SFC - Resolución 2349 de 2013
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Resolución 2349 de 2013
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2013
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S.UPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA 1111111 11111111111111111111111
Radicación 2013056516-161-000 Fecha' 24/1212013 11 '09 Al Sec. Di., 376
Trámite: 147-A.!. CONSTlTUCION DE EtlTIDADE AneXos: No Salida Ti DO Doe' 38-RESPlIESTA FlN.\l E Fo1 ios' 3 . ,A,plica ~,: - Encs.denado: NO Re-mitente: 112000 Dirección de SU¡lervisi &ilicitud: De~:ünatarlo·. 32-7 ¡:IN~.NCIERA JURlSOXlP Teléfono: 594 02 00
Carro' Ent' Caj" Pos' 20/08/2014 ')';.'9 RESOLUCiÓN NÚMERO .. .., '! DE 2013 ( 2 4 DIC. 2013 ) Por medio de la cual se autoriza la constitución de Financiera Juriscoop S.A. Compañía de Financiamiento EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 50 del artículo 53 y el literal a) del numeral 1° del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en armonía con el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO: Que corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia (en adelante SFC) ejercer la inspección y vigilancia de los establecimientos de crédito,
0 de conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 2 del artículo 325 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (en adelante EOSF), en concordancia con el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010.
S.EGUNDO: Que mediante comunicación radicada en esta Superintendencia con el número 2013056516-000 el día 28 de junio de 2013, el doctor Alejandro Rodríguez Zárate, obrando en nombre y en representación de los potenciales constituyentes, solicitó autorización en los términos del artículo 53 y siguientes del EOSF, para la constitución. de una Compañía de Financiamiento cuya denominación será
"FINANCIERA JURISCOOP SA COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO". \ TERCERO: Que la anterior solicitud fue objeto de varios requerimientos por parte de esta Superintendencia, el último de los cuales fue atendido mediante comunicación radjcada con el número 2013056516-159, el día 19 de diciembre de 2013. ...
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA 2 3 I~ 9
RESOLUCiÓN NÚMER0 DE 2013 Página 2 de 5 Por medio de la cual se autoriza la constitución de Financiera Juriscoop SA Compañia de Financiamiento CUARTO: Que el capital de constitución de "FINANCIERA JURISCOOP S.A. COMPAÑíA DE FINANCIAMIENTO" será la suma de cuarenta y tres mil treinta millones de pesos ($43.030.000.000), cuyo valor será aportado por los accionistas
mayoritarios, Cooperativa del Sistema Nacional de Justicia -Juriscoopy Grupo Empresarial Carvajal y Valderrama S.A., en un setenta y cinco punto cincuenta y tres por ciento (75.53%) y otros diecinueve (19) accionistas, cuyos aportes conjuntamente suman el restante veinticuatro punto cuarenta y si'ete por ciento (24.47%).
QUINTO: Que el capital de constitución antes indicado corresponde a un valor superior al minimo requerido en el numeral 1° del artículo 80 del EOSF para el año 2013 para la constitución de una compañía de financiamiento ($19'465.000.000).
El pago del capital de constitución en la cuantía señalada se acreditará ante esta Superintendencia, entre otros requisitos, en forma previa a la expedición del certificado de autorización (permiso de funcionamiento), según lo exige el numeral 7° del artículo 53 del EOSF.
SEXTO: Que mediante oficio No. 2013056516-045 del 20 de agosto de 2013, la SFC autorizó la publicación del aviso de intención de constitución de la entidad mencionada, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4° del artículo 53 del
EOSF. Dicho aviso fue publicado los días 26 y 28 de agosto de 2013 en el diario El Espectador, sin que se hubiere presentado oposición de terceros dentro del término previsto.
SÉPTIMO: Que de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6° del artículo 11.2.1.4.18 del Decreto 2555 de 2010, las Delegaturas para Supervisión de Riesgos y Conductas de Mercado evaluaron la información remitida por el
solicitante, así como la recaudada para el efecto por la SFC, concluyendo que en lo de su competencia no encuentran objeción para autorizar la constitución de la nueva compañía de financiamiento.
OCTAVO: Que la SFC se cercioró, mediante las investigaciones pertihentes, acerca del carácter, responsabilidad e idoneidad de los accionistas y administradores de "FINANCIERA JURISCOOP S.A. COMPAÑíA DE FINANCIAMIENTO" que se pretende constituir.
De otra parte, se estableció que ninguno de ellos se encuentra incurso en alguna de las situaciones señaladas en el inciso tercero del numeral 5° del artículo 53 del EOSF, que le impida participar en la constitución de la Compañía de Financiamiento. .
