedad de financiación colaborativa TERRENTA S.A. SOCIEDAD DE FINANCIACIÓN COLABORATIVA, según consta en la Resolución número 1919 del 10 de noviembre de 2023. TERCERO. Que, mediante la Resolución No. 0277 del 14 de febrero de 2025, esta Superintendencia expidió el certificado de autorización a TERRENTA S.A. SOCIEDAD DE FINANCIACIÓN COLABORATIVA para funcionar y desarrollar en todo el territorio nacional, las actividades propias del objeto social exclusivo de las sociedades de financiación colaborativa. CUARTO. Que, mediante la Resolución No. 0971 del 14 de mayo de 2025, el Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores, en ejercicio de sus atribuciones legales, aprobó el Reglamento de Funcionamiento de TERRENTA S.A.
SOCIEDAD DE FINANCIACIÓN COLABORATIVA.
QUINTO. Que mediante comunicación radicada en esta Superintendencia bajo el número de radicado 2025078990-000-000 del 21 de mayo de 2025, el doctor Julio César Belalcázar Santodomingo, actuando en representación de TERRENTA S.A. SOCIEDAD DE FINANCIACIÓN COLABORATIVA, solicitó la inscripción de esa sociedad en el RNAMV. SEXTO. Que la Delegatura para Riesgo Operacional y Ciberseguridad y la Delegatura para Intermediarios de Valores, a través de la Dirección de Proveedores de
sociedad en el RNAMV. SEXTO. Que la Delegatura para Riesgo Operacional y Ciberseguridad y la Delegatura para Intermediarios de Valores, a través de la Dirección de Proveedores de Infraestructura de esta Superintendencia, indicaron en las comunicaciones Nos.Radicación: 2025078990-010-000 Página | 2 _____________________________________________________________________________________________
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www.superfinanciera.gov.co 2025078990-005-000 y 2025078990-009-000 que, en relación con los asuntos propios del ámbito de sus respectivas competencias, no se advirtieron objeciones para autorizar la inscripción de TERRENTA S.A. SOCIEDAD DE FINANCIACIÓN COLABORATIVA en el RNAMV. SÉPTIMO. Que, previa atención a los requerimientos formulados por esta Superintendencia en el presente trámite de autorización, TERRENTA S.A. SOCIEDAD DE FINANCIACIÓN COLABORATIVA acreditó el cumplimiento de los requisitos para su inscripción en el RNAMV. OCTAVO. Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 11.2.1.4.46 del Decreto 2555 de 2010, corresponde al Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores autorizar las inscripciones en el RNAMV. En mérito de lo expuesto este Despacho,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR la inscripción de TERRENTA S.A. SOCIEDAD DE FINANCIACIÓN COLABORATIVA, identificada con el NIT 901.779.970-1, en el Registro Nacional Agentes del Mercado de Valores RNAMV, en su calidad de sociedad
DE FINANCIACIÓN COLABORATIVA, identificada con el NIT 901.779.970-1, en el Registro Nacional Agentes del Mercado de Valores RNAMV, en su calidad de sociedad de financiación colaborativa. En virtud de lo anterior, TERRENTA S.A. SOCIEDAD DE FINANCIACIÓN COLABORATIVA podrá realizar las operaciones propias de la actividad de financiación colaborativa permitidas dentro de su objeto social autorizado.
ARTÍCULO SEGUNDO: ADVERTIR al representante legal de TERRENTA S.A.
SOCIEDAD DE FINANCIACIÓN COLABORATIVA, que la entidad deberá pagar a la Superintendencia Financiera de Colombia por concepto de derechos de inscripción en el RNAMV, la suma contemplada en el artículo 4 de la Resolución No. 1875 de 2018, el cual modificó el artículo 8 de la Resolución No. 1245 de 2006 expedida por este Organismo.
ARTÍCULO TERCERO: ODENAR que, a través de la Secretaría General de la Superintendencia Financiera de Colombia, se notifique personalmente el contenido de la presente Resolución al representante legal de TERRENTA S.A. SOCIEDAD DE FINANCIACIÓN COLABORATIVA, o a quien haga sus veces, informándole que contra lo resuelto procede el recurso de reposición, que deberá ser interpuesto ante este Despacho dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
ARTÍCULO CUARTO: ORDENAR, una vez en firme, la publicación de la presente Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo
Superintendencia Financiera de Colombia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de julio de 2025 @Firma
MARIA FERNANDA TENJO FANDIÑO
430000-DELEGADO PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES
Anexos: NingunoRadicación: 2025078990-010-000
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Proyectó: Roberto Umaña Cuellar – Dirección Legal de Intermediarios de Valores Revisó: Mónica María Castilla Gómez - Directora Legal de Intermediarios de Valores (E)