SFC - Resolución 1452 de 2025
Superintendencia Financiera
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1452 de 2025
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2025
Pi ¡bio agi 024149566-" 52Superinte! tiepe bee: ESidanA Tater” Te BRFinanciera de BES nara.SUPRRINTE $9 Mo wa 1452 2025 RESOLUCIÓN NÚMERO4 52 DE 2025 € 29 JUL 2025 ) Por medio de la cual se autoriza la constitución de la Compañía deFinanciamiento que se denominará Plata S.A. Compañía de Financiamiento EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de las que le confieren elnumeral 5° del artículo 53 y el literal a) del numeral 1° del artículo 326 delEstatuto Orgánico del Sistema Financiero, en armonía con lo señalado en elnumeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO. Que corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia(SFC) ejercer la inspección y vigilancia de las compañías de financiamiento, deconformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 2° del artículo 325 delEstatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), en concordancia con lodispuesto en el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010. SEGUNDO. Que mediante comunicación radicada con el número 2024149566-000-000 del 11 de octubre de 2024, el apoderado especial de los potencialesaccionistas, i) Different Technologies LLC, ii) Grupo Controlador Plata SociedadAnónima de Capital Variable, iii) Neri Tollardo, iv) Alexander Bro y v) DavidIsakhanian, solicitó la autorización de esta Superintendencia para la constituciónde una Compañía de Financiamiento cuya denominación será Plata S.A.Compañía de Financiamiento.
TERCERO. Que el capital autorizado en la fecha de constitución de la Compañíade Financiamiento será de ochenta y tres mil seiscientos millones($83.600.000.000). Por su parte, el capital suscrito será de $43.600.000.000,suma que se pagará de conformidad con lo señalado en el artículo 81 del EOSFy su valor será aportado en las siguientes proporciones!: Porcentaje deFuturos accionistas participación Valor del aporte ($)(%)Different Technologies LLC 94,997% $41.418.800.000Grupo Controlador Plata S.A de C.V. 5,00% $2.180.000.000Neri Tollardo 0,001% $400.000Alexander Bro 0,001% $400.000David Isakhanian 0,001% $400.000Total 100% $43.600.000.000 PARÁGRAFO. Que el capital de constitución antes indicado corresponde a unvalor superior al valor mínimo requerido en el numeral 1° del artículo 80 del_EOSF en el año 2025 para la constitución de una compañía de financiamiento,_$uivalente a $36.140.000.0002. Radicado 2024149566-000-000, carta de solicitud del 11 de octubre de 2024.? Capital mínimo requerido para la constitución previsto en el artículo 80 del EOSF y cuya actualización sepuede consultar en la información consignada en la página Web de la SFC, en la siguiente ruta:Superintendencia= Financiera de ColombiaP A Ba 5 2 “a ie yRESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 HOJA No. 2Por medio de la cual se autoriza la constitución de la Compañía de Financiamiento que sedenominará Plata S.A. Compañía de Financiamiento.
CUARTO. Que mediante oficio número 2024149566-021-000 del 2 de abril de2025, la SFC autorizó la publicación de los avisos de intención de constituciónde la entidad mencionada, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4° delartículo 53 del EOSF. Se publicaron dos avisos de intención de constitución de Plata S.A. Compañíade Financiamiento los días 4 y 7 de abril de 2025 en el diario de ampliacirculación nacional “La República”, según consta en el radicado 2024149566-025-000 del 8 de abril de 2025, atendiendo lo prescrito en el numeral 4° delartículo 53 del EOSF, sin que se hubiere presentado ante la SFC, a la fecha,oposición alguna por parte de terceros. QUINTO. Que los beneficiarios reales de Plata S.A. Compañía deFinanciamiento serán la señora Rina Vosman con una participación indirectade (75,14%) y el fondo Baring Fintech Private Equity (Americas) Fund, GP LLCel cual posee el poder decisorio de Baring Fintech Private Equity (Americas)Fund, L.P. accionista indirecto del (82,65%) de la futura entidad vigilada. SEXTO. Que, mediante las investigaciones pertinentes, la SFC verificó elcarácter, responsabilidad e ¡idoneidad de los futuros accionistas yadministradores de la Compañía de Financiamiento que se pretende constituir,y se determinó que ninguno de ellos se encuentra incurso en las situacionesseñaladas en el inciso tercero del numeral 5% del artículo 53 del EOSF, que leimpida participar en la constitución de la Compañía de Financiamiento.
