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SFC - Resolución 2065 de 2025

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 2065 de 2025
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2025

w ¿ Superintendenciai Financiera de Colombia 'Seas a Radicación, 2025066980-927-900 !@ fee de Cotemibin,sha: 14/11/2025 02:4 Sec. Dia: 3800“Tréaite: 240-AA AP O CIERRE OFTipo Doo: S8-RESPUESTA PINALEve TCU AOS:Ye" suseAplica A: - Encade:nados NO| Renitente: 000040 000040-GRUPO DE AUTORI Solicitud:Destinatario: 78938984 JQasE HERNANDO HE Teléfono: pot 02 00Carro: Ent: Caja: Pos: 21/02/20: y RESOLUCIÓN Dime 065 252025(1 4NOV 2005 ) Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representaciónde la entidad del exterior AT GLOBAL MARKETS INTL LTD para realizaractos de promoción y publicidad de sus productos y servicios en Colombia LA ASESORA DEL DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIEROENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL CARGO DEL SUPERINTENDENTEFINANCIERO En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de las que le confiere elnumeral 15 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, la Resolución 2609del 16 de octubre de 2025 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y, CONSIDERANDO: PRIMERO. - Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 4.1.1.1.2 delDecreto 2555 de 2010, las instituciones del mercado de valores del exterior quepretendan promover y publicitar productos y servicios del mercado de valoresen Colombia o a sus residentes, deben establecer una oficina de representacióno celebrar un contrato de corresponsalía con una sociedad comisionista de bolsade valores o con una corporación financiera.

SEGUNDO. - Que corresponde al Superintendente Financiero autorizar elestablecimiento en el país de oficinas de representación de instituciones delmercado de valores del exterior, de acuerdo con lo previsto en el numeral 15 delartículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, así como ejercer la inspección,vigilancia y control sobre dichas oficinas, de conformidad con lo previsto en elartículo 4.1.1.1.12 del mismo Decreto. TERCERO. - Que mediante comunicación radicada bajo el número 2025066989-000-000 radicada el 2 de mayo de 2025, Jorge Hernando Mendoza Duqueapoderado especial de AT GLOBAL MARKETS INTL LTD, de conformidad conel poder otorgado y suscrito por el señor Siu Man Kit, en su condición deRepresentante Legal de la institución del exterior en Colombia, solicitóautorización para la apertura de una oficina de representación de AT GLOBALMARKETS INTL LTD para realizar las actividades de promoción y publicidad desus productos y servicios en Colombia. . CUARTO. - Que el apoderado especial de AT GLOBAL MARKETS INTL LTD:allegó la documentación e información requerida‘en el artículo 4.1.1.1.4 del ~Decreto 2555 de 2010, así como en la lista de chequeo M-LC-AUT-024,

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.Superintendencia90 6 Financiera de Colombia5RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 HOJA No.2Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representación de la entidad delexterior AT GLOBAL MARKETS INTL LTD para realizar actos de promoción y publicidad de susproductos y servicios en Colombia

implementada por esta Superintendencia de acuerdo con lo previsto en elCapítulo I, Título I, Parte I de la Circular Básica Juridica (CBJ). QUINTO. - Que AT GLOBAL MARKETS INTL LTD es una compañíadebidamente constituida y actualmente existente en cumplimiento de la Leyesde la República de Mauricio desde el 23 de julio de 2018 con el número deidentificación 157819, con Licencia Comercial Global No. C118023331 y laLicencia de Agente de Inversiones No. C118023331 concedidas por la Comisiónde Servicios Financieros de Mauricio. SEXTO. - Que la actividad en Colombia de las oficinas de representación selimita exclusivamente a promover o publicitar los productos y servicios queconstituyen el objeto social de la institución del exterior representada enColombia, según las reglas establecidas en los artículos 4.1.1.1.7 y 4.1.1.1.8 delDecreto 2555 de 2010, y en atención a la autorización específica otorgada parael efecto por esta Superintendencia. SÉPTIMO. - Que de acuerdo con el plan general de funcionamiento allegado, laoficina de representación AT GLOBAL MARKETS INTL LTD en Colombiapromocionará y publicitará únicamente la construcción de portafolios deinversión conformados por una combinación de los siguientes activos deinversión: (i) Forex, y (li) Contratos por Diferencia los cuales tendránsubyacentes en Acciones, ETFs, Commodities e Indices.

