🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SFC - Resolución 2357 de 2024

Superintendencia Financiera

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SFC - Resolución 2357 de 2024
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2024

Superintendencia Financiera de Colombia 11111111 11111111 III IH 111111111111 fifi :fiperi'fitfincfofic(n • . . Rediceci6n 2024140390-048-000 fifi.( ñn:t1fitjcra.dq_Cfitm1h.1!1)ha: 25/11/2024 05:32 PI! Sec. Dia: 1848 1

Tramite: 345-AA PER!IISO DE FUNCIONAHIENT Anexos: No Interno j TiPO Doc: 39-RESPUESTA FINAL E - Fo! ios: 2 ¡ Aplica A: - Encadenado: NO , Remitente: 000000 DESPACHO DEI. SUPERINTE Solicitud: Resolucion 2357 2024 \ Destinaterio: DE? O DESPACHO DEL SU?ERl!I Teléfono: 594 02 00

Cerro: Ent: Ceja: Pos: 16/12/2024 -·· • --- ·--·-·. ---------------·---·· .... ·-fi----=,=-==--../ e 2 5 NOV 2024 > Por medio de la cual se autoriza el funcionamiento ( expide el certificado de

autorización) a QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS COLOMBIA S.A.

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus facultades legales que le confieren el numeral 70 del artículo 53, el literal a) del numeral 1 ° del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en armonía con lo señalado en el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO. - Que corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia (en adelante "Superintendencia" o "SFC") ejercer la inspección y vigilancia de las

del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO. - Que corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia (en adelante "Superintendencia" o "SFC") ejercer la inspección y vigilancia de las Compañías de Seguros, de conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 2º del artículo 325 del Estatuto Orgánico del Sistema :Financiero ( en adelante "EOSF"), en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11.2.1.6.1 del Decreto 2555 de 2010. SEGUNDO. - Que mediante la Resolución No. 1158 del 4 de jur,io de 2024, el Superintendente Financiero, en ejercicio de fius atribuciones !e.9a es, autorizó la constitución de la compañía de seguros QUALITAS COMPANIA DE SEGUROS COLOMBIA S.A., una vez cumplidos los requisitos señalados en :la ley. TERCERO. - Que en el artículo quinto de la parte resolutiva de la fiesolución No. 1158 del 4 de junio de 2024, en concordancia con los requisitos Jrevistos en el numeral 7° del artículo 53 del EOSF, se advirtió que, para expedir el certificado de autorización (o permiso de funcionamiento), se debe previarTente acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos ante esta Superinten::tencia: "(. .. ) a) el otorgamiento de la respectiva escritura pública de constitución y su inscripción en el registro mercantil de la Cámara de Comercio de su domic;tio; b) el pago del capital suscrito señalado en el artículo tercero del considerana·o del presente acto administrativo y e) la existencia de la infraestructura técni:;a y operativa

en el registro mercantil de la Cámara de Comercio de su domic;tio; b) el pago del capital suscrito señalado en el artículo tercero del considerana·o del presente acto administrativo y e) la existencia de la infraestructura técni:;a y operativa

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: ( +57) 601 594 0200 - 601 594 0201

www.superfinanciera.gov.coSuperintendencia Financiera de Colombia

RESOLUCIÓN NÚMERO 2 3 5 7 oti1•4 HOJA No. 2

Por medio de la cual se autoriza el funcionamiento (expide el certificado de autorización) a QUÁLITAS COMl>ARIA DE SEGUROS COLOMBIA S.A. necesaria para operar regularmente, de acuerdo con lo señalado en el estudio de factibilidad (. .. ) ". CUARTO. - Que en el artículo séptimo de la parte resolutiva de la Resolución No. 1158 del 4 de junio de 2024, en concordancia con los requisitos previstos en el numeral 7° del artículo 53 del EOSF, se advirtió de igual forma lo siguiente: "( ... ) en virtud de la documentación que conforma la presente actuación administrativa se evidencia que la sociedad QUALITAS CONTROLADORA SOCIEDAD ANONIMA BURSATIL DE CAPITAL VARIABLE ( S.A.B de C. V.) radicada en México, detentará la propiedad directa e indirectamente, a través de las sociedades indicadas en el artículo tres de las consideraciones del presente acto administrativo, sobre QUALITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., situación de control que deberá quedar registrada en la Cámara de Comercio del domicilio social, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 222 de 1995,