NOVENO: Que según lo establece el inciso segundo del numeral 6° del artículo 53 del EOSF, el nuevo establecimiento de crédito "FINANCIERA JURISCOOP SA COMPAÑíA DE FINANCIAMIENTO" adquirirá existencia legal a partir del otorgamiento de la escritura pública de su constitución, aunque sólo podrá desarrollar las actividades relacionadas con su objeto social, una vez la SFC le expida el certificado de autorización (permiso de funcionamiento), para lo cual deberá cumplir los requisitos establecidos en el numeral 7° del citado artículo.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA """1'9 , , .::. j 't RESOLUCION NUMERO DE 2013 ", " " Página 3 de 5
'; I ."~:,, Por medio de la cual se autoriza la 'constitución de Financiera Juriscoop SA Compañia de
FinanciaWi'iento '~' , ;' DÉCIMO: Que en cumplimiento de lo previsto en el literal a) del artículo 2° del Decreto 422 de 2006, en sesión del 20 de diciembre de 2013, se escuchó el concepto del Consejo Asesor de la SFC sobre la constitución de "FINANCIERA JURISCOOP SA COMPAÑíA DE FINANCIAMIENTO", UNDÉCIMO: Que de acuerdo con lo señalado en el numeral 5° del artículo 53 yen el literal a) del numeral 1 del artículo 326 del EOSF, en armonía con el numeral 11 del artículo 11.2,1,4,2 del Decreto 2555 del 2010, corresponde al Superintendente Financiero autorizar la constitución de las entidades sujetas a inspección y vigilancia de la SFC, En virtud de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTíCULO PRIMERO: AUTORIZAR la constitución de la companla de financiamiento que se denominará "FINANCIERA JURISCOOP SA COMPAÑíA DE FINANCIAMIENTO", con domicilio en la ciudad de Bogotá D,C, ARTíCULO SEGUNDO: ADVERTIR que para expedir el respectivo certificado de autorización (o permiso de funcionamiento) de "FINANCIERA JURISCOOP SA COMPAÑíA DE FINANCIAMIENTO", se deberán acreditar previ~!Jlente a la SFC los requisitos señalados en el numer?J;~7 del artículo 53 del EOSF, a saber: a) el otorgamierító"de la respectiva escriturapública de constitución y sU'inscripción en el registro metcantil de la Cámara de Comercio de su domicilio; b) el~pago del capital
mínimo requ~rido para las compañía~'de financiamiento; c) la existencia de la infraestructura técnica y operativa necesaria para operar regularmente, de acuerdo con lo señalado en el estudio de factibilidad; y d) la, inscripción e"n el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras ~,,FOGAFIN, en su condició'ii de compañía de financiamiento, " f '". ¡ . . '' . I : ~'~: ARTíCULO' TERCERO: ADVERTIR que mientras se obtiene el,certificado de autorizacióri' (o permi~;o de funcionamiento) correspondiente, conforme al inciso segundo del numeral 6° del artículo 53 del EOSF, la sociedad "FINANCIERA JURISCOOP SA COMPAÑíA DE FINANCIAMIENTO" no estará habilitada para desarrollar las actividades propias de su objeto social, sino solo aquellas relacionadas con su organización, conforme a lo indicado en el considerando noveno del presente proveído, ARTíCULO CUARTO: ORDENAR que por Secretaría General se notifique personalmente el contenido de la presente Resolución al apoderado especial de los constituyentes, entregándole copia de la misma y advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición interpuesto ante el Superintendente Financiero, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de notificación, ARTíCULO QUINTO: REMITIR copia de esta providencia a la Oficina de Registro de esta Superintendencia para los efectos pertinentes,
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RESOLUCiÓN NÚMERO" J 't DE 2013
Página 4 de 5 Por medio de la cual se autoriza la constitución de Financiera Juriscoop SA Compañia de Financiamiento . ARTíCULO SEXTO: REMITIR copia de esta Resolución al Fondo de Garantías de Instituciones Financieras FOGAFIN, para lo de su competencia en relación con la inscnpclon de "FINANCIERA JURISCOOP S.A COMPAÑíA DE
FINANCIAMIENTO".
ARTíCULO SÉPTIMO: ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletin
del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capitulo Superintendencia Financiera.
NOTIFíQUESE, PUBlíQUESE y CÚMPLASE ,2 4 DIC. 2013
Dada en Bogotá, D.C.
El SUPERINTENDENTE FINANCIERO, GERA~ClO HERNANDEZ/CORREA ,I , '
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
.... ..,~9 RESOLUCiÓN NÚMERO'" j DE 2013 Página 5 de 5 Por medio de la cual se autoriza la constitución de Financiera Juriscoop SA Compañia de Financiamiento
Notificación: Doctor ALEJANDRO RODRIGUEZ ZÁRATE Apoderado especial de los constituyentes
FINANCIERA JURISCOOP S.I\. COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO
Avenida Calle 26 No. 69 D - 91 Torre Avenida El Dorado, Piso'1 O Bogotá D.C. 114000
Trámite: 2013056516
FINANCIERA JURISCOOP SA COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO
Establecimiento de Crédito
Revisada por: Luz Angela Barahona Polo .
.¡¡-: Victor Hugo Caldas Muñoz \;0; Ángela Maria Linares Villalobos U·
Proy.ectada por: Diana Carolina Gómez Castillo'\X6V'
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