SFC - Resolución 1453 de 2025
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1453 de 2025
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2025
ASa untaFinancie TaternoELE E go aRESOLUCIÓN NÚMERO!KiDE’ 2025( 25 JUL 2025 ) Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representaciónde la entidad del exterior PLUSSOOBHS LTD. para realizar actos de promocióny publicidad de sus productos y servicios en Colombia EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de las que le confiere elnumeral 15 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, CONSIDERANDO: PRIMERO. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 4.1.1.1.2 delDecreto 2555 de 2010, las instituciones del mercado de valores del exterior quepretendan promover y publicitar productos y servicios del mercado de valoresen Colombia o a sus residentes, deben establecer una oficina de representacióno celebrar un contrato de corresponsalía con una sociedad comisionista de bolsade valores o con una corporación financiera. SEGUNDO. Que corresponde al Superintendente Financiero autorizar elestablecimiento en el país de oficinas de representación de instituciones delmercado de valores del exterior, de acuerdo con lo previsto en el numeral 15 delartículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, así como ejercer la inspección,vigilancia y control sobre dichas oficinas, de conformidad con lo previsto en elartículo 4.1.1.1.12 del mismo Decreto.
TERCERO. Que mediante comunicación radicada bajo el número 2025024089-000-000 del 18 de febrero de 2025, Luis Gabriel Morcillo Méndez apoderadoespecial de PLUSSOOBHS LTD., de conformidad con el poder otorgado ysuscrito por el señor Elad Even-Chen, en su condición de Representantedesignado de la institución del exterior en Colombia, solicitó autorización para laapertura de una oficina de representación de PLUSSOOBHS LTD. para realizarlas actividades de promoción y publicidad de sus productos y servicios enColombia. CUARTO. Que el apoderado especial de PLUSSOOBHS LTD. allegó ladocumentación e información requerida en el artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555de 2010, así como en la lista de chequeo M-LC-AUT-024, implementada por estaSuperintendencia de acuerdo con lo previsto en el Capítulo I, Título I, Parte I deta Circular Básica Jurídica (CBJ). QUINTO. Que PLUS500BHS LTD. es una sociedad mercantil del exterior quefue debidamente constituida bajo las disposiciones de la Ley de SociedadesMercantiles Internacionales del 2000 (No. 45 de 2000), el día 21 de febrero de2023 bajo la Matrícula No. 210821 del Registro de Sociedades MercantilesInternacionales de la Mancomunidad de las Bahamas. Desde el 18 de julio de2023, la Comisión de Valores de la Mancomunidad de las Bahamas ha aprobadoel registro de PLUS500BHS LTD. como una Firma que opera como Mandante oMandatario, incluyendo Suscripción y Negociación de Contratos por Diferencias,yde conformidad con la Parte VI de la Sección 69 (1) de la Ley de la Industria de\ Valores de 2011 (la “SIA de 2011”), la Parte VI de las Regulaciones de la. SuperintendenciaFinanciera de Colombia
RESOLUCIÓN NÚMERO4 5 eb 2025 HOJA No. 2Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representación de la entidad delexterior PLUSSOOBHS LTD. para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos yservicios en Colombia. Industria de Valores de 2012 (las “SIR de 2012”) y la Norma 6 del Reglamentode la Industria de Valores (Contratos por Diferencias) de 2020 (el “Reglamentode CFD de 2020”). SEXTO. Que en Colombia la actividad de las oficinas de representación se limitaexclusivamente a promover o publicitar los productos y servicios que constituyenel objeto social de la institución del exterior representada en Colombia, segúnlas reglas establecidas en los artículos 4.1.1.1.7 y 4.1.1.1.8 del Decreto 2555 de2010, y en atención a la autorización específica otorgada para el efecto por estaSuperintendencia. SÉPTIMO. Que de acuerdo con el plan general de funcionamiento la oficina derepresentación PLUS500BHS LTD. promocionará y publicitará la suscripción deContratos por Diferencias?. Los subyacentes sobre los cuales recaerán loscontratos señalados serán: (i) Acciones, (ii) Indices, (iii) Mercancias -Commodities-, (iv) Opciones, (v) ETF y (vi) Forex.