administrativo, sobre QUALITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., situación de control que deberá quedar registrada en la Cámara de Comercio del domicilio social, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 222 de 1995, en concordancia con los artículos 260 y 261 del Código de Comercio, debiendo remitir copia del correspondiente certificado ante esta Superintendencia para obtener el respectivo certificado de funcionamiento ( ... )." QUINTO. - Que QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS COLOMBIA S.A. acreditó el cumplimiento de los presupuestos señalados en la Resolución No. 1158 del 4 de junio de 2024, mediante la cual se autorizó su constitución, tal como se señala a continuación: a) Formalización de la escritura pública de constitución y del registro en la Cámara de Comercio: Se acreditó la constitución de QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS COLOMBIA S.A. conforme consta en la copia auténtica de la Escritura Pública No. 876 del 22 de junio de 2024, otorgada en la Notaria Diez del Círculo de Bogotá D.C., inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá de conformidad con el certificado expedido el 6 de septiembre de 2024. b) El Pª.9!> del capital: El capital suscrito y pagado, acreditado por QUÁLITAS COMPANIA DE SEGUROS COLOMBIA S.A. corresponde al valor establecido en sus estatutos sociales. c) Infraestructura técnica y operativa: Esta Superintendencia adelantó una prueba de recorrido, con el objetivo de verificar el grado de preparación

COMPANIA DE SEGUROS COLOMBIA S.A. corresponde al valor establecido en sus estatutos sociales. c) Infraestructura técnica y operativa: Esta Superintendencia adelantó una prueba de recorrido, con el objetivo de verificar el grado de preparación operativa y tecnológica de la Entidad, pudiéndose evidenciar que QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS COLOMBIA S.A. cuenta con la infraestructura técnica y operativa requerida para operar, sin perjuicio de las actividades de alistamiento operativo que implementará conforme con lo indicado en el cronograma de trabajo suministrado por la entidad. d) Copia del certificado expedido por la Cámara de comercio donde se advierta el registro de la situación de control por parte de la sociedad Quálitas Controladora Sociedad Anónima Bursátil de Capital variable (S.A.B. de C.V.). QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS COLOMBIA S.A. remitió el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá de fecha 6 de septiembre de 2024, en el que se advierte el registro de la situación de control correspondiente.

Dirección: Calle 7 No. 4 • 49 Bogota D.C., Colombia Conmutador: {+57) 601 594 0200. 601 594 0201

www.superfinanciera.gov.coSuperintendencia Financiera de Colombia

RESOLUCIÓN NÚMER02 3 5 7 Íefi4' HOJA No. 3

Por medio de ta cual se autoriza el funcionamiento (expide el certificado de autorización) a QUÁLITAS COMPAfiIA OE SEGUROS

COLOMBIA S.A.

SEXTO. - Que en desarrollo de la facultad prevista en el numeral 10 del artículo

Por medio de ta cual se autoriza el funcionamiento (expide el certificado de autorización) a QUÁLITAS COMPAfiIA OE SEGUROS

COLOMBIA S.A.

SEXTO. - Que en desarrollo de la facultad prevista en el numeral 10 del artículo 11.2. 1.4.32 del Decreto 2555 de 2010 el Superintendente Delegado Adjunto para Intermediarios Financieros y Seguros propuso al Superintendente Financiero otorgar el certificado de autorización para la compañía de seguros QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS COLOMBIA S.A., de acuerdo con la recomendación emitida por la Superintendente Delegada para Seguros, en ejercicio de la facultad establecida en el numeral 17 del artículo 11. 2.1. 4.33 del Decreto 2555 de 2010. SÉPTIMO. - Que de conformidad con lo preceptuado en el numeral 7° del artículo 53 y el literal a) del numeral 1 ° del artículo 326 del EOSF, en armonía con lo señalado en el numeral 11 del artículo 11. 2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, le compete al Superintendente Financiero autorizar el funcionamiento ( expedir el certificado de autorización) de las entidades sujetas a inspección y vigilancia, una vez se acredite su constitución regular y los demás requisitos previstos en la ley para el efecto. OCTAVO. - Que, en atención a lo señalado en la Resolución número 2100 del 1 de diciembre de 2023, el Comité Asesor de Autorizaciones del Superintendente Financiero, en sesión celebrada 25 de noviembre de 2024, evaluó la documentación asociada al presente trámite administrativo y le aconsejó sobre

de diciembre de 2023, el Comité Asesor de Autorizaciones del Superintendente Financiero, en sesión celebrada 25 de noviembre de 2024, evaluó la documentación asociada al presente trámite administrativo y le aconsejó sobre la viabilidad de autorizar el permiso de funcionamiento solicitado por los

accionistas de QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS COLOMBIA S.A.

