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SFC - Resolución 1500 de 2025

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 1500 de 2025
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2025

tii MtGai SuperintendenciaRadicación 2025056690-048-00 EsSPY Finunceraide Cotombin.ns: 01/08/2025 03:08 Sec. Dia: 30719 6GTrámite: 945-44 PERAISO DE FUNCIONAMIENT ArexossNo. Sal ida j. Tipo Doc: 38-RESPUESTA FINAL E folios: 2 edo donEnta: 000040 OOOO4O-GRUFO DE AUTOR SENictERdS 1800/01 AGOS 2025 nene Enea'en1tente: 101 tu » .Destinatario: 3220016 1UYS FERNANDO LOPE Teléfono: 68402 00 ara de ColombiaCarro: Ent: ja: Pos: 08/2025 y RESOLUCIÓN AúMERO: 50 es‘2025 ( 01AG0 2025) Por medio de la cual se autoriza el funcionamiento (expide el certificado deautorización) a PAYCASH S.A SOCIEDAD ESPECIALIZADA EN DEPOSITOSY PAGOS ELECTRÓNICOS EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus facultades legales que le confieren el numeral 7 del artículo53 y el literal a) del numeral 1 del artículo 326, ambos del Estatuto Orgánico delSistema Financiero (EOSF), en armonía con lo señalado en el numeral 11 del. artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y

CONSIDERANDO

CONSIDERANDO PRIMERO. Que le corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia(Superintendencia) ejercer la inspección y vigilancia de las SociedadesEspecializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos, de conformidad con lo previstoen el artículo 1 de la Ley 1735 de 2014, en concordancia con lo dispuesto en elliteral h) del numeral 20 del artículo 325 del Estatuto Orgánico del SistemaFinanciero (EOSF), y en el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010. SEGUNDO. Que mediante la Resolución No. 1903 del 30 de septiembre de 2024,el Superintendente Financiero, en ejercicio de sus atribuciones legales, autorizóla constitución de la sociedad especializada en depósitos y pagos electrónicosOH! PAY S.A. SOCIEDAD ESPECIALIZADA EN DEPÓSITOS Y PAGOSELECTRÓNICOS, hoy PAYCASH S.A. SOCIEDAD ESPECIALIZADA ENDEPÓSITOS Y PAGOS ELECTRÓNICOS?, una vez cumplidos los requisitosseñalados en la ley. TERCERO. Que en el artículo quinto de la parte resolutiva de la Resolución No.1903 del 30 de septiembre de 2024, en concordancia con los requisitos previstosen el numeral 7 del artículo 53 del EOSF, se advirtió: "que para la expedición delrespectivo certificado de autorización (o permiso de funcionamiento) se deberánacreditar a la SFC los requisitos señalados en el numeral 70 del artículo 53 delEOSF, a saber: a) el otorgamiento de la respectiva escritura pública deconstitución y su inscripción en el registro mercantil de la Cámara de Comercioe su domicilio; b) el pago de capital suscrito señalado en el artículo tercero de

‘Al respecto, mediante radicado 2025040174-000-000 de 17 de marzo de 2025, el doctor Luis Fernando LopezRoca, Apoderado Especial de los accionistas de Paycash, informó al Superintendente Financiero el cambio derazón social de la compañía, adjuntando copla de la Escritura Pública No. 281 del 26 de febrero de 2025,otorgada en la Notaría 75 del Círculo de Bogotá.

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.co@ -SuperintendenciaFinanciera de Colombia RESOLUCIÓN NUMER DE2025 he HOJA No. 2Por medio de la cual se autoriza el funcionamiento (expide el certificado de autorización)a PA OE S.A SOCIEDAD ESPECIALIZADA EN DEPÓSITOS Y PAGOSELECTRONICOS los considerandos del presente acto administrativo; c) la existencia de lainfraestructura técnica y operativa necesaria para operar regularmente, deacuerdo con lo señalado en el estudio de factibilidad”. De igual manera, conformea lo previsto en el numeral 7 de artículo 53 del EOSF, resulta necesario acreditarla inscripción en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras.