SÉPTIMO. Que la SFC efectuó el análisis correspondiente sobre los montos decapital y capacidad financiera de los futuros accionistas y beneficiarios reales,así como el origen de los recursos. Igualmente, se estudió el plan de negocios,su factibilidad y viabilidad, el proyecto de estatutos sociales y el cumplimientode los requisitos que se establecen en el artículo 53 del EOSF para autorizar laconstitución de una entidad vigilada. OCTAVO. Que en desarrollo de la facultad prevista en el numeral 10 del artículo11.2.1.4.32 del Decreto 2555 de 2010, el Superintendente Delegado Adjuntopara Intermediarios Financieros y Seguros propuso al SuperintendenteFinanciero otorgar la autorización solicitada, de acuerdo con la recomendaciónemitida por la Superintendente Delegada para Intermediarios Financieros, enejercicio de la facultad establecida en el numeral 17 del artículo 11.2.1.4.33 delDecreto 2555 de 2010. NOVENO. Que de acuerdo con lo señalado en el numeral 5° del artículo 53 y enel literal a) del numeral 19 del artículo 326 del EOSF, en armonía con el numeral11 del artículo 11.2.1.4,2 del Decreto 2555 del 2010, es función delSuperintendente Financiero autorizar la constitución de las entidades sujetas ainspección y vigilancia de esta Superintendencia.
DÉCIMO. Que, en atención a lo señalado en la Resolución número 2100 del 1de diciembre de 2023, el Comité Asesor de Autorizaciones del SuperintendenteFinanciero, en sesión celebrada el 14 de julio de 2025, evaluó la documentación Página 2 de 4Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www,superfinanciera.gov.coSuperintendenciaFinanciera de Colombia gs RESOLUCION NUMERO 5 be 2025 HOJA No. 3Por medio de la cual se autoriza la constitución de la Compañía de Financiamiento que sedenominará Plata S.A. Compañía de Financiamiento. asociada al presente trámite administrativo y le aconsejó sobre la viabilidad deautorizar la Constitución de Plata S.A. Compañía de Financiamiento. UNDÉCIMO. Que, en sesión del 23 de julio de 2025, el SuperintendenteFinanciero escuchó las consideraciones del Consejo Asesor sobre la constituciónde la Compañía de Financiamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el literala) del artículo 20 del Decreto 422 de 2006, y emitió opinión favorable al respecto. En virtud de lo expuesto este Despacho,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. AUTORIZAR la constitución de la Compañía deFinanciamiento que se denominará Plata S.A. Compañía de Financiamiento,que tendrá domicilio en la ciudad de Bogotá D.C., con fundamento en las razonesexpuestas en la parte motiva de este acto administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO. ADVERTIR que en atención a lo previsto en el numeral6° del artículo 53 del EOSF, dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha deejecutoria de la presente resolución, deberá elevarse a escritura pública elproyecto de estatutos sociales e inscribirse de conformidad con la ley. A efecto de acreditar lo anterior, se deberá remitir a esta Superintendencia copiaauténtica de la respectiva escritura pública de constitución, así como un ejemplardel certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara deComercio de su domicilio principal. ARTÍCULO TERCERO. ADVERTIR que para expedir el respectivo certificado deautorización (o permiso de funcionamiento) de Plata S.A. Compañía deFinanciamiento se deberán acreditar previamente a la Superintendencia losrequisitos señalados en el numeral 7° del artículo 53 del EOSF, a saber: a) elotorgamiento de la respectiva escritura pública de constitución y su inscripciónen el registro mercantil de la Cámara de Comercio del domicilio de la compañíade financiamiento constituida; b) el pago del capital señalado en el considerandotercero del presente proveído; c) la existencia de la infraestructura técnica yoperativa necesaria para operar regularmente, de acuerdo con lo señalado en elestudio de factibilidad y d) la inscripción en el Fondo de Garantías deInstituciones Financieras - FOGAFIN, en su condición de compañía definanciamiento. ARTÍCULO CUARTO. ADVERTIR que dentro de los doce (12) meses siguientesa la fecha de ejecutoria de la presente providencia, la entidad deberá iniciar lasolicitud de obtención del certificado de autorización (permiso defuncionamiento) ante la SFC, cumpliendo los requisitos señalados en el numeral7% del artículo 53 del EOSF.
