SFC - Resolución 1820 de 2012
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1820 de 2012
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2012
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 1820 DE 2012 ( Noviembre 08 ) Por la cual se ordena la cancelación de una inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES Y OTROS AGENTES (E) En ejercicio de la atribución que le confiere el numeral 6 del artículo 11.2.1.4.47 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que esta Superintendencia mediante Resolución 0622 del 24 de marzo del 2010, ordenó la inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores – RNAMV, de la sociedad ICAP FX COLOMBIA S.A., identificada con el NIT 830.045.642-3, en su condición de sociedad administradora de un sistema de negociación de divisas. SEGUNDO.- Que de conformidad con lo establecido por el artículo 5.3.4.1.2 del Decreto 2555 de 2010 “Las personas inscritas en el RNAMV podrán voluntariamente solicitar la cancelación de su inscripción, para lo cual deberán allegar a la Superintendencia Financiera de Colombia petición en tal sentido, suscrita por el representante legal, explicando el motivo de la misma”. TERCERO.- Que mediante comunicación radicada bajo el número 2012094479000 del 31 de octubre de 2012, el doctor Agustín Morales Bermúdez, en calidad de representante legal de la sociedad ICAP FX COLOMBIA S.A., solicita la cancelación de la sociedad ICAP FX COLOMBIA S.A en el Registro Nacional de
Agentes del Valores RNAMV. Frente a la petición en mención, manifiesta el doctor Morales Bermúdez que el 5 de junio de 2012 bajo el radicado 2012044521-000-000 se presentó ante esta Superintendencia la solicitud de autorización para que la sociedad SET-ICAP FX fuese el administrador del Sistema de Negociación y Registro de Operaciones sobre Divisas, operación respecto de la cual esta Superintendencia no encontró ninguna objeción. En adición a lo anterior, señala que el 29 de febrero de 2012 con comunicación radicada en esta Superintendencia con el número 2012016641-000, sometió a consideración de este Organismo de vigilancia la modificación y aprobación del Reglamento del Sistema de Negociación y Registro de Operaciones sobre Divisas ICAPCO-Divisas para ser administrado por SET-ICAP, reglamento al cual le fue impartida la correspondiente aprobación por medio de la Resolución 1655 del 12 de octubre de 2012. CUARTO.- Que el doctor Agustín Morales Bermúdez, representante legal de la sociedad ICAP FX COLOMBIA S.A., adjuntó a la comunicación radicada bajo el número 2012094479-000 del 31 de octubre de 2012, copia del acta No. 29 correspondiente a la reunión de la Asamblea de Accionistas de ICAP FX celebrada el 30 de octubre del 2012, por medio de la cual el citado órgano societario autoriza la modificación al objeto social de la citada entidad.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN NÚMERO 1820 DE 2012 HOJA No 2
Por la cual se ordena la cancelación de una inscripción en el Registro Nacional de Agentes del
Mercado de Valores. QUINTO.- Que la cancelación voluntaria de la sociedad ICAP FX COLOMBIA S.A. en el RNAMV es procedente toda vez que se acredita el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.3.4.1.2 del Decreto 2555 de 2010. SEXTO.- Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 11.2.1.4.47 del Decreto 2555 de 2010, corresponde al Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y Otros Agentes, ordenar la cancelación voluntaria de los intermediarios en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV de la sociedad ICAP FX COLOMBIA S.A., identificada con el NIT 830.045.642-3, con domicilio en la ciudad de Bogotá La sociedad ICAP FX COLOMBIA S.A. deberá remitir a esta Superintendencia dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ejecutoria del presente acto administrativo, la certificación de la Cámara de Comercio del domicilio social, donde además de acreditar la modificación de su razón social, se evidencie el ajuste del objeto social de la entidad en el cual deberá ser eliminado cualquier alusión a actividades propias de las entidades sometidas a la vigilancia de esta Superintendencia o a las que son exclusivas de entidades que requieren inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores –
RNAMV.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR personalmente el contenido de la
presente resolución al Representante Legal de la sociedad ICAP FX COLOMBIA S.A., o a quien haga sus veces, entregándole copia de la misma, advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición ante el Superintendente Financiero, el cual debe interponerse dentro de los díez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
ARTÍCULO TERCERO: Ordenar la publicación de la presente resolución en el
Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de noviembre de 2012.