CUARTO. Que PAYCASH S.A SOCIEDAD ESPECIALIZADA EN DEPÓSITOSY PAGOS ELECTRÓNICOS acreditó el cumplimiento de los presupuestosseñalados en la Resolución No. 1903 del 30 de septiembre de 2024, mediante lacual se autorizó su constitución y en el numeral 7 del artículo 53 del EOSF talcomo se señala a continuación:

a) Formalización de la escritura pública de constitución y registro en laCámara de Comercio: se acreditó la constitución de la sociedad anónimaespecializada en depósitos y pagos electrónicos allegando copia auténtica de laEscritura Pública No. 2423 de 16 de octubre de 2024 otorgada en la Notaría 26del Círculo de Bogotá D.C. inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá el 25de octubre de 2024?, bajo la denominación social de OH! PAY S.A. SOCIEDADESPECIALIZADA EN DEPÓSITOS Y PAGOS ELECTRÓNICOS. En atención alcambio de razón social mencionado, se allegó copia auténtica de la EscrituraPública No. 281 de 26 de febrero de 2025 otorgada en la Notaría 75 del Círculode Bogotá D.C.3 e inscrita el 4 de marzo de 2025 en la Cámara de Comercio deBogotá bajo el número 03214705 del Libro IX bajo la razón social “PAYCASHS.A. SOCIEDAD ESPECIALIZADA EN DEPÓSITOS Y PAGOSELECTRÓNICOS”, de acuerdo con el certificado de existencia y representaciónlegal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá el 8 de abril de 20251, b) Pago del capital: Se acreditó el pago del capital mínimo (suscrito y pagado)requerido legalmente. El capital acreditado por PAYCASH S.A. SOCIEDADESPECIALIZADA EN DEPÓSITOS Y PAGOS ELECTRÓNICOS corresponde aun valor superior al capital mínimo requerido para la constitución de unasociedad especializada en depósitos y pagos electrónicos para el año 2025.

Cc) Infraestructura técnica y operativa: Durante la semana comprendidaentre el 19 y el 26 de mayo de 2025, se adelantó por parte de estaSuperintendencia una prueba de recorrido, la cual tuvo por objeto verificar elgrado de preparación operativa y tecnológica de la entidad, en la cual seconcluyó que PAYCASH S.A. SOCIEDAD ESPECIALIZADA EN DEPÓSITOS YPAGOS ELECTRÓNICOS cuenta con la infraestructura técnica y operativarequerida para operar, sin perjuicio de las actividades adicionales queimplementará, de acuerdo con lo indicado en el cronograma de trabajosuministrado por la entidad. Lo anterior, según se expone de forma detallada en el estudio técnico radicadowie el número 2025056690-046-000. 2 Según Certificado de Cámara de Comercio con fecha del 10 de Junio de 2025, radicado bajo número deradicado 2025056690-031-000.3 Radicado No. 2025056690-000-000 Anexo denominado: Cambio de nombre.pdf Radicado No. 2025056690-000-000 Anexo denominado: Certificado de Existencia y representación.pdf

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.coSuperintendenciaFinanciera de Colombia

. , 1500RESOLUCION NUMERO DE 2025 HOJA No. 3.Por medio de la cual se autoriza el funcionamiento (expide el certificado de autorización)a PAYCASH S.A SOCIEDAD ESPECIALIZADA EN DEPOSITOS Y PAGOSELECTRÓNICOS d) Inscripción en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras(FOGAFÍN): Se allegó certificación emitida el 17 de enero de 2025 por partedel Jefe del Departamento de Sistema de Seguro de Depósito FOGAFIN en la queconsta que PAYCASH S.A. SOCIEDAD ESPECIALIZADA EN DEPOSITOS YPAGOS ELECTRÓNICOS se encuentra inscrita ante FOGAFIN para efectos delSeguro de Depósito desde el 15 de enero de 2025. QUINTO. Que PAYCASH S.A. SOCIEDAD ESPECIALIZADA EN DEPÓSITOSY PAGOS ELECTRÓNICOS cuenta con la infraestructura técnica y operativarequerida para operar, de acuerdo con la evaluación adelantada por estaSuperintendencia, sin perjuicio de las actividades adicionales que desarrollaráprevio a la entrada en funcionamiento, conforme con lo indicado en elcronograma suministrado por la entidad a través del radicado 2025056690-029-000.