En virtud de lo expuesto este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR a la compañía de seguros QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS COLOMBIA S.A., domiciliada en la ciudad de Bogotá D.C., para funcionar y desarrollar en todo el territorio nacional, las actividades propias del objeto social exclusivo de las aseguradoras, lo cual equivale al "certificado de autorización" de que trata el numeral 7° del artículo 53 del EOSF. ARTÍCULO SEGUNDO. - ADVERTIR que la autorización para explotar ramos de seguros se sujetará a la autorización previa de esta Superintendencia, de conformidad con lo previsto en el literal d), numeral 2º del artículo 326 del EOSF, en concordancia con lo previsto en el numeral 3º del artículo 11.2. 1.4.36 del Decreto 2555 de 2010. ARTÍCULO TERCERO. - ORDENAR que, por conducto de la Secretaría General de esta Superintendencia, se notifique personalmente el contenido de la presente resolución al apoderado especial de los accionistas de QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS COLOMBIA S.A., o quien haga sus veces, entregándole copia de esta y advirtiéndole que contra ella procede el recurso de

presente resolución al apoderado especial de los accionistas de QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS COLOMBIA S.A., o quien haga sus veces, entregándole copia de esta y advirtiéndole que contra ella procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse ante el Superintendente Financiero de Colombia dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de notificación.

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201

www.superiinanciera.gov.coSuperintendencia Financiera de Colombia -.".:fi:--· RESOLUCIÓN NÚMERo'2 3 5 7 fi;t-lcr24 HOJA No. '4 Por medio de le cuel se eutoriza el funcionamiento (expide el certificado de autorizeción) a QUÁLITAS COMPAIJIA DE SEGUROS

COLOMBIA S.A.

ARTÍCULO CUARTO. - REMITIR, por conducto de la Secretaría General de esta Superintendencia, copia de esta providencia al Grupo Interno de Trabajo de Notificaciones y Registro de esta Superintendencia para los efectos pertinentes. ARTÍCULO QUINTO. - ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia. ARTÍCULO SEXTO. - ASIGNAR a la Dirección de Seguros Uno la supervisión de QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS COLOMBIA S.A., de conformidad con lo establecido en los artículos 11 ° y 12º de la Resolución 1636 del 23 de agosto de 2024.

de QUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS COLOMBIA S.A., de conformidad con lo establecido en los artículos 11 ° y 12º de la Resolución 1636 del 23 de agosto de 2024.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los del mes de noviembre de 2024 2 5 NOV 2024

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO

;/

CÉSAR FERRARI, Ph.D.

00000 Despacho del Superintendente Financiero 330000

Trámite: 2024140390

Revisado por: Felipe Noval Acevedo. Superintendente Delegado Adjunto para Intermediarios Financieros y Seguros. J.J' Luz Elvira Moreno. Superintendente Delegada para Segurq,s }' 17 Luz Stella Aguilera Morales. Directora Legal de Seguros .i44-,fi-Ángela Cristina Silva. Coordinadora Grupo de Autorizaciones.

Mario Alberto Sánchez García. Director Jurídico.q Álvaro Eduardo Atencia Martínez. Presidente del Comité Asesor de Autorizaciones (E) A41

Elaboró: Roberto L. Polifroni Suárez. Asesor Grupo de Autorizaciones.J?p

Notificación: Doctor

Camilo Gantiva Hidalgo Apoderado Accionistas

QUÁLJTAS COMPAÑÍA DE SEGUROS COLOMBIA S.A.

Camilo.gantiva@hklaw.com Bogotá o.e., Colombia

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá o.e., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201

www.superfinanciera.gov.co FECHA::_;:::;.,fififififil.,k::..-,---­

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá o.e., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201

www.superfinanciera.gov.co FECHA::_;:::;.,fififififil.,k::..-,---­ C,C.: _ _\fififi:D-1fifi.,__ __

Consultar sobre este documento ...