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SFC - Resolución 2484 de 2010

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 2484 de 2010
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2010

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA RESOLUCIÓN NÚMERO 2484 DE 2010 ( Diciembre 30 ) Por la cual se otorga un certificado de autorización y se inscribe una sociedad administradora de un sistema de negociación de valores y de un sistema de registro de operaciones sobre valores en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las que le confiere el numeral 7 del artículo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el cual fue modificado por el artículo 2° de la Ley 510 de 1999, en concordancia con el artículo 22 de la Ley 964 de 2005, modificado por el artículo 83 de la Ley 1328 de 2009, y el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que mediante la Resolución No. 0539 del 12 de marzo de 2010, esta Superintendencia autorizó la constitución de la sociedad administradora de sistemas de negociación de valores y registro de operaciones sobre valores Tradition Securities Colombia S.A.

SEGUNDO: Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en concordancia con el artículo 22 de la Ley 964 de 2005, corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia expedir el certificado de autorización dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que se acredite la constitución regular, el pago del capital y la existencia de la infraestructura técnica y operativa necesaria para funcionar regularmente.

TERCERO: Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 11 del artículo 11.2.4.1.2. del Decreto 2555 de 2010 corresponde al Superintendente Financiero autorizar el funcionamiento de las entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.

CUARTO: Que mediante comunicación radicada bajo el número 2010053578-000 del 29 de julio de 2010 se solicitó la expedición del certificado de autorización de Tradition Securities Colombia S.A. como sociedad administradora de un sistema de negociación de valores y de un sistema de registro de operaciones sobre valores. Para tal efecto, se remitió copia de la Escritura Pública No. 2612 del 24 de marzo de 2010 otorgada en la Notaría Treinta y Ocho (38) del Círculo de Bogotá

D.C. y el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá el 12 de abril de 2010, en el que consta la inscripción en el Registro Mercantil de la sociedad comercial denominada Tradition Securities Colombia S.A., documentos que acreditan la constitución regular de la sociedad.

QUINTO: Que mediante comunicación radicada bajo el número 2010053578-054 del 6 de diciembre de 2010, la sociedad Tradition Securities Colombia S.A. allegó a esta Superintendencia la certificación suscrita por el revisor fiscal de dicha sociedad respecto del pago del capital suscrito, en los términos dispuestos por las normas vigentes.

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

RESOLUCIÓN NÚMERO 2484 DE 2010 HOJA No. 2

Por la cual se otorga un certificado de autorización y se inscribe a una sociedad administradora de

un sistema de negociación de valores y de un sistema de registro de operaciones sobre valores denominada Tradition Securities Colombia S.A., en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores SEXTO: Que allegada la totalidad de la información solicitada para efectos de expedir el correspondiente certificado de autorización, la Delegatura para Riesgos Operativos, la Delegatura para Supervisión de Riesgos de Mercados e Integridad y la Delegatura para Riesgos de Conglomerados y Gobierno Corporativo emitieron concepto favorable sobre los temas de su competencia en cuanto a la viabilidad de otorgar permiso de funcionamiento a la sociedad Tradition Securities Colombia S.A.

SÉPTIMO: Que de conformidad con lo señalado por el literal b) del artículo 7 de la Ley 964 de 2005, en concordancia con el literal b) del artículo 5.1.1.1.2 del Decreto 2555 de 2010, las sociedades administradoras de sistemas de negociación de valores y de registro de operaciones sobre Valores se encuentran obligadas a inscribirse en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores - RNAMV, siendo esta inscripción una condición necesaria para actuar en el mercado de valores.

OCTAVO: Que de conformidad con lo señalado en el artículo 5.3.1.1.2. del Decreto 2555 de 2010, la autorización de la inscripción de las entidades señaladas en el numeral 1 del Parágrafo 3 del artículo 75 de la Ley 964 de 2005, entre las cuales se encuentran las sociedades administradoras de sistemas de negociación de valores y de registro de operaciones sobre valores, se impartirá en el mismo acto administrativo en el que se expida el certificado de autorización de que trata

el numeral 7 del artículo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

NOVENO: Que mediante Resolución No. 2441 del 23 de diciembre de 2010, la Delegatura para Supervisión de Riesgos de Mercados e Integridad aprobó el reglamento de los sistemas de negociación de valores y de registro de operaciones sobre valores que administrará la sociedad Tradition Securities

Colombia S.A.

DÉCIMO: Que la sociedad Tradition Securities Colombia S.A. cumple con las condiciones exigidas por los artículos 5.3.1.1.2. y 5.3.1.1.3. del Decreto 2555 de 2010 para ser inscrita en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores

- RNAMV.

Por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: OTORGAR a la sociedad Tradition Securities Colombia S.A. el certificado de autorización como sociedad administradora de un sistema de negociación de valores y de un sistema de registro de operaciones sobre valores, en los términos aprobados en el reglamento de operación.

El inicio de operaciones de la sociedad Tradition Securities Colombia S.A. se encuentra condicionado a que se obtenga la autorización de posesión del representante legal y de las demás personas que deban surtir dicho trámite, de manera previa al ejercicio de sus cargos.

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

RESOLUCIÓN NÚMERO 2484 DE 2010 HOJA No. 3

Por la cual se otorga un certificado de autorización y se inscribe a una sociedad administradora de un sistema de negociación de valores y de un sistema de registro de operaciones sobre valores denominada Tradition Securities Colombia S.A., en el Registro Nacional de Agentes del Mercado

de Valores ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la inscripción de la sociedad Tradition Securities Colombia S.A. en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores como Sociedad Administradora de un Sistema de Negociación de Valores y de un Sistema de Registro de Operaciones sobre Valores.

ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR a la sociedad Tradition Securities Colombia S.A. cancelar a la Superintendencia Financiera de Colombia la suma de tres millones noventa mil pesos moneda corriente ($3.090.000) por concepto de derechos de inscripción en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de

Valores. El pago de los derechos de inscripción deberá efectuarse mediante consignación en la cuenta corriente número 030-245528-93 de Bancolombia, a nombre de CONTRIBUCIONES – SUPERFINANCIERA, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución.

ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente resolución al Apoderado Especial de los interesados, acto en el cual deberá entregársele copia de la misma y advertírsele que contra ella procede el recurso de reposición interpuesto ante el Superintendente Financiero, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

ARTÍCULO QUINTO: ORDENAR la publicación de la presente resolución, en el

Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo Superintendencia Financiera de Colombia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 30 DIC 2010

Dada en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de Diciembre de 2010.

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA

150000

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