SGC - Resolución 1530 de 2023

Servicio Geológico Colombiano

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Detalles

Título
SGC - Resolución 1530 de 2023
Autor
Servicio Geológico Colombiano
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2023

COLOMBIA ,POTENCIA DELA co ESa 43 e, Vi DA COLOMBIANO IL ( pr No. A 04 SEP 2023 “Por medio de la cual se adiciona y modifica el Manual Específico de Funciones yde Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal delServicio Geológico Colombiano.” LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial lasconferidas en el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015, del Decreto Ley4131 del 3 de noviembre de 2011, el Decreto 2703 de 2013, el Decreto 2704 de2013, las Resoluciones D-480 y D-481 del 22 de diciembre de 2022 y CONSIDERANDO Que el artículo 4 del Decreto 498 de 2020, que modificó el artículo 2.2.2.6.1 delDecreto 1083 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto ÚnicoReglamentario del Sector de Función Pública”, consagra que la adopción, adición,modificación o actualización de los Manuales Específicos de Funciones y deCompetencias Laborales de las entidades contenidas en su campo de aplicación,se efectuará mediante Resolución interna del jefe del respectivo organismo,previo estudio que adelante la unidad de personal, o la que haga sus veces, encada organismo.

Que en cumplimiento de las obligaciones consagradas en el Decreto Ley 4131 de2011 y Decreto 2703 de 2013, mediante Resolución D — 452 del 1 de diciembrede 2022, se actualizó, modificó y adicionó el Manual Específico de Funciones yCompetencias Laborales para los empleos de la planta de personal del ServicioGeológico Colombiano, con el fin de disponer de un instrumento actualizado parala administración del talento humano, acorde con las exigencias para elfortalecimiento de la capacidad de gestión de la entidad. Que para efectos de atender las necesidades del servicio y cumpliradecuadamente los objetivos, políticas y programas del organismo, la SecretariaGeneral del Servicio Geológico Colombiano, de acuerdo con las facultades legalesy estatutarias delegadas por el Director General mediante las Resoluciones Nos.D-480 y D-481 del 22 de diciembre de 2022, podrá suscribir el acto administrativomediante el cual se actualiza, modifica y adiciona el Manual de Funciones yCompetencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del ServicioGeológico Colombiano, Que de acuerdo con las necesidades identificadas por parte del Director General,se requiere adicionar y modificar al Manual de funciones y competencias laboralesla siguiente ficha correspondiente al siguiente empleo Asesor, Código 1020,Grado 09, asignado a la Dirección General, respecto los requisitos de formaciónacadémica en el siguiente núcleo básico del conocimiento: Educación, con elpropósito de atender de manera eficiente el cumplimiento de las funcionesasignadas a esta dependencia en los asuntos a su cargo.

Que mediante Resolución No. 452 del 1 de diciembre de 2022, se actualizó,modificó y adicionó el Manual de Funciones y Competencias Laborales del ServicioGeológico Colombiano, el cual a su vez ha sido adicionado por las Resoluciones »No. 482 del 22 de diciembre de 2022, No. 0025 del 03 de enero de 2023/No.009 del 19 de enero de 2023, No. 013 del 31 de enero de 2023, No. 350 def 8 demarzo de 2023, No. 390 del 15 de marzo de 2023, No. 581 del 21 de ab Ñ de2023, No. 627 del 26 de abril de 2023, No. 902 del 15 de junio de 2023,del 29 de junio de 2023, 1203 del 24 de julio de 2023 y No. 1508 del E e”septiembre de 2023. Pagina 1 de 5COLOMBIA >“VIDA 1530 04 SEP 2023 BEC Que conforme la solicitud y al análisis efectuado por el Grupo de Trabajo deTalento Humano de la Secretaría General, se hace necesario efectuar la adicióndel Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los Empleosde la Planta de Personal del Servicio Geológico Colombiano.

