SFC - Resolución 2219 de 2014
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 2219 de 2014
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2014
C\~c..l..dJ r; SW?ERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA l Ik\,?_\11 1111111 1111111111111111111111111 5a:.~~~I~:~}W· Radicación 2014110784-008-000 .., r"",~... Fecha' 161121201402'23 PM Seco Oi,' 877 Tm.ite' 71-AA CANCo VOLUNT DE LA INSCRI AnexoS' No Salida
TiPO Doc' 3S-RESPUESTA FINAL E Fol ioS' 2
Apl ¡ca A: - Encadenado: SI Resitente: 154000 Direccioo Legal para 1 Solicitud: Destinatario: 401-3 AGROFlNANZAS BURSATl Teléfono: 594 02 00
Cerro: Ent: Ceja: Pos: 29/0112015
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RESOLUCiÓN NÚMERO···· DE 2014
Por la cual se ordena la cancelación voluntaria de una inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV
EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES Y
OTROS AGENTES.
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial la conferida por el numeral 60 del artículo 11.2.1.4.47 del Decreto 2555 de 2010, Y CONSIDERANDO PRIMERO_Que mediante Resolución número 0278 del 19 de mayo de 2003, la Sala General de la otrora Superintendencia de Valores, hoy Superintendencia Financiera de . Colombia, ordenó la inscrip~ión en el entonces Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las bolsas de bienes y productos agropecuarios y agroindustriales,
sus miembros y organismos de compensación y liquidación. SEGUNDO.- Que mediante Resolución número 0674 del 12 de agosto de 2005, la anterior Soperintendencia de Valores, hoy Superintendencia Financiera de Colombia, dispuso ordenar la inscripción de la sociedad Agrofinanzas Bursátiles S.A. - Agrofib en el entonces Registro Nacional de Valores e Intermediarios, hoy Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV, en su condición de miembro de una bolsa y de bienes productos agropecuarios y agroindustriales. TERCERO.- Que la sociedad Agrofinanzas Bursátiles S.A. - Agrofib se encuentra sometida a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1° del parágrafo 30 del artículo 75 de la Ley 964 de 2005, en concordancia con el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010. <) CUARTO.- Que la Representante legal de Agrofinanzas Bursátiles S.A. - Agrofib, mediante comunicación radicada bajo el número 2013112462-034-000 del 28 de noviembre de 2014, solicitó la cancelación voluntaria de la inscripción de dicha entidad en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV. QUINTO.- Que para la evaluación de la petición de la sociedad Agrofinanzas Bursátiles S.A. - Agrofib a la que se hace referencia en el numeral anterior, se tiene en cuenta por este Despacho la siguiente documentación allegada al expediente de la actuación
administrativa: 5.1. Copia del Acta número 47 correspondiente a la reunión extraordinaria de la Asamblea General de Accionistas de la sociedad Agrofinanzas Bursátiles SAAgrofib celebrada el 27 de noviembre de 2014, en la que se resolvió la reforma i.~ parcial de los estatutos de la entidad, excluyendo de su objeto social toda , 1 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCiÓN NÚMER9. DE 2014'- -Págir¡a 2 de 3" " • Por la cual se ordena la cancelacit22JJiltaria de una inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Va/ores - RNAMV actividad reservada a las sociedades comisionistas miembros de una bolsa de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales o de otros commodities, y modificando su razón sociaL1 5.2. Que mediante Boletín Informativo número 030 del 28 de enero de 2014, la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. --BMC informó que, el Presidente de esa entidad, en ejercicio de las facultades otorgadas' por el Reglamento de Funcionamiento y Operación de esa Bolsa, declaró la inactivación de la sociedad comisionista miembro Agrofinanzas Bursátiles S.A. - ~gro~b, periodo de inactivación que a la fecha de esta resolución continúa vigente. " 5.3. Comunicación expedida por el Presidente de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. - BMC el10 de diciembre de 2014 en la que se indica que: "Agrofib S.A. a /a fecha no registra operaciones ni obligaciones pendientes de cumplimiento en ninguno de los
