SFC - Resolución 1691 de 2014
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1691 de 2014
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2014
.. -_ ..... _--- ---- Illll~llll '0· fl 11111 111111 Ifll 11111 I M~~~~m.w: Rediceci6n 2013112106-098-000 ... - Fecho: 29/0912014 02'28 PM Seco Dio' 723
T¡áIlit, , 147-11 CONSTITUCIóN DE ENTIDADE Anexos' No Salida INANCIERADE'COLOMBIA
tiPO Doc: S8-RESPUEstA FINAL E Folios: a Apl!ca A: - Encadenado: NO
RemItente: 122000 DirecciOn de Fiduciarl Solicitud:
Destinatario' 79733123 DAVID LOPEZ BRUCE Teléfono' óll4 02 DO Carro' Ent' Cajo: PoS' 26/03/2016 1691
RESOLUCiÓN NÚM'E¡(Ó DE 2014 ( 9 2014)
~2 S[l. Por medio de la cual se autoriza la constitución de BTG PACTUAL SOCIEDAD
FIDUCIARIA S.A.
EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de la que le confiere el numeral 5° del artículo 53 y el literal a) del numeral 1° del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en concordancia con lo establecido en el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a la Superintendencia Financiera de Colombia le corresponde ejercer la inspección y vigilancia de las sociedades fiduciarias, de conformidad con lo previsto en el literal a), numeral 2° del artículo 325 del Estatuto Orgánico del
Sistema Financiero, en concordancia con el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010.
SEGUNDO: Que conforme con el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, al Superintendente Financiero le corresponde autorizar, respecto de las entidades sujetas a inspección y vigilancia, su constitución y funcionamiento.
TERCERO: Que mediante comunicación radicada con el número 2013112105-000 del 27 de diciembre de 2013, el doctor David Leonardo Lopez Bruce, acreditando debidamente su condición de apoderado de Roberto Balls Salloutti, Marcelo Kalim, Renato Monteiro Dos Santos, BTG PACTUAL HOLDING INTERNACIONAL S.A. y BTG PACTUAL WM GESTAO DE RECURSOS LT OA, solicitó autorización a la Superintendencia Financiera de Colombia para la constitución de la sociedad fiduciaria "BTG PACTUAL SOCIEDAD FIDUCIARIA S.A.", con domicilio en la ciudad de Medellín.
CUARTO: Que en la comunicación referida se indicó que el capital de constitución de "BTG PACTUAL SOCIEDAD FIDUCIARIA S.A." será de QUINCE MIL MILLONES DE PESOS ($15.000.000.000), aportado en las siguientes proporciones:
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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
1691
RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2014 HOJA No. 2
Por medio de la cual se autoriza la constitución de BTG PACTUAL SOCIEDAD FIDUCIARIA S.A. ..
NUMERO DE ACCIONES
ACCIONISTAS APORTE PARTICIPACION
(VALOR ACCiÓN $1.000) BTG PACTUAL HOLDING $ 14:175.045.000 14.175.045 94,50%
INTERNACIONAL S.A.
BTG PACTUAL WM GESTAO DE 820.500.000 820.500 5,47% RECURSOS LT OA ROBERTO BALLS SALLOUTII 1.485.000 1.485 001% MARCELO KALlM 1.485.000 1.485 0,01% RENATO MONTEIRO DOS 1.485.000 1.485 0,01% SANTOS TOTAL $ 15.000.000.000 15.000.000 100% QUINTO: Que el capital de constitución antes indicado supera el minimo requerido a las Sociedades Fiduciarias por el numeral 1 del artículo 80 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el cual para la vigencia 2014, asciende a la suma de CINCO
MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS
($5,846,000,000). El pago del capital de constitución de QUINCE MIL MILLONES DE PESOS ($15.000.000.000), se acreditará ante esta Superintendencia, entre otros requisitos, en forma previa a la expedición del certificado de autorización, según lo exige el numeral 7 del artículo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
SEXTO: Que mediante oficio 2013112105-089 del 6 de agosto de 2014, previa verificación de los requisitos exigidos por el artículo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, esta entidad autorizó la publicación del aviso sobre la intención de constituir una sociedad fiduciaria.
SÉPTIMO: Que mediante comunicación radicada el 20 de Agosto de 2014 (derivado 090), se allegaron a la actuación "dos publicaciones del aviso de intención de constitución, con un intervalo de cuatro (4) días asf: 2.1 Primera Publicación: Jueves 14 de agosto de 2014, página veintinueve (29), sección Negocios del Diario La República, del cual se anexa un ejemplar completo a la presente comunicación como Anexo 1 y, 2.2. Segunda Publicación: Lunes 18 de agosto de 2014, página diecinueve (19), Sección Negocios del Diario La República, del cual se anexa un ejemplar completo como Anexo 2", con lo cual se surtió el requisito previsto en el numeral 4° del artículo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
OCTAVO: Que transcurrido el plazo previsto por el numeral 4° del articulo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, no se presentaron oposiciones por parte de terceros a la intención de constituir la sociedad BTG PACTUAL SOCIEDAD
FIDUCIARIA S.A.