Que en mérito de lo expuesto,RESUELVE: ARTÍCULO 1. Modificar el Manual de Funciones y Competencias Laborales paralos empleos que conforman la planta de personal del Servicio GeológicoColombiano, establecidos en el Decreto 2704 dei 22 de noviembre de 2013,actualizado, modificado y adicionado por las Resoluciones No. 452 del 1 dediciembre de 2022, No. 482 del 22 de diciembre de 2022, No. 0025 del 03 deenero de 2023, No. 009 del 19 de enero de 2023, No. 013 del 31 de enero de2023, No. 350 del 8 de marzo de 2023, No. 390 del 15 de marzo de 2023, No.581 del 21 de abril de 2023, No. 627 del 26 de abril de 2023, No. 902 del 15 dejunio de 2023, 1036 del 29 de junio de 2023, 1203 del 24 de julio de 2023 y No.1508 del 1 de septiembre de 2023, en el sentido adicionar y modificar la ficha deempleo y competencias laborales del perfil correspondiente al siguiente empleo:Asesor, Código 1020, Grado 09, asignado a la Dirección General, respecto losrequisitos de formación académica en el siguiente núcleo básico del conocimiento:Educación, con el propósito de atender de manera eficiente el cumplimiento delas funciones asignadas a esta dependencia en los asuntos a su cargo, de acuerdocon lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 2. Adicionar la ficha de empleo y competencias laborales del perfilAsesor, Código 1020, Grado 09, asignado a la Dirección General, señalado en elartículo primero del presente acto administrativo. e, I, IDENTIFICACIÓNNivel: AsesorDenominación del Empleo: AsesorCódigo: 1020Grado: 09N.° de cargos: Cuatro (4)Dependencia: Dirección General del Servicio GeológicoColombianoCargo del jefe Inmediato: Director GeneralIl, AREA FUNCIONAL - Dirección GeneralIII. PROPÓSITO PRINCIPALAsistir a la Dirección General en temas relacionados con la investigación enaplicaciones y desarrollo de las tecnologías nucleares, manejo seguro de lasinstalaciones nucleares y radiactivas del Servicio Geológico Colombiano y lagestión segura de los materiales radiactivos en el país conforme a la normativavigente y de forma articulada con los demás propósitos del Servicio GeológicoColombiano y en general a los usos pacíficos de la ciencia y tecnología nuclearen Colombia.IV, DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES1. Asesorar a la Dirección General en la formulación y adopción de políticas,planes, programas y proyectos en materia de investigación y aplicacionesnucleares y de iniciativas de reglamentación en concordancia con laspolíticas nacionales, internacionales y las del Ministerio de MinasEnergía.2. Asesorar al Director General en los sistemas de control de las operacidnescon materiales radiactivos realizadas en el territorio nacional del lasinstalaciones nucleares y radiactivas institucionales de acuerdo conNanormatividad vigente. —Pagina 2deSM7 COLOMBIA ASLE, POTENCIADELA 153 7 (¿Eco “Yi ETe Gia 1930 cesen eG

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3. Asistir a la Dirección General en la coordinación y atención de las visitastécnicas relacionadas con las tecnologías nucleares, manejo integral delas instalaciones nucleares y radiactivas del instituto y la gestión segurade los materiales radiactivos en cumplimiento de los tratados, acuerdos yconvenios internacionales.4. Acompañar la implementación y ejecución del Plan Estratégico de AsuntosNucleares en concordancia con los lineamientos del DepartamentoAdministrativo de Ciencia Tecnología e Innovación. (Colciencias) mediantela participación en redes científicas nacionales e internacionales deacuerdo con las políticas de Ciencia, Tecnología e Innovación.5. Proponer estudios e investigaciones con miras a conocer y aplicar lastendencias mundiales en tecnología, esquemas y políticas para eldesarrollo de nuevo conocimiento en asuntos nucleares de acuerdo condesarrollos internacionales.6. Representar a la entidad en las instancias en que sea delegado por elDirector General, promoviendo relaciones con empresas, gremios,comunidades académicasy científicas relacionados con asuntos nucleares.7. Participar en la generación de planes programas y proyectos a nivelinstitucional, trabajando en equipo con las distintas direcciones, en elmarco de los sistemas integrados de gestión.8. Elaborar los informes que sean requeridos por el Director General.9. Las demás que le sean asignadas por Director General, de acuerdo con elárea de desempeño y la naturaleza del cargo.Y. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

