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SFC - Resolución 1723 de 2022

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 1723 de 2022
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2022

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Radicación:2022190099-000-000

Fecha: 2022-11-30 17:26 Sec.día1026

Anexos: No

Trámite::773-CORRESPONDENCIA INFORMATIVA

Tipo doc: :31-31 REMISION DE INFORMACION Remitente: 000000-DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO Destinatario::1 - 13-BBVA COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 1723 DE 2022 (30 de noviembre de 2022) Por la cual se identifica a BBVA Colombia como entidad con importancia sistémica EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En cumplimiento de lo establecido en el parágrafo del artículo 2.1.1.4.3 del Decreto 2555 de 2010 y el numeral 4 del Anexo 3 del Capítulo XIII-16 de la Circular Básica Contable y Financiera: CONSIDERANDO PRIMERO: Que el artículo 2.1.1.4.3 del Decreto 2555 establece para los establecimientos de crédito la obligación de constituir un colchón para entidades con importancia sistémica, para lo cual dispuso que la Superintendencia Financiera de Colombia anualmente publicará el listado de entidades con importancia sistémica con base en una metodología que contenga como mínimo las siguientes categorías: tamaño, interconexión, sustituibilidad y complejidad, y que deberá especificar el plazo por entidad para dar cumplimiento al colchón de que trata el referido artículo.

SEGUNDO: Que mediante Circular Externa 030 de 2019 se definió la Metodología para la identificación de las entidades con importancia sistémica (EIS), la cual se encuentra incorporada en el

anexo 3 del Capítulo XIII-16 de la Circular Básica Contable y Financiera, cuyo numeral 4 señala que la Superintendencia Financiera de Colombia “publicará las puntuaciones de los establecimientos de crédito identificados como entidades con importancia sistémica a más tardar en noviembre de cada año, con información cifras a junio del mismo año” y que “los establecimientos de crédito que sean considerados como EIS serán notificados de forma individual por la SFC, especificando el plazo para dar por cumplimiento al colchón de que trata el artículo 2.1.1.4.3 del Decreto 2555 de 2010.” TERCERO: Que, como parte de los compromisos adquiridos en el marco del Comité de Coordinación y Seguimiento al Sistema Financiero, la metodología y los resultados obtenidos fueron presentados a las autoridades miembro en la Sesión No.83 del 19 de septiembre de 2022.

CUARTO: Que conforme lo establece la metodología para la identificación de las EIS, correspondiente al ejercicio con la información con corte al 30 de junio de 2022, BBVA Colombia obtuvo un indicador EIS de 0.087 para los cuatro componentes, superando el umbral definido en el numeral 3 del anexo 3

del Capítulo XIII-16 de la Circular Básica Contable y Financiera. En mérito de lo anteriormente expuesto, este Despacho, SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA R E S U E L V E: PRIMERO: Identificar como entidad de importancia sistémica a BBVA Colombia con NIT 8600030201, de conformidad con el resultado para los cuatro componentes del indicador establecidos en la metodología para la identificación de las EIS.

SEGUNDO: Comunicar a BBVA Colombia que como consecuencia de ser identificada como una entidad de importancia sistémica debe constituir el colchón de capital adicional equivalente al 1% del valor de los activos ponderados por nivel de riesgo (APNR) de crédito, mercado y operacional, que deberá mantenerse en el Patrimonio Básico Ordinario neto de deducciones (PBO), en los términos previstos en el Decreto 1477 de 2018, modificado por el Decreto 1421 de 2019, incorporados en el Decreto 2555 de 2010, y las instrucciones contenidas en la Circular Externa 020 de 2019 y el Capítulo XIII-16 “Margen de solvencia y otros requerimientos de patrimonio” de la Circular Básica Contable y

Financiera.

TERCERO: Notificar personalmente el contenido de la presente Resolución al doctor Mario Pardo Bayona identificado con Cédula de Extranjería 1.098.155, en su calidad de representante legal de BBVA Colombia. o a quien haga sus veces, acto en el cual deberá entregársele copia de la misma y advertírsele que contra ella procede únicamente el recurso de reposición ante el Superintendente Financiero de Colombia, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011.

CUARTO: Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera y en la página web de esta última entidad.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los treinta días del mes de noviembre de dos mil veintidós.

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ

Superintendente Financiero

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO

Elaboró:

HERNAN FELIPE RAMIREZ ROZO

Revisó y aprobó:

--CAMILA ADRIANA QUEVEDO VEGA

INGRID JULIANA LAGOS CAMARGO

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

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