OCTAVO. Que en desarrollo de las facultades previstas en el numeral 3 deiartículo 11.2.1.4.46 y en el numeral 3 del artículo 11.2.1.4.42, ambos delDecreto 2555 de 2010, la Superintendente Delegada para Intermediarios deValores propuso a la Superintendente Delegada Adjunta para Mercado deCapitales, quien a su vez, propuso al Superintendente Financiero autorizar quePLUS500BHS LTD. realice actos de promoción y publicidad en Colombia através de la oficina de representación, previa validación del cumplimiento de losrequisitos aplicables. NOVENO. Que, en atención a lo señalado en la Resolución número 2100 del 1de diciembre de 2023, el Comité Asesor de Autorizaciones del SuperintendenteFinanciero, en sesión celebrada el 14 de julio de 2025, evaluó la documentaciónasociada al presente trámite administrativo y le aconsejó sobre la viabilidad deotorgar la autorización formulada por la institución del exterior. DÉCIMO. Que de conformidad con el artículo 11.2.1.4.46 del Decreto 2555 de2010, corresponde al Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores,adicional a las funciones previstas en los numerales 1 al 10 del citado artículo,las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de ladependencia. DÉCIMO PRIMERO. Que según lo previsto en el numeral 1.1.3 de la CapítuloII, Título II, Parte I de la CBJ, para la promoción o publicidad de productos yservicios diferentes o adicionales a los autorizados por la SuperintendenciaFinanciera de Colombia se requiere la autorización previa de este organismo.
En virtud de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. AUTORIZAR la apertura de la oficina de representaciónXE" Colombia de PLUSSOOBHS LTD. para que promueva y publicite en el 1 Radicado 2025024089-000-000 Anexo 2.1 - Plan general de funcionamiento.
Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.coSuperintendenciaFinanciera de Colombia RESOLUCIÓN aie 45 de "2025 HOJA No. 3Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representación de la entidad delexterior PLUSSOOBHS LTD. para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos yservicios en Colombia. territorio colombiano única y exclusivamente los productos y servicios descritosen el considerando séptimo del presente acto administrativo.
En consecuencia, la oficina de representación deberá disponer las medidaspertinentes para que, a través de los canales que empleará para realizar suslabores de promoción y publicidad, los residentes colombianos única yexclusivamente tengan acceso a los productos y servicios descritos en elconsiderando séptimo del presente acto administrativo.
PARÁGRAFO PRIMERO. La autorización para la promoción de los productos yservicios antes mencionados, se entiende sin perjuicio del cumplimiento de lasnormas aplicables a las operaciones celebradas entre residentes colombianoscon agentes del exterior, contenidas en el régimen cambiario. PARÁGRAFO SEGUNDO. La presente autorización se entiende concedidaúnicamente frente a los productos y servicios antes indicados, los cuales seencuentran señalados en el plan general de funcionamiento de la oficina derepresentación. Por esta razón, la publicidad y promoción de productos yservicios distintos a los señalados en el considerando séptimo de la presenteresolución requerirá autorización previa y expresa de esta Superintendencia. PARÁGRAFO TERCERO. La autorización que se imparte a través del presenteacto administrativo no implica calificación ni responsabilidad alguna por parte dela Superintendencia Financiera de Colombia acerca de la entidad del exterior, laspersonas naturales o jurídicas vinculadas a esta, ni sobre la bondad o seguridaden los productos que serán objeto de promoción y publicidad, así como tampocorespecto a las demás entidades del exterior que intervienen en suadministración, gestión y distribución. ARTÍCULO SEGUNDO. DISPONER que la autorización previa y expresa deproductos y servicios adicionales a los descritos en el considerando séptimo delpresente acto administrativo sea impartida por el Superintendente Delegadopara Intermediarios de Valores. ARTÍCULO TERCERO. ADVERTIR que para desarrollar campañas que tenganpor objeto publicitar en el país a la entidad representada y sus servicios, se debeatender lo establecido en el numeral 1.1.3 del Capítulo II, Título II, Parte I de laCBJ, en materia de promoción y publicidad.
ARTÍCULO CUARTO. ADVERTIR a la oficina de representación que, encumplimiento a los deberes de información y de asesoría profesional previstosen el artículo 4.1.1.1.9 del Decreto 2555 de 2010 y en el sub numeral 1.1.6.2del Capítulo II, Titulo II, Parte I de la CBJ de esta Superintendencia, es suobligación suministrar a todo potencial cliente de la institución del mercado devalores del exterior información clara, completa y oportuna en relación con losContratos por Diferencias objeto de promoción y publicidad, incluyendo, pero sinlimitarse, la complejidad del producto, las condiciones jurídicas, operativas ya bajo las cuales se desarrollan dichos contratos y los riesgos a los queS se ven expuestas las inversiones que se realicen en estos.Ay
Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.coSuperintendenciaFinanciera de Colombia RESOLUCIÓN a? 5 de "2025 HOJA No. 4Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representación de la entidad delexterior PLUSSOOBHS LTD. para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos yservicios en Colombia.
Adicionalmente, deberá ilustrar detalladamente a todo potencial inversionista aquien le sean publicitados y promocionados los referidos productos respecto delos demás asuntos establecidos en el marco regulatorio antes citado, aclarandoque estos no se encuentran bajo la supervisión de la Superintendencia Financierade Colombia ni de ninguna otra autoridad en el país.