ARTÍCULO QUINTO. ADVERTIR que mientras se obtiene el certificado deautorización (permiso de funcionamiento) correspondiente, conforme con elinciso segundo del numeral 6° del artículo 53 del EOSF, Plata S.A. Compañíade Financiamiento no estará habilitada para desarrollar las actividades propiasde su objeto, sino solo aquellas relacionadas con su organización. Página3 de 4Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.coSuperintendenciaFinanciera de Colombiao 1452 Bs, oRESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 HOJA No. 4Por medio de la cual se autoriza la constitución de la Compañía de Financiamiento que sedenominará Plata S.A. Compañía de Financiamiento. ARTÍCULO SEXTO. ORDENAR que, por conducto de la Secretaría General deesta Superintendencia se 'notifique personalmente el contenido de la presenteresolución al apoderado especial de los potenciales accionistas de Plata S.A.Compañía de Financiamiento, entregándole copia de la misma y advirtiéndoleque contra ella procede el recurso de reposición ante el SuperintendenteFinanciero, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días hábilessiguientes a la fecha de la notificación. ARTÍCULO SÉPTIMO. ORDENAR que, por conducto de la Secretaría Generalde esta Superintendencia se remita copia de esta Resolución al Grupo deNotificaciones y Registro para los efectos pertinentes. ARTÍCULO OCTAVO. REMITIR copia de esta Resolución al Fondo de Garantíasde Instituciones Financieras - FOGAFIN y al Banco de la República, para lo de sucompetencia.
ARTÍCULO NOVENO, VIGENCIA la presente resolución rige a partir de la fechade su ejecutoria.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 2 5 del mes de JUL “de 2025
EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,
CESAR FERRARI, Ph.D.0000 Despacho del Superintendente Financiero 000040
Trámite: 2024149566-000-000
Elaborado por: Maria Carolina Jáuregui Camacho. Grupo de Autorizaciones. pceRevisado por: Felipe Noval AcevedoSuperintendente Delegado Adjunto para Intermediarios Financieros ySegurosClaudia Patricia Rincón Bravo. Superintendente Delegada para Intermediarios Financieros. E.Ángela Cristina Silva Rojas. Coordinadora del Grupo de Autorizaciones.Álvaro Eduardo Atencia Martínez. Presidente Comité Asesor de Autorizaciones. af)Mario Alberto Sánchez. Director Juridico..y
Notificación: "ROBERTO BORRÁS POLANÍAApoderado especial futuros accionistas de Plata S.A. Compañía de Financiamiento.Calle 92 No. 11-51 Piso 4Bogotá D.C.roberto, borras@garriques.com sfc:Superintendencia SERVICIOFinancier. AL CIUDADANODOCUMENTO ORIGINAL RETIRADO A MANONOMBRE: aFECHA QO = oo - 90956.0.50 GAG So
a Página4 de 4Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.co