SFC - Resolución 1542 de 2011
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1542 de 2011
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2011
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 1542 DE 2011 ( Septiembre 13 ) Por la cual se prorroga el término para dar cumplimiento a lo ordenado en la Resolución 567 del 12 de abril de 2011 LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA EMISORES, PORTAFOLIOS DE INVERSIÓN Y OTROS AGENTES en ejercicio de sus facultades legales, en especial la contenida en el numeral 12 de la letra A) del artículo 11.2.1.4.51 del Decreto 2555 de 2010, C O N S I D E R A N D O PRIMERO: Que mediante la Resolución 567 del 12 de abril de 2011 se ordenó a la sociedad Inversiones y Promotora Caminos Verdes S.A.S. acreditar a esta Superintendencia, dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la fecha de ejecutoria de la resolución en cuestión, la reversión de la suscripción de los contratos para la constitución de Agroindustrias de Colombia A&R S.A.S que fueron objeto de oferta pública, dejando sin efecto dichos negocios jurídicos.
SEGUNDO: Que la Resolución 567 del 12 de abril de 2011 fue notificada personalmente el 13 de mayo de 2011 al señor Orlando Ernesto Rodríguez Landínez, quién no interpuso recurso alguno y por tanto quedó ejecutoriada el 20 de mayo de 2011. El término para acreditar su cumplimiento comenzó a correr a partir del 21 de mayo y venció el 19 de agosto pasado.
TERCERO: Que el citado señor Orlando Rodríguez Landínez, en su calidad de
representante legal de la sociedad Inversiones y Promotora Caminos Verdes S.A.S., mediante escrito 2011061599 del 19 de agosto, radicó solicitud de prórroga manifestando que: “Para lograr reversar y dejar sin efectos los negocios jurídicos celebrados, INVERSIONES Y PROMOTORA CAMINOS VERDES S.A.S. tiene que devolver el dinero recibido en virtud de dichos actos jurídicos. Actualmente, INVERSIONES Y PROMOTORA CAMINOS VERDES S.A.S. se encuentra en una etapa preoperativa del proyecto, por lo que los recursos requeridos para hacer dicha devolución estarán disponibles en las próximas semanas del mes de septiembre de 2011; igualmente, se encuentra pendiente la acreditación del apoderado de un número indeterminado de personas a quienes deben devolvérseles sus recursos, sin que a la fecha se hayan presentado los poderes pertinentes.” CUARTO: Que tomando en consideración la intención de la sociedad Inversiones y Promotora Caminos Verdes S.A.S. de dar cumplimiento a lo ordenado, así como las dificultades para hacerlo que han sido puestas de presente y el estado preoperativo en el que se encuentra la sociedad, este Despacho considera procedente otorgar la prórroga para dar cumplimiento a lo ordenado en la Resolución 567 del 12 de abril de 2011. Por lo expuesto,
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN NÚMERO 1542 DE 2011 HOJA No.
Por la cual se prorroga el término para dar cumplimiento a lo ordenado en la Resolución 567 del 12 de abril de 2011
R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar por una sola vez, el término establecido en el
artículo primero de la parte resolutiva de la Resolución 567 del 12 de abril de 2011, para acreditar a la Superintendencia que se ha reversado la suscripción de los contratos para la constitución de Agroindustrias de Colombia A&R S.A.S. El término de la prórroga terminará el próximo 31 de octubre de los corrientes.
ARTÍCULO SEGUNDO: Con el fin de salvaguardar los derechos de los terceros que no han intervenido en la presente actuación, ordénese publicar copia de la parte resolutiva de la presente Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia, a fin de que puedan ejercer sus correspondientes derechos.
Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, ante la Superintendente Delegada para Emisores, Portafolios de Inversión y Otros Agentes, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. Los terceros interesados que no hayan intervenido en la presente actuación, podrán interponer el recurso de reposición dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la parte resolutiva del presente acto en el Boletín del Ministerio de Hacienda, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los 13 días del mes de septiembre de 2011.
SANDRA PATRICIA PEREA DÍAZ
Superintendente Delegada para Emisores Portafolios de Inversión y Otros Agentes
Elaboró: LTH
Revisó: ARV