Para el efecto, la oficina de representación deberá tomar en consideración el tipoinversionistas a quienes le sean publicitados los Contratos por Diferencias y superfil de riesgo, teniendo en cuenta la naturaleza y exposiciones de este tipo deinstrumentos financieros. En ese orden, deberá documentarse debidamente y mantenerse a disposición deesta Superintendencia las constancias de cumplimiento del suministro de lainformación mencionada, de manera adecuada y oportuna, la cual deberá sersuscrita por todo potencial inversionista independientemente de que se vinculeo no a los productos y servicios promocionados y publicitados. Dichasconstancias deben ser concordantes con los productos y servicios cuyapromoción y publicidad se autoriza a través del presente acto administrativo,responder a las condiciones particulares de estos y estar en todo momento adisposición de este organismo. ARTÍCULO QUINTO. ADVERTIR que la oficina de representación dePLUSSOOBHS LTD., no podrá operar hasta tanto su representante legal se hayaposesionado ante la Superintendencia Financiera de Colombia, quien deberácumplir con las calidades y requisitos previstos en el artículo 4.1.1.1.11 delDecreto 2555 de 2010. Así mismo, procede indicar que de conformidad con lo previsto en el numeral2.1 del Capítulo IV, Título IV, Parte I de la CBJ, deberá designarse un funcionario,con su respectivo suplente, responsable de la administración de las medidas deprevención y control diseñadas para prevenir que la realización de susoperaciones puedan ser utilizadas como instrumento para el ocultamiento,manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otrosbienes provenientes de actividades delictivas o destinados a su financiación, opara dar apariencia de legalidad a las actividades delictivas o a las transaccionesy fondos vinculados con las mismas.
PARÁGRAFO: El representante legal de la oficina de representación tendrácomo responsabilidad el diligenciamiento y envío a la SuperintendenciaFinanciera de la información relativa al nombre, número de identificación,teléfono y correo electrónico de los funcionarios responsables, a través de loscanales dispuestos para tal efecto, dentro de los 15 días calendario siguientes asu nombramiento.
ARTÍCULO SEXTO. ADVERTIR que de conformidad con lo establecido en elparágrafo tercero del artículo 4.1.1.1.2 del Decreto 2555 de 2010, la oficina derepresentación autorizada deberá cumplir con los deberes de todo comerciante,atendiendo las particularidades propias de su naturaleza. En desarrollo de loanterior, dicha oficina deberá registrarse como establecimiento de comercio enwg Cámara de Comercio de Bogotá, y copia de dicha actuación deberá remitirse
Dirección: Calle 7 No, 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.coLSESNESuperintendencia; Financiera de Colombia RESOLUCION nomero4 5 SE 2025 HOJA No. 5Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representación de la entidad delexterior PLUS500BHS LTD. para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos yservicios en Colombia.
Grupo de Notificaciones y Registro de esta Superintendencia, para lascertificaciones a que haya lugar. ARTÍCULO SÉPTIMO. ORDENAR que por conducto de la Secretaría Generalde esta Superintendencia se notifique personalmente la presente resolución alapoderado especial de PLUS500BHS LTD. o a quien haga sus veces,entregándole copia de esta, y advirtiéndole que contra lo resuelto procede elrecurso de reposición ‘ante el Superintendente Financiero, que deberá serinterpuesto dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de sunotificación. ARTÍCULO OCTAVO. REMITIR copia de esta resolución al Grupo deNotificaciones y Registro de la Superintendencia Financiera de Colombia para losefectos pertinentes. ARTÍCULO NOVENO. VIGENCIA La presente resolución rige a partir de lafecha de su ejecutoria.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., alos 2 5 del mes de JUL de 2025.
EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,
CÉSAR FERRARI, Ph.D.0000 Despacho del 'Superintendente Financiero Notificación: DoctorLuis Gabriel Morcillo MéndezApoderado EspecialOficina de Representación PLUS500BHS LTD.Imorcillo@bu.co: Trámite: 2025024089-000-000 ~ Revisó: Magda Fernamda Vásquez Wilches. Superintendente Delegada Adjunta para MercadoCapitales.María Fernanda Tenjo Fandiño. Superintendente Delegada para Intermediarios de Valores. eÁngela Cristina Silva Rojas. Coordinadora Grupo de Autorizaciones.Álvaro Eduardo Atencia Martínez. Presidente del Comité de Autorizaciones.Mario Alberto Sánchez García. Director Juridico..y>Elaboró: Felipe Nova Delgado. Profesional Universitario del Grupo de Autorizaciones. FD € ”
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Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.co: ; . SERVICIOsfc Eocene ap CIUDADANOde ColombiaDOCUMENTO ORIGINAL RETIRADO A MANOwot diana Alyare>FECHAS ju ko - DScc:32,6X4.330