NOVENO: Que en cumplimiento de lo establecido en el numeral 6° del articulo 11.2.1.4.18 del Decreto 2555 de 2010, dentro del ámbito de su competencia las Delegaturas de Riesgos de la Superintendencia Financiera de Colombia emitieron concepto previo sobre la constitución de esta sociedad fiduciaria, concluyendo que se acreditaron los requisitos legales necesarios para autorizar la constitución de la nueva entidad.
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, SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ," " 1691
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RESOLUCiÓN NUMERO DE 2014 HOJA No, 3
Por medio de la cual se autoriza la constitución de BTG PACTUAL SOCIEDAD FIDUCIARIA S.A.
DECIMO: Que en cumplimiento de lo establecido en el numeral 9 del artículo 11,2.1.4.35, la Delegatura para Pensiones, Cesantías y Fiduciarias, efectuó el análisis que corresponde sobre los montos de capital y capacidad financiera de los constituyentes, el origen de los recursos, el plan de negocios y la viabilidad del mismo, el proyecto de estatutos y las hojas de vida de los socios y administradores, en los términos de los numerales 3° y 5° del artículo 53 del Estatuto Orgánico del
Sistema Financiero.
DÉCIMO PRIMERO: Que la solicitud de la constitución BTG PACTUAL SOCIEDAD FIDUCIARIA SA fue puesta en conocimiento del Consejo Asesor en la reunión llevada a cabo el 26 de septiembre de 2014 el cual impartió su concepto favorable.
DÉCIMO SEGUNDO: Que, una vez evaluada la referida solicitud y establecido el carácter, responsabilidad, idoneidad y solvencia patrimonial de los interesados, este Despacho encuentra que se cumplen los requisitos legales establecidos y que es viable la constitución de la sociedad BTG PACTUAL SOCIEDAD FIDUCIARIA SA Por lo expuesto, RESUELVE: ARTíCULO PRIMERO: AUTORIZAR la constitución de la sociedad fiduciaria denominada BTG PACTUAl SOCIEDAD FIDUCIARIA S.A., que tendrá domicilio
en la ciudad de Medellín, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente Resolución.
PARÁGRAFO: La autorización que por medio del presente acto se concede, no exonera a la sociedad BTG PACTUAL SOCIEDAD FIDUCIARIA SA de obtener el r certificado de autorización de que trata el numeral del artículo 53 del mencionado
Estatuto.
ARTíCULO SEGUNDO: ADVERTIR que, en atención a lo previsto en el numeral 6° del artículo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de ejecutoria de la presente providencia, se deberá acreditar ante esta entidad la constitución regular de BTG PACTUAL SOCIEDAD FIDUCIARIA SA, remitiendo copia auténtica de la escritura pública de constitución y el certificado expedido por la Cámara de Comercio respectiva, en el que conste la inscripción de la misma en el registro mercantil. Dentro del mismo plazo, se deberá allegar una certificación suscrita por el representante legal y el revisor fiscal de la sociedad en el que se acredite el pago del capital suscrito.
ARTIcULO TERCERO: ADVERTIR que mientras se obtiene el certificado de autorización (permiso de funcionamiento) correspondiente. conforme al inciso segundo del numeral 6° del artículo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, BTG PACTUAL SOCIEDAD FIDUCIARIA SA, no estará habilitada para desarrollar las actividades propias de su objeto, sino sólo aquellas relacionadas con su organización.
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RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2014 HOJA No. 4
Por medio de la cual se autoriza la constitución de BTG PACTUAL SOCIEDAD FIDUCIARIA SA ARTíCULO CUARTO: ORDENAR que por Secretaria General se notifique personalmente el contenido del presente acto administrativo al doctor David Leonardo López Bruce, apoderado de Roberto Balls Salloutti, Marcelo Kalim, Renato Monteiro Dos Santos, BTG PACTUAL HOLDING INTERNACIONAL SA y BTG PACTUAL WM GESTAD DE RECURSOS LT OA, entregándole copia y advirtiéndole que contra la misma procede el recurso de reposición ante el Superintendente Financiero, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su notificación.
ARTicULO QUINTO: REMITIR copia de esta providencia a la Oficina de Registro de esta Superintendencia para los efectos pertinentes.
ARTíCULO SEXTO: ORDENAR la publicación de la presente Resolución, en el
Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia.
NOTIFiQUESE, PUBliQUESE y CÚMPLASE 9 SEr. 2014
Dada en Bogotá, D.C., a los ~2
El SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COlOM BIA,
GE~O HERN'ANDEl CORREA
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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
;,., 1691
RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2014 HOJA No. 5
Por medio de lá cual se autoriza la constitución de BTG PACTUAL SOCIEDAD FIDUCIARIA SA
Notificar a: Doctor
DAVID LEONARDO LOPEZ BRUCE
Apoderado Especial Calle 70 A No. 4-41 Bogotá 120000/124000/122000
Proyecta: CRCJ
Revisa: MFMA / MCR
Aprueba: JCBB
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