OCTAVO. - Que en desarrollo de las facultades previstas en el numeral 3 delartículo 11.2.1.4.46 y en el numeral 3 del artículo 11.2.1.4.42, ambos delDecreto 2555 de 2010, la Superintendente Delegada para Intermediarios deValores y la Superintendente Delegada Adjunta para Mercado de Capitales,propusieron al Superintendente Financiero autorizar que AT GLOBAL MARKETSINTL LTD realice actos de promoción de sus productos y servicios en Colombiaa través de la oficina de representación, previa validación del cumplimiento delos requisitos aplicables. NOVENO. - Que, en atención a lo señalado en la Resolución número 2100 del1 de diciembre de 2023, el Comité Asesor de Autorizaciones del SuperintendenteFinanciero, en sesión celebrada el 12 de noviembre de 2025, evaluó ladocumentación asociada al presente trámite administrativo y le aconsejó sobrela viabilidad de otorgar la autorización formulada por la oficina derepresentación. DÉCIMO. Que de conformidad con el artículo 11.2.1.4.46 del Decreto 2555 de2010, corresponde al Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores,adicional a las funciones previstas en los numerales 1 al 10 del citado artículo,las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de ladependencia. DÉCIMO PRIMERO. Que según lo previsto en el numeral 1.1.3 de la CapítuloII, Titulo II, Parte I de la CBJ, para la promoción o publicidad de productos y

1 Solamente se podrán promocionar y publicitar los productos listados en el Anexo 1 Listado de productos conradicado 2025066989-022-000.

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.coSuperintendenciaFinanciera de Colombia a RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 HOJA No.3Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representación de la entidad delexterior AT GLOBAL MARKETS INTL LTD para realizar actos de promoción y publicidad de susproductos y servicios en Colombia

(i servicios diferentes o adicionales a los autorizados por la SuperintendenciaFinanciera de Colombia se requiere la autorización previa de este organismo. En virtud de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: AUTORIZAR la apertura de la oficina de representaciónen Colombia de AT GLOBAL MARKETS INTL LTD para que promueva ypublicite en el territorio colombiano única y exclusivamente los productos yservicios que corresponden a: (i) Forex y (ii) Contratos por Diferencia los cualestendrán subyacente en Acciones, ETFs, Commodities e Índices. En consecuencia, la oficina de representación deberá disponer las medidaspertinentes para que, a través de los canales que empleará para realizar suslabores de promoción y publicidad y para acceder a los productos respectivos,los residentes colombianos única y exclusivamente tengan acceso a losproductos autorizados y descritos en el considerando séptimo del presente actoadministrativo.

PARÁGRAFO PRIMERO: La autorización para la promoción de los productos yservicios antes mencionados se entiende sin perjuicio del cumplimiento de lasnormas aplicables a las operaciones celebradas entre residentes colombianoscon agentes del exterior, contenidas en el régimen cambiario.

PARÁGRAFO SEGUNDO: La presente autorización se entiende concedidaúnicamente frente a los servicios antes indicados, los cuales se encuentranseñalados en el plan general de funcionamiento de la oficina de representación.Por esta razón, la promoción de productos o servicios distintos a los señaladosen el considerando séptimo de la presente resolución requerirá autorizaciónprevia y expresa de esta Superintendencia.

PARÁGRAFO TERCERO: La autorización que se imparte a través del presenteacto administrativo no implica calificación ni responsabilidad alguna por parte dela Superintendencia Financiera de Colombia acerca de la entidad del exterior, laspersonas naturales o jurídicas vinculadas a esta, ni sobre la bondad o seguridaden los productos que serán objeto de promoción, así como tampoco respecto alas demás entidades del exterior que intervienen en su administración, gestióny distribución.

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la autorización previa y expresa deproductos y servicios adicionales a los descritos en el considerando séptimo delpresente acto administrativo sea impartida por el Superintendente Delegadopara Intermediarios de Valores.

ARTÍCULO TERCERO: ADVERTIR que para desarrollar campañas que tenganpor objeto publicitar en el país a la entidad representada y sus servicios, se debeatender lo establecido en el numeral 1.1.3 del Capítulo II, Titulo II, Parte I de laCBJ, en materia de promoción y publicidad.

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.co©SuperintendenciaFinanciera de Colombia RESOLUCION NUMERO DE 2025 HOJA No.4Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representación de la entidad delexterior AT GLOBAL MARKETS INTL LTD para realizar actos de promoción y publicidad de susproductos y servicios en ColombiaARTÍCULO CUARTO: ADVERTIRa la oficina de representación de AT GLOBALMARKETS INTL LTD que es su deber dar cumplimiento a lo dispuesto en elartículo 4.1.1.1.9 del Decreto 2555 de 2010, frente a los potenciales clientescolombianos o residentes en Colombia.a quienes se les promocionen losproductos señalados en el presente acto administrativo, independientemente deque los mismos se vinculen efectivamente o no a la entidad del exterior.

Adicionalmente, deberá ilustrar detalladamente a todo potencial inversionista aquien le sean promocionados los referidos productos respecto de los demásasuntos establecidos en el marco regulatorio antes citado, aclarando que estosno se encuentran bajo la supervisión de la Superintendencia Financiera deColombia ni de ninguna otra autoridad en el país.

