SFC - Seguro infidelidad y riesgos financieros Concepto No. 2008022666-001 del 15 de julio de 2008 id2008022666
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Seguro infidelidad y riesgos financieros Concepto No. 2008022666-001 del 15 de julio de 2008 id2008022666
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2008
SEGURO INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS Concepto 2008022666-001 del 15 de julio de 2008.
Síntesis: El ordenamiento jurídico colombiano no impone a las entidades financieras la obligación de contratar pólizas de de infidelidad y riesgos financieros, con excepción hecha de las sociedades corredoras de reaseguros que deben constituirlas para cubrir perjuicios patrimoniales que cause el corredor de reaseguros con motivo de la responsabilidad civil en que incurra por las pérdidas económicas causadas a terceros como consecuencia de errores u omisiones. «(…) solicita se le informe “si la Póliza de infidelidad y Riesgos Financieros es obligatoria para todas las Entidades Financieras en Colombia o si es opcional y depende de la decisión de cobertura de riesgo de cada entidad en particular”.
Sobre el particular, nos permitimos informarle que, el ordenamiento jurídico colombiano no impone a las entidades financieras la obligación de contratar pólizas de infidelidad y riesgos financieros, con excepción hecha de las sociedades corredoras de reaseguros las cuales de conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Decreto 1866 de 1992, deben constituir dichas pólizas para cubrir los perjuicios patrimoniales que cause el corredor de reaseguros con motivo de la responsabilidad civil en que incurra de acuerdo con la ley colombiana, por las pérdidas económicas causadas a terceros como consecuencia de errores u omisiones cometidos por la sociedad o sus dependientes en el ejercicio de la actividad propia de su objeto social. (…).»