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SFC - Resolución 2216 de 2025

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 2216 de 2025
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2025

a SuperintendenciaFinanciera de Colombia TNA ACss ii d 6 2026059709-055-" 000ca do Colombiaya: PESAR Sec. Dia: 3491“Troaitte: 147-AA CONSTITUCIÓN DE ENTIDADE Anexos: No InternoIN, Fol iosieee3Q-RESPUESTA FINALE Seeds? HO“000000 ndpe SUPERINTE Soliei wd:| peetiestarion ATMO243881 QOOAD-GHUPO DE Telefonos 54 02 001 Gerror Ent: "Cala reci 16/08/20%8RESOLUCIÓN NUMERO22 16 5DbE.2025 ( 16DIC 2005 ) Por medio de la cual se autoriza la constitución de la Compañía deFinanciamiento que se denominará Cobre Financial S.A. Compañía deFinanciamiento EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de las que leconfieren el numeral 5° del artículo 53 y el literal a) del numeral 1° delartículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en armonía conlo señalado en el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de2010, y CONSIDERANDO PRIMERO. Que corresponde a la Superintendencia Financiera deColombia (SFC) ejercer la inspección y vigilancia de las compañías definanciamiento, de conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral2° del artículo 325 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF),en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto2555 de 2010.

SEGUNDO. Que mediante comunicación radicada con el número2025059709-000-000 del 23 de abril de 2025, el apoderado de lospotenciales accionistas, i) Pexto Intermediate LLC, ii) Pexto USA INC., iii)José Vicente Gedeón Acosta, iv) Felipe Gedeón Arocha y v) José MarioDonato Muñoz, solicitó la autorización de esta Superintendencia para laconstitución de una Compañía de Financiamiento cuya denominación seráCobre Financial S.A. Compañía de Financiamiento. TERCERO. Que el capital autorizado y suscrito en la fecha de constituciónde la Compañía de Financiamiento será de cuarenta y seis mil novecientosmillones de pesos ($46.900.000.000), suma que se pagará deconformidad con lo señalado en el artículo 81 del EOSF y su valor seráaportado en las siguientes proporciones!: 1 Radicado número 2025059709-000-000, carta de solicitud del 23 de abril de 2025.SuperintendenciaFinanciera de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 HOJA No. 2Por medio de la cual se autoriza la constitución de la Compañía de Financiamiento que sedenominará Cobre Financial S.A. Compañía de Financiamiento. — No. de Porcentaje de áFuturos accionistas Scciones participación Capital (COP) Pexto Intermediate LLC 44.508.100 94,9000000% 44.508.100.000Pexto USA INC. 2.391.897 5,0999936% 2.391.897.000José Vicente Gedeón Acosta iL 0,0000021% 1.000Felipe Gedeón Arocha 1 0,0000021% 1.000José Mario Donato Muñoz 1 0,0000021% 1.000Total 46.900.000 100% 46.900.000.000

PARÁGRAFO. Que el capital de constitución antes indicado correspondea un valor superior al valor mínimo requerido en el numeral 1° del artículo80 del EOSF en el año 2025, para la constitución de una compañía definanciamiento, equivalente a $36.140.000.0002. CUARTO. Que mediante oficio número 2025059709-041-000 del 20 denoviembre de 2025, la SFC autorizó la publicación de los avisos deintención de constitución de la entidad mencionada, de acuerdo con loestablecido en el numeral 4° del artículo 53 del EOSF. Se publicaron dos avisos de intención de constitución de Cobre FinancialS.A. Compañía de Financiamiento los días 25 y 27 de noviembre de2025 en el diario de amplia circulación nacional “El Espectador”, segúnconsta en el radicado 2025059709-049-000 del 3 de diciembre de 2025,atendiendo lo prescrito en el numeral 4° del artículo 53 del EOSF, sin quedurante el término a que alude dicha norma, se hubiere presentado antela SFC, oposición alguna por parte de terceros. QUINTO. Que los beneficiarios reales de Cobre Financial S.A.Compañía de Financiamiento serán: (i) la sociedad GEDINC S.A.S.,(ii) QED Fund VII, LP, (iii) Kaszek Ventures V, L.P., (iv) Canary FundII, L.P., y (v) Pexto Holdings Ltd.