mercados administrados por la Bolsa, con ocasión de su participación en los sistemas 2 de negociación y de compensación y liquidación que esta entidad administra, ". 5.4. Certificación suscrita por la Representante legal y la Revisora Fiscal de Agrofinanzas Bursátiles S,A. - Agrofib del 28 de noviembre de 2014, en la que consta que a la fecha la sociedad no tiene operaciones vigentes ni compromisos que cumplir con ningún cliente; ni tiene en su poder, a ningún título, valores o recursos de terceros para su inversión o administración.3 SEXTO.- Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 11.2.1.4.47 del Decreto 2555 de 2010, corresponde al Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y Otros Agentes ordenar la cancelación voluntaria de las inscripciones en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV, En mérito de lo expuesto este Despacho, RESUELVE: ARTíCULO PRIMERO.- ORDENAR la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV de la sociedad Agrofinanzas Bursátiles S.A. - Agrofib, identificada con el NIT. 830.103.065 - 2, de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente acto administrativo. ARTíCULO SEGUNDO.- ADVERTIR que la cancelación de la inscripción de la sociedad Agrofinanzas Bursátiles' S.A. - Agrofib en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV no la exime del cumplimiento de las obligaciones que como sociedad comercial tenga pendientes. ARTíCULO TERCERO.- ORDENAR a la sociedad Agrofinanzas Bursátiles S.A. -
Agrofib, sin perjuicio de la obligaciones que tenga pendiente de cumplimiento, el cese de uso de papelería o anuncios publicitarios en los cuales se presente como una sociedad vigilada por esta Superintendencia. ARTíCULO CUARTO.- REQUERIR a la sociedad Agrofinanzas Bursátiles S.A. - Agrofib, bajo el apremio de la medida establecida en los literales n) y ñ) del numeral 4° del artículo 208 del EOSF, que remita a esta Superintendencia copia de la escritura mediante la cual se protocolice la reforma estatutaria a la que se hace referencia en el , Remitida a esta Superintendencia anexa al radicado 2013112462-034-000 del 28 de noviembre de 2014. 2 Remitida a esta Superintendencia anexa al radicado 2014110784-005-000 del 10 de diciembre de 2014. 3 Remitida a esta Superintendencia anexa al radicado 2013112462-034-000 del 28 de noviembre de 2014. , SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ,. . 2219 " . RÉSOLUCIÓN NÚMERO DE 2014 Página 3 de 3 Por la cual se ordena la cancelación voluntaria de una inscripción en el Registro Nacional de Agentes del r ,_ M_er_ca_do_ _de_ V_a_lor_es_ -_R_N_A_M_V_ ______________________________________ considerando 5,1 de esta resolución, según lo ha anunciado la representante legal de la sociedad, así como del certificado de existencia y representación legal de la sociedad en el que conste la inscripción de dicha escritura en el registro mercantil, documentos
que deberán ser remitidos a este despacho dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de ejecutoria del presente acto administrativo. ARTíCULO QUINTO.- ADVERTIR a la sociedad Agrofinanzas Bursátiles SA - Agrofib, que debe guardar reserva respecto,de la información de carácter confidencial que haya conocido en desarrollo de su . actividad como sociedad comisionista de bolsa agropecuaria, entendiendo por tal aquella que obtuvo en virtud de la relación con sus clientes, que no está a disposición del público y que el cliente no está obligado a revelar. ARTíCULO SEXTO.- ADVERTIR a la sociedad Agrofinanzas Bursátiles S,A. - Agrofib que debe adoptar las medidas necesarias para conservar los archivos y documentos de la compañia en los términos establecidos en el artículo 134 del Decreto 2649 de 1993, en el Capítulo I del Título IV de la'Parte I de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 029 de 2014), expedida por esta Superintendencia, y demás normas aplicables. ARTíCULO SEPTIMO.- ORDENAR la publicación de la presente resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia, ARTíCULO OCTAVO.- NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente resolución a la Representante legal de la sociedad Agrofinanzas Bursátiles SAAgrofib, o a quien sus veces, acto en el cual deberá entregarse copia de la misma, informando que procede el recurso de reposición ante el Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y Otros Agentes, que deberá ser interpuesto dentro de
los diez (10) días siguientes a su notificación. NOTIFíQUESE, PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D,C" a los '\ S DIe 10\4i
SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES Y
OTROS AGENTES
Luis FERNANDO CLfjRADO ZAFRA I.~V I".'.,.;"; -;"';,' Superintendeneci a . I b- ~~:,._~ Financiera de o om lo . ;::r;;tfe Grupo de Correspondencia
Notificar personalmente a: Doctora MONICA JARAMILLO CRISPINO IJOcur.r.ENYO ORIGINAL Representante legal . )~ AGROFINANZAS BURSATILES S.A, _RE ,6Tl "R .E .1,D -O POR:..! 0.",,:/ . ' Autopista Norte No, 103 - 40 Oficina 506
BOGOTAD,C,
Radicado: 2014110784