Para el efecto, la oficina de representación deberá tomar en consideración el tipoinversionistas a quienes le sean publicitados los contratos por diferencia y superfil de riesgo, teniendo en cuenta la naturaleza y exposiciones de este tipo deinstrumentos financieros. En ese orden, deberá documentarse debidamente y mantenerse a disposición deesta Superintendencia las constancias de cumplimiento del suministro de lainformación mencionada, de manera adecuada y oportuna, la cual deberá sersuscrita por todo potencial inversionista independientemente de que se vinculeo no a los productos y servicios promocionados. Dichas constancias deben serconcordantes con los productos cuya promoción se autoriza a través del presenteacto administrativo, responder a tas condiciones particulares de estos y estar entodo momento a disposición de este organismo.

ARTÍCULO QUINTO: ADVERTIR que la oficina de representación de ATGLOBAL MARKETS INTL LTD no podrá operar hasta tanto su representantelegal se haya posesionado ante la Superintendencia Financiera de Colombia,quien deberá cumplir con las calidades y requisitos previstos en el artículo4.1.1.1.11 del Decreto 2555 de 2010.

Así mismo, procede indicar que de conformidad con lo previsto en el numeral2.1 del Capitulo IV, Título IV, Parte I de la CBJ; deberá designarse un funcionario,con su respectivo suplente, responsable de la administración de las medidas deprevención y control diseñadas para prevenir que la realización de susoperaciones puedan ser utilizadas como instrumento para el ocultamiento,manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otrosbienes provenientes de actividades delictivas o destinados a su financiación, opara dar apariencia de legalidad a las actividades delictivas o a las transaccionesy fondos vinculados con las mismas.

PARÁGRAFO PRIMERO: El representante legal de la oficina de representacióntendrá como responsabilidad el diligenciamiento y envío a la SuperintendenciaFinanciera la información relativa al nombre, número de identificación, teléfonoy correo electrónico de los funcionarios responsables, a través de los canalesdispuestos para tal efecto, dentro de los 15 días calendario siguientes a sunombramiento.

ARTÍCULO SEXTO: ADVERTIR que de conformidad con lo establecido en elparágrafo tercero del artículo 4.1.1.1.2 del Decreto 2555 de 2010, la oficina de

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.co©NESuperintendencia3 06 q eniens de Colombia a RESOLUCION NUMERO DE 2025 HOJA No.5Por medio de la cual se autoriza la apertura de una oficina de representación de la entidad delexterior AT GLOBAL MARKETS INTL LTD para realizar actos de promoción y publicidad de susproductos y servicios en Colombia representación autorizada deberá cumplir con los deberes de todo comerciante,atendiendo las particularidades propias de su naturaleza. En desarrollo de loanterior, dicha oficina deberá registrarse como establecimiento de comercio enla Cámara de Comercio de Bogotá, y copia de dicha actuación deberá remitirseal Grupo Interno de Trabajo de Notificaciones y Registro de estaSuperintendencia, para las certificaciones a que haya lugar.

ARTÍCULO SÉPTIMO: ORDENAR que por conducto de la Secretaría Generalde esta Superintendencia se notifique personalmente la presente resolución alapoderado especial de AT GLOBAL MARKETS INTL LTD o a quien haga susveces, entregándole copia de esta, y advirtiéndole que contra lo resuelto procedeel recurso de reposición ante el Superintendente Financiero, que deberá serinterpuesto dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de sunotificación.

ARTÍCULO OCTAVO: REMITIR copia de esta resolución al Grupo deNotificaciones y Registro de la Superintendencia Financiera de Colombia para losefectos pertinentes.

ARTÍCULO NOVENO: VIGENCIA La presente resolución rige a partir de lafecha de su ejecutoria.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEDada en Bogotá, D. C., aloe 4 f del mes de EY 4 2025.

LA ASESORA DEL DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIEROENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL CARGO DEL SUPERINTENDENTEFINANCIERO”,

7 VERTED NA mi zENATALIA CAROLINA GUERRERO RAMIREZ0000 Despacho del Superintendente Financiero Notificación: SERVICIODoctor Superintendencia e‘ i IUDADANGJorge Hernando Mendoza Duque e el de Colombia AL EApoderado Especial DOCUMENTO ORIGINAL RETIRADO A MANGOficina de Representacién AT GLOBAL MARKETS INTL LTD wonare: PO NOS Piyarezjomendoza@cmmmlegal.co «coma AR Now PO2S.. ES ESASTrámite: 2025066989-000-000 A

Revisó: Magda Fernanda Vásquez Wilches. Superintendente Delegada Adjunta para MercadoCapitales.María Fernanda Tenjo Fandiño. Superintendente Delegada para Intermediarios de Valores [ldYenny Carolina Guevara. Presidenta del Comité de autorizaciones.Angela Cristina Silva Rojas. Coordinadora Grupo de Autorizaciones.Mario Alberto Sánchez García. Director Jurídico, sy Elaboró: Felipe Nova Delgado. Profesional Universitario del Grupo de Autorizaciones (Pip ear. 2 Resolución No. 2609 del 16 de octubre de 2025 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.co

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