SEXTO. Que, mediante las investigaciones pertinentes, la SFC verificó elcarácter, responsabilidad e idoneidad de los futuros accionistas yadministradores de la Compañía de Financiamiento que se pretendeconstituir, y se determinó que ninguno de ellos se encuentra incurso enlas situaciones señaladas en el inciso tercero del numeral 5° del artículo53 del EOSF, que le impida participar en la constitución de CobreFinancial S.A. Compañía de Financiamiento. SÉPTIMO. Que la SFC efectuó el análisis correspondiente sobre losmontos de capital y capacidad financiera de los futuros accionistas ybeneficiarios reales, así como el origen de los recursos. Igualmente, seestudió el plan de negocios, su factibilidad y viabilidad, el proyecto deestatutos sociales y el cumplimiento de los requisitos que se establecen ? Capital mínimo requerido para la constitución previsto en el artículo 80 del EOSF y cuya actualización sepuede consultar en la información consignada en la página Web de la SFC, en la siguiente ruta:httos://www.superfinanciera.gov.co/publicaciones/61318/industrias-supervisadasinteres-del-vigitadoconstitucioncapital-minimo-requerido-61318/Página 2 de 5Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.coSuperintendenciaFinanciera de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO 1 Be 2035 HOJA No. 3Por medio de la cual se autoriza la constitución de la Compañía de Financiamiento que sedenominará Cobre Financial S.A. Compañía de Financiamiento.

en el artículo 53 del EOSF para autorizar la constitución de una entidadvigilada. OCTAVO. Que en desarrollo de la facultad prevista en el numeral 10 delartículo 11.2.1.4.32 del Decreto 2555 de 2010, la SuperintendenteDelegada Adjunta para Intermediarios Financieros y Seguros propuso alSuperintendente Financiero otorgar la autorización solicitada, de acuerdocon la recomendación emitida por la Superintendente Delegada paraIntermediarios Financieros, en ejercicio de la facultad establecida en elnumeral 17 del artículo 11.2.1.4.33 del Decreto 2555 de 2010. NOVENO. Que de acuerdo con lo señalado en el numeral 5° del artículo53 y en el literal a) del numeral 1° del artículo 326 del EOSF, en armoníacon el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 del 2010, esfunción del Superintendente Financiero autorizar la constitución de lasentidades sujetas a inspección y vigilancia de esta Superintendencia. DÉCIMO. Que, en atención a lo señalado en la Resolución número 2100del 1 de diciembre de 2023, el Comité Asesor de Autorizaciones delSuperintendente Financiero, en sesión celebrada el 15 de diciembre de2025, evaluó la documentación asociada al presente trámiteadministrativo y le aconsejó sobre la viabilidad de autorizar laConstitución de Cobre Financial S.A. Compañía de Financiamiento. UNDÉCIMO. Que, en sesión del 16 de diciembre de 2025, elSuperintendente Financiero escuchó las consideraciones del ConsejoAsesor sobre la constitución de la Compañía de Financiamiento, encumplimiento de lo dispuesto en el literal a) del artículo 20 del Decreto422 de 2006, y emitió opinión favorable al respecto.

En virtud de lo expuesto este Despacho,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. AUTORIZAR la constitución de la Compañía deFinanciamiento que se denominará Cobre Financial S.A. Compañía deFinanciamiento, que tendrá domicilio en la ciudad de Bogotá D.C., confundamento en las razones expuestas en la parte motiva de este actoadministrativo. . ARTÍCULO SEGUNDO. ADVERTIR que en atención a lo previsto en elnumeral 6° del artículo 53 del EOSF, dentro de los dos (2) mesessiguientes a la fecha de ejecutoria de la presente resolución, deberáelevarse a escritura pública el proyecto de estatutos sociales e inscribirsede conformidad con la ley. Página 3 de 5Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombiawt Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.co\$ SuperintendenciaFinanciera de Colombia2216 weedRESOLUCIÓN NUMERO DE 2025 HOJA No. 4Por medio de la cual se autoriza la constitución de la Compañía de Financiamiento que sedenominará Cobre Financial S.A. Compañía de Financiamiento.

