SGC - Resolucion 0288 de 2025

Servicio Geológico Colombiano

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Detalles

Título
SGC - Resolucion 0288 de 2025
Autor
Servicio Geológico Colombiano
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2025

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RESOLUCIÓN No. 0288 DE 2025

“Por medio de la cual se ordena la apertura del proceso de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa No. SGC-SASI-002-2025.”

EL SECRETARIO GENERAL (E) DEL SERVICIO GEOLÓGICO

COLOMBIANO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, el artículo 5 del Decreto 2703 de 2013, así como el artículo 4° de la Resolución No. D -480 del 22 de diciembre de 2022, la Resolución No. 0533 del 27 de mayo de 2024 y Resolución No.0277 del 28 de marzo de 2025; y demás normas vigentes y reglamentarias de la materia, y

CONSIDERANDO:

Que el Servicio Geológico Colombiano, es un instituto adscrito al Ministerio de Minas y Energía, que hace parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – SNCTI, al cual se le aplican las disposiciones de las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 en materia de contratación de la administración pública y sus decretos reglamentarios. Que mediante Decreto Ley 4131 de 2011 se cambió la naturaleza jurídica del Instituto Colombiano de Geología y Minería – Ingeominas de establecimiento público a instituto científico y técnico denominado Servicio Geológico Colombiano, el cual cuenta con pers onería jurídica, autonomía administrativa, técnica, financiera y patrimonio independiente. Que el Servicio Geológico Colombiano en virtud del artículo 3° del Decreto 4131

Colombiano, el cual cuenta con pers onería jurídica, autonomía administrativa, técnica, financiera y patrimonio independiente. Que el Servicio Geológico Colombiano en virtud del artículo 3° del Decreto 4131 de noviembre de 2011, tiene como objeto “realizar la investigación científica básica y aplicada del potencial de recursos del subsuelo; adelantar el seguimiento y monitoreo de amenazas de origen geológico; administrar la información del subsuelo; garantizar la gestión segura de los materiales nucleares y radiactivos en el país; coordinar proyectos de investigación nuclear, con las limitaciones del artículo 81 de la Constitución Política, y el manejo y la utilización del reactor nuclear de la Nación.” Que el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 80 de 1993, atribuye la competencia para ordenar y dirigir licitaciones o concursos y para celebrar contratos estatales, al Representante legal de la entidad respectiva. Que el Director General mediante artículo 4° de la Resolución No. D-480 del 22 de diciembre de 2022 delegó en la Secretaria General funciones en materia precontractual, contractual y pos contractual, el cual reza: “Expedir sin límite de cuantía, los actos administrativos requeridos dentro de los procesos de selección de adquisición de bienes y servicios durante las etapas previas, de ejecución y liquidación que adelante el SGC, cuya suscripción no se haya delegado en otros funcionarios, y respecto de la tot alidad de dependencias que integran la Entidad.” Que el presente proceso de selección se adelantará bajo la modalidad de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa Electrónica de conformidad con lo estipulado en el numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, el cual

Entidad.” Que el presente proceso de selección se adelantará bajo la modalidad de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa Electrónica de conformidad con lo estipulado en el numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, el cual establece: “(…) 2. Selección abreviada. La Selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual. (…) a) La adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización por parte de las entidades, que corresp ondenPágina 2 de 4

a aquellos que poseen las mismas especificaciones técnicas, con independencia de su diseño o de sus características descriptivas, y comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos. Para la adquisición de estos bienes y servicios las entid ades deberán, siempre que el reglamento así lo señale, hacer uso de procedimientos de subasta inversa o de instrumentos de compra por catálogo derivados de la celebración de acuerdos marco de precios o de procedimientos de adquisición en bolsas de productos (…)”. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082 de 2015, el 19 de marzo de 2025, el Servicio Geológico Colombiano publicó en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II, el aviso para convocar a los interesados en el proceso de Subasta Inversa No. SGC-SASI-002en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II, el aviso para convocar a los interesados en el proceso de Subasta Inversa No. SGC-SASI-0022025 cuyo objeto es “Realizar la modernización tecnológica de los sistemas de hiperconvergencia, virtualización y del almacenamiento principal de la entidad. ” Y cuyo alcance comprende: 1. Fortalecer la Infraestructura de almacenamiento en el sistema ISILON Power Scale DELL EMC.

2. Adquirir soporte de garantía con el fabricante de la Infraestructura de nodos Isilon A200. 3. Adquirir soporte de garantía con el fabricante de la Infraestructura de HCI. 4. Adquirir soporte de garantía con el fabricante de la Infraestructura de almacenamiento DELL ECS 3000. 5. Adquis ición de soporte de garantía con el fabricante de la Infraestructura de nodos Isilon A2000 6.

Mejoramiento de soporte de equipos centro de datos alterno. 7. Actualizar el licenciamiento y soporte VMware, NVIDIA y Data Protection Suite (DPS). 8. Ampliar la capacidad del cluster de hiperconvergencia de Bogotá 9. Servicios de instalación, gestión y configuración de la solución.

