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SFC - Resolución 1699 de 2012

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 1699 de 2012
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2012

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 1699 DE 2012 ( Octubre 22 ) Por la cual se autoriza el funcionamiento (certificado de autorización) de una Corporación Financiera EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO en uso de sus atribuciones legales y, en especial, de las que le confieren los numerales 5 y 7 del artículo 53 y el literal a) del numeral 1 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en armonía con el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010 y el literal a) del numeral 2 del artículo 325 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (en adelante EOSF), le compete a la Superintendencia Financiera de Colombia ejercer la inspección y vigilancia de las corporaciones financieras, entre otras entidades. SEGUNDO. Que mediante Resolución 566 del 18 de abril de 2012, aclarada mediante Resolución 679 del 10 de mayo de 2012, el Superintendente Financiero autorizó la constitución del establecimiento de crédito denominado ITAÚ BBA

COLOMBIA S.A. CORPORACIÓN FINANCIERA.

TERCERO. Que mediante comunicaciones radicadas con el número 2012068997, derivados 000, 004, 014 y 032 del 06 y 24 de agosto y del 4 y 16 de octubre de 2012, respectivamente, se acreditaron los requisitos previstos por el numeral 7 del

artículo 53 del EOSF para la expedición del permiso de funcionamiento (certificado de autorización) de ITAÚ BBA COLOMBIA S.A. CORPORACIÓN FINANCIERA., a saber: a) la constitución regular de la sociedad mediante la escritura pública 1334 otorgada el 19 de junio de 2012 en la Notaría 41 de Bogotá, la cual fue inscrita en el registro mercantil de la Cámara de Comercio de Bogotá el día 21 de junio de 2012 con matrícula número 2226509; b) el pago del capital de constitución de la corporación financiera; c) la existencia de la infraestructura técnica y operativa necesaria para funcionar regularmente; d) la inscripción en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras - Fogafín. CUARTO. Que de conformidad con lo preceptuado por los numerales 5 y 7 del artículo 53 y el literal a) del numeral 1 del artículo 326 del EOSF, en armonía con el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, le compete al Superintendente Financiero autorizar el funcionamiento (certificado de autorización) de las entidades que deben quedar sometidas a su inspección y SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Resolución Número 1699 de 2012 Página 2 Por la cual se autoriza el funcionamiento (certificado de autorización) de una Corporación Financiera vigilancia, una vez se acredite su constitución regular y los demás requisitos previstos en la ley para el efecto. En mérito de lo anteriormente expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. AUTORIZAR a ITAÚ BBA COLOMBIA S.A.

CORPORACIÓN FINANCIERA, domiciliada en esta ciudad, para funcionar y desarrollar en todo el territorio nacional las actividades propias de su objeto social, de conformidad con lo autorizado por la ley a las corporaciones financieras, con lo cual se expide el certificado de autorización de que trata el numeral 7 del artículo 53 del EOSF. ARTÍCULO SEGUNDO. ORDENAR la publicación de esta resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia. ARTÍCULO TERCERO. REMITIR copia de esta providencia a la Oficina de Registro de la Superintendencia Financiera para los efectos pertinentes. ARTÍCULO CUARTO. ORDENAR que por Secretaría General se notifique personalmente el contenido de la presente resolución al apoderado especial de ITAÚ BBA COLOMBIA S.A. CORPORACIÓN FINANCIERA, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse ante el Superintendente Financiero dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de notificación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C, a los 22 días del mes de octubre de 2012.

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Resolución Número 1699 de 2012 Página 3

Por la cual se autoriza el funcionamiento (certificado de autorización) de una Corporación Financiera

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