Normatividad relacionada con el objeto y funciones de la entidad.Temática nuclear,Normatividad técnica y regulación nuclear.Seguridad nuclear y protección radiológica.Cooperación internacional.Código de conducta del OIEA y reglamento sobre instalaciones nuclearesdel Ministerio de Minas y Energía.Tratados, acuerdos y convenios internacionales para el uso pacífico de laenergía nuclear.8. Sistemas de control, gestión y desarrollo administrativo.9. Gerencia y gestión de proyectos de investigación.10.Lineamientos institucionales relacionados con el Sistemas Integrados deGestión.11.Planeación por escenarios.12.Dominio del idioma inglés. VI, COMPETENCIASCOMPORTAMENTALES COMUNES COMPORTAMENTALES POR NIVELJERÁRQUICO1. Aprendizaje continuo2. Orientación a resultados3. Orientación al usuario y alciudadano4. Compromiso con la organización5. Trabajo en equipo6. Adaptación al cambio . Confiabilidad técnica. Creatividad e innovación. Iniciativa. Construcción de relaciones. Conocimiento del entorno

VII. REQUISITOS DE FORMACION ACADEMICA Y EXPERIENCIAFORMACION ACADEMICA EXPERIENCIATítulo profesional en disciplinas AT ?académicas del núcleo básico de É )Conocimiento en: Otras Ingenierías; | Veintiséis (26) meses de experienciaIngeniería Química y Afines; Química y | profesional relacionada. ereAfines; Ingenieria Electronica L-Comunicaciones y Afines; Ingeniería yMecánica y Afines; Física; Educación. 7 |

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Título de posgrado en modalidad deespecialización en áreas relacionadascon las funciones del empleo. académicas del núcleo básico deConocimiento en: Otras Ingenierías;Ingeniería Química y Afines; Química yAfines; Ingeniería ElectrónicaComunicaciones y Afines; IngenieríaMecánica y Afines; Física; Educación. Título de posgrado en modalidad demaestría en áreas relacionadas con lasfunciones del empleo. Tarjeta profesional en los casosrequeridos por la ley. VIII. ALTERNATIVASFORMACION ACADÉMICA EXPERIENCIATítulo profesional en disciplinas Catorce (14) meses de experienciaprofesional relacionada Tarjeta profesional en los casosrequeridos por la ley.Título profesional en disciplinasacadémicas del núcleo básico deConocimiento en: Otras Ingenierías;Ingeniería Química y Afines; Química yAfines; Ingeniería ElectrónicaComunicaciones y Afines; IngenieríaMecánica y Afines; Física; Educación. Título de posgrado en modalidad dedoctorado en áreas relacionadas conlas funciones del empleo. Tarjeta profesional en los casosrequeridos por la ley. Título profesional en disciplinasacadémicas del núcleo básico deConocimiento en: Otras Ingenierías;Ingeniería Química y Afines; Química yAfines; Ingeniería ElectrónicaComunicaciones y Afines; IngenieríaMecánica y Afines; Física; Educación.

en losTarjeta profesional casos Cincuenta (50) meses de experienciaprofesional relacionada. requeridos por la ley. ARTÍCULO 3. La Secretaria General entregará a cada servidor, copia de lasfunciones y competencias determinadasempleo, cuando mediante la adopción,en el citado manual para el respectivomodificación o adición del manual seafecten las establecidas para los empleos, Los jefes inmediatos responderán porla inducción y la orientación del empleado en el cumplimiento de las mismas. ARTÍCULO 4. El Director General delServicio Geológico Colombiano, /o sudelegado mediante acto administrativo adoptará las modificaciones o aditionesnecesarias para mantener actualizado el Manual Específico de FuncionesCompetencias Laborales, y podrá estab elecer las equivalencias entre estudio yPáginaVe POTE ari SERVICIO (Fa7 NCIAD S VIDA 1530 si (/6) experiencia, en los términos sefialados en el articulo 2.2.2.5.1 del Decreto 1083de 2015. ARTÍCULO 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedicióny adiciona la Resolución D ~ 452 del 1 de diciembre de 2022 por la cual seactualizó, adicionó y modificó del Manual Específico de Funciones y deCompetencias Laborales del Servicio Geológico Colombiano - SGC. COMUNÍQUESEY CÚMPLASE (4 SEP 2023Dada en Bogotá, Elaboró: Luz Angela Amártegui, Abogada Contratista - GTHRevisó: Martha Isabel Vanegas, Coordinadora Grupo de Talento Humano etRevisó: Laura Soto, Abogada Contratista - Secretaria General LY Página 5 de 5

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