Que, desde el 19 de marzo de 2025, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, se publicó el proyecto de pliego de condiciones (Electrónico – Anexo Generalidades del Pliego de Condiciones), el estudio previo, anexos y formatos en el Sistema Elect rónico para la Contratación Pública - SECOP II, lugar electrónico a través del cual se pueden consultar los documentos del proceso.

de condiciones (Electrónico – Anexo Generalidades del Pliego de Condiciones), el estudio previo, anexos y formatos en el Sistema Elect rónico para la Contratación Pública - SECOP II, lugar electrónico a través del cual se pueden consultar los documentos del proceso. Que, en los términos del cronograma del proceso, se estableció del 20 al 27 de marzo de 2025, para que los interesados en la contratación pudieran presentar observaciones o solicitar aclaraciones. Es así que se recibieron observaciones al proyecto de pliego de condiciones y demás documentos del proceso, a través de publicación en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii.SECOP II, las cuales fueron resueltas en su oportunidad en la plataforma transaccional SECOP II, el día 31 de marzo de 2025. Que el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es por la suma de hasta NUEVE MIL QUINIENTOS UN MILLONES TRECIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS MCTE ($9.501.329.551,00), incluido el IVA y todos los demás gravámenes, costos directos e indirectos y conceptos que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección, con base en el análisis del estudio de mercado, el cual se origina en las cotizaciones allegadas y debidamente avaladas por el comité técnico estructurador. Las obligaciones que se contraigan en desarrollo de este proceso se respaldan con recursos del presupuesto de la Entidad, a través de los certificados de disponibilidad presupuestal Nos. 31925 y 77425 ambos del 10 de marzo de 2025.

que se contraigan en desarrollo de este proceso se respaldan con recursos del presupuesto de la Entidad, a través de los certificados de disponibilidad presupuestal Nos. 31925 y 77425 ambos del 10 de marzo de 2025.

Que en cumplimiento a lo previsto en el artículo 2.2.1.2.4.2.2. del Decreto 1082 de 2015 y según la certificación emitida por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo – MINCIT, el umbral para limitar los procesos a MIPYME, corresponde a $ 533.287.768, con una vigencia del 1 de enero del 202 5 hasta el 31 de diciembre de 2026, se tiene que el presupuesto oficial de este proceso supera los CIENTO VEINTICINCO MIL ($125.000.) dólares, por lo que, en este proceso no se realizó convocatoria para limitar a mipymes. Que el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, prescribe que “La Entidad Estatal debe ordenar la apertura del proceso de selección, mediante acto 0288Página 3 de 4

administrativo de carácter general, sin perjuicio de los dispuesto en las Disposiciones Especiales para las modalidades de selección”. Que el cronograma, el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el proceso, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii, en el proce so de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa No. SGC-SASI-002-2025. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5. del Decreto

mediante Subasta Inversa No. SGC-SASI-002-2025. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5. del Decreto 1082 de 2015, el SGC convocará a las veedurías ciudadanas para que realicen el control social durante las etapas del presente proceso de selección de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia. Que, en mérito de lo expuesto, la Secretaria General,

RESUELVE: Artículo 1.- Ordenar la apertura del Proceso de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa No. SGC-SASI-002-2025, cuyo objeto es ““Realizar la modernización tecnológica de los sistemas de hiperconvergencia, virtualización y del almacenamiento principal de la entidad.” Y cuyo alcance comprende: 1. Fortalecer la Infraestructura de almacenamiento en el sistema ISILON Power Scale DELL EMC. 2. Adquirir soporte de garantía con el fabricante de la Infraestructura de nodos Isilon A200. 3. Adquirir soporte de garantía con el fabricante de la Infraestructura de HCI. 4. Adquirir soporte de garantía con el fabricante de la Infraestructura de almacenamiento DELL ECS 3000. 5. Adquisición de soporte de garantía con el fabricante de la Infraestructura de nodos Isilon A2000 6. Mejoramiento de soporte de equipos centro de datos alterno. 7. Actualizar el licenciamiento y soporte VMware, NVIDIA y Data Protection Suite (DPS). 8. Ampliar la capacidad del cluster de hiperconvergencia de Bogotá 9. Servicios de instalación, gestión y configuración de la solución.

Articulo 2.- Establecer que el presupuesto oficial estimado para la presente

hiperconvergencia de Bogotá 9. Servicios de instalación, gestión y configuración de la solución.

Articulo 2.- Establecer que el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es por un valor de hasta NUEVE MIL QUINIENTOS UN MILLONES TRECIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS MCTE ($9.501.329.551,00), incluido el IVA y todos los demás gravámenes, costos directos e indirectos y conceptos que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección, el cual cuenta con respaldo presupuestal a través de los certi ficados de disponibilidad presupuestal Nos. 31925 y 77425 ambos del 10 de marzo de 2025.

Artículo 3.- Desarrollar el presente proceso de selección de conformidad con el cronograma indicado en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública –

SECOP II.

Artículo 4.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, el Servicio Geológico Colombiano convoca a las veedurías ciudadanas para que realicen el control social durante las etapas del presente proceso de selección de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia.

Artículo 5.- El cronograma, el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el Proceso Selección Abreviada de Menor Cuantía No. SGC-SASI-002-2025, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii

Cuantía No. SGC-SASI-002-2025, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii

Artículo 6.- Publicar el presente acto administrativo en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II.

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Artículo 7.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y contra la misma no procede recurso alguno.

Dado en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de marzo del 2025.

PÚBLIQUESE Y CUMPLASE

JOSE ALBERTO HIGUERA ALFONSO

SECRETARIO GENERAL (E)

PROYECTÓ Sandra Escobar Benavides Abogada - Grupo de Contratos y Convenios

REVISÓ Yulieth Carolina Bejarano Pinzón Abogada - Grupo de Contratos y Convenios REVISÓ Jose Alberto Higuera Alfonso Coordinador - Grupo de Contratos y Convenios

REVISÓ UNIO-CCA CONSULTORIA,

CAPACITACIONES Y ASESORIA

LEGAL SAS

Asesor – Secretaría General

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