SEXTO. Que en desarrollo de la facultad prevista en el numeral 10 del artículo11.2.1.4.32 del Decreto 2555 de 2010, el Superintendente Delegado Adjuntopara Intermediarios Financieros y Seguros propuso al SuperintendenteFinanciero otorgar el certificado de autorización (o permiso de funcionamiento)a la sociedad especializada en depósitos y pagos electrónicos denominadaPAYCASH S.A. SOCIEDAD ESPECIALIZADA EN DEPÓSITOS Y PAGOSELECTRONICOS, de acuerdo con la recomendación emitida por laSuperintendente Delegada para Intermediarios Financieros, en ejercicio de lafacultad establecida en el numeral 17 del artículo 11.2.1.4.33 del Decreto 2555de 2010. SÉPTIMO. Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7° del artículo53 y en el literal a) del numeral 1° del artículo 326, ambos del EOSF, en armoníacon lo señalado en el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de2010, le compete al Superintendente Financiero autorizar el funcionamiento(expedir el certificado de autorización) de las entidades sujetas a inspección yvigilancia de esta Superintendencia, una vez se acredite su constitución regulary los demás requisitos previstos en la ley para el efecto. OCTAVO. Que, en atención a lo señalado en la Resolución No. 2100 del 1 dediciembre de 2023, el Comité Asesor de Autorizaciones del SuperintendenteFinanciero, en sesión celebrada el 28 de julio de 2025, evaluó la documentaciónasociada al presente trámite administrativo y le aconsejó sobre la viabilidad deautorizar el funcionamiento solicitado por PAYCASH S.A. SOCIEDADESPECIALIZADA EN DEPOSITOS Y PAGOS ELECTRÓNICOS

En virtud de lo expuesto, este Despacho

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. ¡AUTORIZAR a PAYCASH S.A. SOCIEDADESPECIALIZADA EN DEPOSITOS Y PAGOS ELECTRÓNICOS, domiciliada enBogotá D.C., para funcionar y desarrollar en todo el territorio nacional, lasactividades propias del objeto social exclusivo de las sociedades especializadasen depósitos y pagos electrónicos, lo cual equivale al “certificado deautorización” de que trata el numeral 7° del artículo 53 del EOSF.

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.coeElSuperintendenciaFinanciera de Colombia 1500 se. aRESOLUCION NUMERO DE 2025 HOJA No. 4Por medio de la cual se autoriza el funcionamiento (expide el certificado de autorización)a PAYCASH S.A SOCIEDAD ESPECIALIZADA EN DEPÓSITOS Y PAGOSELECTRÓNICOS ARTÍCULO SEGUNDO. ORDENAR que, por conducto de la Secretaría Generalde esta Superintendencia, se notifique personalmente el contenido de lapresente resolución al apoderado especial de PAYCASH S.A. SOCIEDADESPECIALIZADA EN DEPÓSITOS Y PAGOS ELECTRÓNICOS, entregándolecopia de ésta y advirtiendo que contra lo resuelto procede el recurso dereposición, el cual deberá interponerse ante el Superintendente Financiero deColombia dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de sunotificación,

ARTÍCULO TERCERO. REMITIR copia de esta resolución al Grupo deNotificaciones y Registro de esta Superintendencia para los efectos pertinentes. ARTÍCULO CUARTO. REMITIR copia de esta Resolución al Fondo de Garantíasde Instituciones Financieras -FOGAFINy al Banco de la República, para lo de sucompetencia. ARTÍCULO QUINTO. ASIGNARa la Dirección para Intermediarios FinancierosDos la supervisión de PAYCASH S.A. SOCIEDAD ESPECIALIZADA ENDEPÓSITOS Y PAGOS ELECTRÓNICOS, de conformidad con lo establecido enel artículo 8° de la Resolución 1636 del 23 de agosto de 2024. ARTÍCULO SEXTO. VIGENCIA el presente acto administrativo rige a partir desu ejecutoria.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los f] Y , del mes de VAGO: de 2025

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,

CÉSAR FERRARI, Ph.D.

000040Trámite: 2025056690

Revisado por: Felipe Noval Acevedo. Superintendente Delegado Adjunto para Intermediarios Financieros y Seguros. i Angela Cristina Silva Rojas. Coordinadora Grupo de Autorizaciones.Yenny Carolina Guevara Rivera. Presidenta Comité Asesor de Autorizaciones!

Claudia Patricla Rincón Bravo. Superintendente Delegada para IntermediarlosFinancieros (ZZ.

Mario Aiberto Sánchez García. Director Jurídico) Elaborado por: Ángela Maria Nleto Taborda. Profesional Especializada Grupo de poracnes fo Notificación:DoctorLUIS FERNANDO LÓPEZ ROCAApoderado Especial Accionistas Paycashservicio cash.com.co

SERVICIODirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia ste Supernmtendencia AL CIUDADANOde ColombiaDOCUMEN oORIGINAL RETIRADO AMANOConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www. superfinanciera.gov.co

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