A efectos de acreditar lo anterior, deberá remitir a esta Superintendenciacopia auténtica de la respectiva escritura pública de constitución, así comoun ejemplar del certificado de existencia y representación legal expedidopor la Cámara de Comercio de su domicilio principal. ARTÍCULO TERCERO. ADVERTIR que para expedir el respectivocertificado de autorización (o permiso de funcionamiento) de CobreFinancial S.A. Compañía de Financiamiento se deberán acreditarpreviamente a la Superintendencia los requisitos señalados en el numeral7° del artículo 53 del EOSF, a saber: a) el otorgamiento de la respectivaescritura pública de constitución y su inscripción en el registro mercantilde la Cámara de Comercio del domicilio de la compañía de financiamientoconstituida; b) el pago del capital señalado en el considerando tercero delpresente proveído; c) la existencia de la infraestructura técnica yoperativa necesaria para operar regularmente, de acuerdo con loseñalado en el estudio de factibilidad y d) la inscripción en el Fondo deGarantías de Instituciones Financieras - FOGAFIN-, en su condición decompañía de financiamiento. ARTÍCULO CUARTO. ADVERTIR que dentro de los doce (12) mesessiguientes a la fecha de ejecutoria de la presente providencia, la entidaddeberá iniciar la solicitud de obtención del certificado de autorización(permiso de funcionamiento) ante la SFC, cumpliendo los requisitosseñalados en el numeral 7 del artículo 53 del EOSF. ARTÍCULO QUINTO. ADVERTIR que mientras se obtiene el certificadode autorización (permiso de funcionamiento) correspondiente, conformecon el inciso segundo del numeral 6° del artículo 53 del EOSF, CobreFinancial S.A. Compañía de Financiamiento no estará habilitada paradesarrollar las actividades propias de su objeto, sino solo aquellasrelacionadas con su organización.

ARTÍCULO SEXTO. ORDENAR que, por conducto de la SecretaríaGeneral de esta Superintendencia se notifique personalmente el contenidode la presente resolución al apoderado de los potenciales accionistas deCobre Financial S.A. Compañía de Financiamiento, entregándolecopia de esta y advirtiéndole que contra ella procede el recurso dereposición ante el Superintendente Financiero, el cual deberá interponersedentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la notificaciónde la presente Resolución. ARTÍCULO SÉPTIMO. REMITIR copia de esta Resolución al Grupo de'Notificaciones y Registro de esta Superintendencia para los efectospertinentes. {

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.co Página 4 de 5_ SuperintendenciaFinanciera de Colombia%a 16 Se :RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 HOJA No. 5Por medio de:la cual se autoriza la constitución de la Compañía de Financiamiento que sedenominará Cobre Financial S.A. Compañía de Financiamiento.

ARTÍCULO OCTAVO. REMITIR copia de esta Resolución al Fondo deGarantías de Instituciones Financieras - FOGAFINy al Banco de laRepública, para lo de su competencia. ARTÍCULO NOVENO. La presente resolución rige a partir de la fecha desu ejecutoria. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEr laoDada en Bogotá D.C., a los” 1 6 del mes de ' 12 2025.

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,

CÉSAR FERRARI, Ph.D.00000 Despacho del Superintendente Financiero 000040

Trámite: 2025059709-000-000

Elaborado por: Daniel Felipe Forero Mora. Asesor Grupo de Autorizaciones.<&Revisado por: Magda Fernanda Vasquez Wilches. Superintendente Delegada Adjunta para IntermediariosFinancieros y Seguros; 1% .Claudia Patricia Rincón Bravo. Superintendente Delegada para Intermediarios Financieros. CzAngela Cristina Silva Rojas. Coordinadora del Grupo de Autorizaciones.Yenny Carolina Guevara Rivera. Presidenta Comité Asesor de Autorizaciones. 0,Mario Alberto Sánchez. Director Jurídicos,

Notificación: E .DANIEL LONDONO PINZONApoderado futuros accionistas de Cobre Financial S.A. Compafiia de Financiamiento.Calle 67 No. 7 - 35Bogota D.C.dlondono@gomezpinzon.com SERVICIOnidsfe ondaa? AL CIUDADANOde ColombiaDOCUMENTO ORIGINAL RETIRADO A MANONOMBRE: cfFECHA, «Ao 200:

Página5 de 5Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., ColombiaConmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201www.superfinanciera.gov.co

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