🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SFC - Resolución 1575 de 2019

Superintendencia Financiera

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SFC - Resolución 1575 de 2019
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2019

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 1575 DE 2019 (92 N0V2019 —) Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 0666 del 21 de mayo de 2019, en cuanto a la conformación del Comité de Resiliencia Operacional de la Superintendencia Financiera de Colombia. EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO (E) En ejercicio de sus facultades legales, en especial, las que le confiere el artículo 11.2.1.4.2,, numerales 20, 21 y 24, del Decreto 2555 de 2010, modificado por el Decreto 1848 de 2016 y, CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que mediante la Resolución No. 0666 del 21 de mayo de 2019 se creó el Comité de Resiliencia Operacional de la Superintendencia Financiera de Colombia y se reguló su funcionamiento. SEGUNDO.- Que mediante la Resolución No. 1384 del 11 de octubre de 2019 se modificaron los artículos segundo y siguientes de la citada Resolución No. 0666, con el fin de complementar la conformación del Comité de Resiliencia Operacional y ampliar sus funciones, así como conformar un equipo interdisciplinario que apoyara su labor. TERCERO.- Que a partir del desarrollo de las actividades asignadas al mencionado Comité se ha considerado necesario incluir al Superintendente Delegado para Protección al Consumidor Financiero y Transparencia como miembro permanente del mismo, con voz y voto. CUARTO.- Que con fundamento en lo expuesto, este Despacho RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el Artículo Segundo de la Resolución No. 0666 del

21 de mayo de 2019, modificado por la Resolución No. 1384 del mismo año, el cual quedará así: ARTÍCULO SEGUNDO: INTEGRANTES. El Comité de Resiliencia Operacional de la Superintendencia Financiera de Colombia estará conformado por los siguientes funcionarios, quienes concurrirán con voz y voto, y serán miembros permanentes: a. El Superintendente Financiero o quien lo represente, quien lo presidirá. b. El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Intermediarios Financieros y Seguros. c. El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Emisores, Administradores de Activos e Intermediarios de Valores. d. El Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Riesgos. e. El Superintendente Delegado para Protección al Consumidor Financiero y Transparencia. f. El Secretario General. g. El Director de Investigación y Desarrollo.

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

RESOLUCIÓN No. 197% DE2019 Página 2

Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 0666 del 21 de mayo de 2019, en cuanto a la conformación del Comité de Resiliencia Cperacional de la Superintendencia Financiera de Colombia. A PUNTA h. El Superintendente Delegado para Protección al Consumidor Financiero y Transparencia, ¡. El Director de Tecnología. ¡. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación. k. El Coordinador del Grupo de Resiliencia Operacional. El Superintendente Delegado para Riesgos Operativos será invitado permanente y asistirá a

las sesiones del Comité con voz y sin voto. PARÁGRAFO PRIMERO. El Coordinador del Grupo de Resiliencia Operacional de la Superintendencia Financiera de Colombia será el Secretario Técnico del Comité y concurrirá a las sesiones con voz y voto. PARÁGRAFO SEGUNDO. El Comité de Resiliencia Operacional puede solicitar la asistencia de personal de otras áreas para la atención de temas específicos o de personal externo e independiente a la Superintendencia Financiera de Colombia. ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución No. 0666 del 21 de mayo de 2019.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 22 NOV 2019

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO (B), r

LY la U Opa CARLOS ALF LOZANO

Consultar sobre este documento ...