SFC - Resolución 2145 de 2025
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 2145 de 2025
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2025
a2 SuperintendenciaE) -Financiera.de Colombia__ E ‘Superintanconcia daEl+ Finonciara ido Cotomíbia yy, OBE Bee okpeeeelseg2 “000 |-000. Sec. Dia: 3059Tramite: €80-RESOLUCIONE:Tbe Doe: 80RESOLUCI ONES eins fortes: te interneica = Foci dmamarcoe Terio:o Eje: ATGIgizes 2066 IREOCT O ope 02 00 RESOLUCIÓN NUMERO 2149 EBE2025( 02DIC 2025 ) Por la cual se efectúa una delegación de representación del SuperintendenteFinanciero ante el Subcomité Técnico de Restitución del Comité Ejecutivo para laAtención y Reparación a las Víctimas EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 9° dela Ley 489 de 1998, en concordancia con los numerales 21 y 27 del artículo11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010 modificado por el artículo 2° del Decreto 2399de 2019, y CONSIDERANDO PRIMERO. Que conforme al numeral 6 del artículo 2.2.8.1.4 del Decreto ÚnicoReglamentario 1084 de 2015, el Subcomité Técnico de Restitución es un grupo detrabajo interinstitucional del Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación a lasVíctimas.
SEGUNDO. Conforme con el artículo 2.2.8.1.5 del Decreto Único Reglamentario1084 de 2015, el Subcomité Técnico de Restitución es la instancia encargada dedefinir y establecer los lineamientos para la construcción de metodologías yprocesos destinados a la implementación de la politica de Restitución, así como deorientar a las entidades territoriales para garantizar su adopción de estas en sujurisdicción. TERCERO. Que el numeral 6 del artículo 2.2.8.1.7. del Decreto ÚnicoReglamentario 1084 de 2015, establece que el Subcomité Técnico de Restituciónestará integrado, entre otros, por la Superintendencia Financiera de Colombia. CUARTO. Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política, “Lafunción administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla confundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad,imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y ladesconcentración de funciones”. QUINTO. Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 establece que “Las autoridadesadministrativas, eh virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y deconformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir elejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funcionesafines o complementarias.
Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.coae
y SuperintendenciaSU) Financiera de Colombia
5 fatsRESOLUCION NUMERO 2145 5E3%02 HOJA No. 2
Continuación de ia resolución “Por fa cual se efectúa una delegación de representación del SuperintendenteFinanciero ante el Subcomité Técnico de Restitución del Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación a lasVictimas” Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, losministros, directores - de .departamento administrativo, superintendentes,representantes legales de organismos y entidades que posean una estructuraindependiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión delos asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en losempleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismocorrespondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la funciónadministrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en lapresente Ley”. SEXTO. Que en el numeral 21 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010,Modificado por el artículo 2° del Decreto 2399 de 2019, el SuperintendenteFinanciero actúa como el representante legal de la Entidad.
Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Delegación. Delegar a partir de la fecha, a la doctora OLGAPATRICIA SUSA CRUZ, identificada con cédula de ciudadanía número 52.517.699,quien se desempeña como Asesor Código 1020 Grado 10 de la Delegatura para elConsumidor Financiero de la Superintendencia Financiera de Colombia, para queactúe como Delegada del Superintendente Financiero ante el Subcomité Técnicode Restitución del Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación a las Víctimas,con voz y voto en las decisiones que le competen a dicho Subcomité.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicación. Comunicar la presente Resolución a laCoordinación Operativa y a la Secretaría Técnica del Subcomité y a la doctoraOLGA PATRICIA SUSA CRUZ.
ARTÍCULO TERCERO: Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fechade su expedición y deroga las demás que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASEDada en Bogotá D.C., a los 0 >, DIC 2025
EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,
CÉSAR FERRARI Ph.D.
Elaboró: Carlos Leonardo Cano Páramo - Asesor Secretaría Generall)Revisó y aprobó: Nasly Jennifer Ruiz González — Secretaria Generali paar dank
Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.co