SFC - Resolución 1688 de 2017
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1688 de 2017
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2017
A SUPERINTENDENCIA FINANI M3 ras adicación 2017120266-019-000 se Estemba Fecha: 07/12/2017 03:32 PH Sec. Die: 81492 ¿rámite: T1-AA CANC. VOLUNT DE LA INSCRÍ Ánexos: No Salida
Tipo Loc: 38-RESPJESTA FINAL E Folios: 1
Áplica A: - - Encadenado: NO Kenitente: 4340)0 DIRECCION LEGAL DE IN Solicitud: Destinatario: 83-4 ASEVALORES Teléfopo: 684 02 CO
Carro: Ent: Caja: Pos: 24/01/2618
RESOLUCIÓN NÚMERO 1688 DE 2017 h7 a) LE O Por la cual se ordena la cancelación voluntaria de una inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores — RNAMV LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES Y OTROS AGENTES En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial la conferida por el numeral 6 del artículo 11.2.1.4.46 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO.- Que de acuerdo con lo previsto en el numeral 1 del parágrafo 3 del artículo 75 de la Ley 964 de 2005, los fondos mutuos de inversión que a 31 de diciembre de cada año, registren activos iguales o superiores a cuatro mil (4.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes a la fecha del respectivo corte, son entidades sometidas a la inspección y vigilancia permanente de la Superintendencia Financiera de Colombia.
SEGUNDO.- Que el FONDO MUTUO DE INVERSIÓN EMPLEADOS DE ASESORES EN VALORES S.A. (hoy Adcap Colombia S.A.) - ASEVALORES EN LIQUIDACIÓN- (en adelante el Fondo), identificado con el NIT 311.001.792-1, se encuentra sometido a ta inspección y vigilancia permanente de la Superintendencia Financiera de Colombia. TERCERO.- Que de conformidad con lo indicado en la sesión de Asamblea Extraordinaria de Afiliados celebrada el 23 de junio de 2017, cuyas decisiones quedaron consignadas en el acta No. 24, se votó de manera favorable por parte del 72% de los afiliados la liquidación del Fondo en mención, y, adicionalmente, se designó como Liquidadora a la doctora Olga Lucía Gil Arbeláez y como suplente a la doctora Isabel Cristina Castaño. Así mismo, mediante Asamblea Extraordinaria de Afiliados llevada a cabo el 28 de septiembre de 2017 y consignada en el Acta No. 025, el 70,08% de los afiliados impartieron la aprobación de la cuenta final de liquidación del fondo mutuo presentada por la Gerencia del Fondo y la respectiva devolución de los aportes producto de la liquidación del mismo. CUARTO.- Que de conformidad con lo establecido por el artículo 5.3.4.1.2 del Decreto 2555 de 2010, “Las personas inscritas en el RNAMV podrán voluntariamente solicitar la cancelación de su inscripción, para lo cual deberán allegar a fa Superintendencia Financiera de Colombia petición en tal sentido,
suscrita por el representante legal, explicando el motivo de la misma.” QUINTO.- Que mediante comunicación radicada en esta Superintendencia el 6 octubre de 2017 bajo el número 2017120266-000-000, el Fondo, a través de su liquidadora, presentó la siguiente petición: SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 1053 DE 2017 : Página 2 de 3 Por la cual se ordena la cancelación voluntaria de una inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores — RNAMV “Solicitamos cancelación en el RNAMV del Fondo Mutuo de Inversión y Ahorro de los Empleados Asesores en Valores S.A. hoy ADCAP COLOMBIA S.A. “ASEVALORES EN LIQUIDACIÓN” con Nit, 811.001.7921, adjuntamos copia de Acta de disolución según Asamblea Extraordinaria de socios realizada el día 28 de septiembre de 2017”. SEXTO.- Que el Fondo mediante comunicación radicada bajo el número 2017120266-015-000 del 30 de noviembre de 2017, complementó y aclaró la información que fuere requerida por esta Superintendencia dentro del tramite de autorización para la cancelación de la inscripción en el RNAMV. Así las cosas, el Fondo acreditó el cumplimiento de los requisitos exigidos para que esta Superintendencia autorice la cancelación voluntaria de la inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores —RNAMV-, allegando la documentación requerida para tal efecto. SÉPTIMO.- Que la Delegatura para Supervisión de Riesgos de Mercado y
Liquidez, el Grupo de Contabilidad y la Delegatura para Emisores, Portafolios de inversión y Otros Agentes de la Superintendencia Financiera de Colombia, rindieron los conceptos respectivos respecto al trámite de autorización para la cancelación voluntaria de la inscripción del Fondo en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores —RNAMV-. OCTAVO.- Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 11.2.1.4,46 del Decreto 2555 de 2010, corresponde'a l Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y Otros Agentes, ordenar la cancelación voluntaria de la inscripción de los intermediarios en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV. En mérito de lo expuesto en las anteriores consideraciones este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores — RNAMV del FONDO MUTUO DE INVERSIÓN EMPLEADOS DE ASESORES EN VALORES S.A. (hoy Adcap Colombia S.A. ASEVALORES EN LIQUIDACIÓN identificado con el NIT 811.001.792-1, inscrito en ta! registro como intermediario del mercado de valores.
PARÁGRAFO: Sin perjuicio de que el Fondo acreditó el cumplimiento de los requisitos exigidos para que esta Superintendencia autorice la cancelación voluntaria de la inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores —-RNAMV-, esta Agencia Estatal advierte que se debe adelantar la liquidación del Fondo de acuerdo con los parámetros establecidos en el artículo 19
del Decreto 2968 de 1960, ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente resolución a la Liquidadora doctora Olga Lucía Gil Arbeláez o a quien haga sus veces, acto en el cual deberá entregársele copia de la misma y advertirsele que contra ella procede el recurso de reposición, el cual deberá ser interpuesto ante este Despacho dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir del día posterior a su notificación.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO [938 DE 2017 Página 3 de 3
Por la cual se ordena la cancelación voluntaria de una inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores — RNAMV ARTÍCULO TERCERO: ADVERTIR que la cancelación de la inscripción del FONDO MUTUO DE INVERSIÓN EMPLEADOS DE ASESORES EN VALORES S.A. (hoy Adcap Colombia S.A.)- ASEVALORES EN LIQUIDACIÓNen el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores —-RNAMV-, no lo libera del cumplimiento de las obligaciones que como Fondo vigilado tenga pendientes frente a terceros o inclusive frente a esta Superintendencia.
ARTÍCULO CUARTO: ORDENAR la publicación de la presente resolución en el
Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capitulo Superintendencia Financiera de Colombia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE , MI can
Dada en Bogotá D.C., 27 NIC 231?