SFC - Resolución 1821 de 2013
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 1821 de 2013
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2013
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 1821 DE 2013 ( Octubre 04 ) Por medio de la cual se dispone la prórroga al término dispuesto para la medida de toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de la sociedad CÓNDOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las previstas en los artículos 115, numeral 2 del 116, literal d) del numeral 5 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en el numeral 13 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO.- Que la sociedad CÓNDOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES identificada con NIT 890300465-8 (en adelante “SEGUROS CÓNDOR”), domiciliada en Bogotá D.C., es una compañía de seguros sometida a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, en virtud de lo dispuesto en los artículos 38 y numeral 2 del artículo 325, del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. SEGUNDO.- Que esta superintendencia ordenó la toma de posesión sobre los bienes, haberes y negocios de la sociedad SEGUROS CÓNDOR mediante la Resolución número 1482 de 5 de agosto de 2013 por las razones expuestas en las consideraciones de la misma. TERCERO.- Que el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras – FOGAFIN mediante comunicación radicada ante esta superintendencia el día 4 de octubre
de 2013, identificada con el número de radicación 2013068788-404-000, ha solicitado a esta superintendencia evaluar la posibilidad de prorrogar por un término de dos (2) meses adicionales, la vigencia de la medida de toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de la compañía SEGUROS CÓNDOR, con el objeto de que “…el Agente Especial pueda determinar la viabilidad de
CÓNDOR S.A., COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES…”
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN NÚMERO 1821 DE 2013 HOJA No. 2
Por medio de la cual se dispone la prórroga al término dispuesto para la medida de toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de la sociedad CÓNDOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES CUARTO.- Que tal como lo disponen el inciso segundo del artículo 115 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en concordancia con el numeral 2 del artículo 116 del mismo cuerpo normativo, la decisión de si la entidad debe ser objeto de liquidación, o si es posible colocarla en condiciones de desarrollar adecuadamente su objeto social, o si se pueden realizar otras operaciones que permitan lograr mejores condiciones para sus acreedores, debe ser tomada por la Superintendencia Financiera de Colombia en un plazo no mayor a dos meses, que podrá ser prorrogado por este ente de supervisión hasta por un periodo igual. QUINTO.- Que para tomar cualquier decisión frente a las acciones a tomar en relación con la sociedad SEGUROS CÓNDOR, esta superintendencia tiene la
obligación de tomar en consideración la solicitud efectuada por el FOGAFIN sobre el particular. SEXTO.- Que en virtud de lo expuesto en las consideraciones precedentes, y en desarrollo de las facultades previstas en los artículos 115, 116, numeral 2, 326 numeral 5, literal d) y 328 numeral 2 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en el numeral 13 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, la Superintendencia Financiera, R E S U E L V E ARTÍCULO PRIMERO.- Prorrogar hasta el 5 de diciembre de 2013, el término de la medida de toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de la sociedad CÓNDOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES, la cual fuera ordenada mediante la Resolución número 1482 de 5 de agosto de 2013, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar personalmente el contenido de la presente resolución al doctor Mauricio Castro Forero, Agente Especial de la sociedad CÓNDOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES, informándole que contra la presente resolución procede el recurso de reposición que deberá ser interpuesto dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación ante el
Superintendente Financiero.
ARTÍCULO TERCERO: Ordenar la publicación de la presente resolución, por una sola vez, en un diario de circulación nacional y en el Boletín del Ministerio de
Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia. Así mismo se deberá divulgar a través de los mecanismos de información
electrónica de que disponga la Superintendencia Financiera.
ARTÍCULO CUARTO: Notifíquese personalmente lo dispuesto en la presente resolución al Banco de la República, a la Bolsa de Valores de Colombia, a los Depósitos Centralizados de Valores, a los sistemas de negociación y/o registro de
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
RESOLUCIÓN NÚMERO 1821 DE 2013 HOJA No. 3
Por medio de la cual se dispone la prórroga al término dispuesto para la medida de toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de la sociedad CÓNDOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES operaciones sobre valores y/o divisas, a los sistemas de compensación y/o liquidación de valores, a la cámara de compensación de divisas, y a la cámara de riesgo central de contraparte.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 04 días del mes de octubre de 2013.