SGC - Resolución 1840 de 2023

Servicio Geológico Colombiano

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Detalles

Título
SGC - Resolución 1840 de 2023
Autor
Servicio Geológico Colombiano
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2023

Página 1 de 4

Por medio de la cual se ordena la apertura del Concurso de Méritos

No. SGC-CM-002-2023.

RESOLUCIÓN NÚMERO

( )

LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO.

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2008, el Decreto 1082 de 2015, el artículo 4° de la Resolución No. D-480 del 22 de diciembre de 2022, expedida por el director general del Servicio Geológico Colombiano mediante la cual se delegan unas funciones; y demás normas vigentes y reglamentarias de la materia, y

C O N S I D E R A N D O.

El Servicio Geológico Colombiano, es un instituto adscrito al Ministerio de Minas y Energía, que hace parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación — SNCTI, al cual se le aplican las disposiciones de las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 en materia de contratación de la administración pública y sus Decretos reglamentarios; y mediante el Decreto Ley 4131 de 2011 se cambió la naturaleza jurídica del Instituto Colombiano de Geología y Minería - Ingeominas de establecimiento público a instituto científico y técnico denominado Servicio Geológico Colombiano..

El articulo 3 del Decreto 4131 de 2011 precisó que el Servicio Geológico Colombiano tiene como objeto: "(…) realizar la investigación ci entífica básica y aplicada del potencial de recursos del subsuelo; adelantar el seguimiento y monitoreo de amenazas de origen

como objeto: "(…) realizar la investigación ci entífica básica y aplicada del potencial de recursos del subsuelo; adelantar el seguimiento y monitoreo de amenazas de origen geológico; administrar la información del subsuelo; garantizar la gestión segura de los materiales nucleares y radiactivos en el país; coordinar proyectos de investigación nuclear, con las limitaciones del artículo 81 de la Constitución Política, y el manejo y la utilización del reactor nuclear de la Nación (…)"..

El Servicio Geológico Colombiano tiene la necesidad de contratar los servicios de diagnóstico, verificación y evaluación a los sistemas de gestión de la entidad, entre ellos el de gestión institucional, el de seguridad y salud en el trabajo, el ambiental, el de seguridad de la información y el Sistema de Servicio al Ciudadano, lo anterior, conforme a lo dispuesto en el Modelo Integrado de Planeación y GestiónMIPG, el cual en esencia busca para efectos de la presente justificación, el mejoramiento permanente para garantizar los derechos y satisfacer las necesidades y expectativas de la ciudadanía.

Añadido a la necesidad de fortalecer las capacidades de la entidad estatal como organización, fomentar la cultura organizacional fundamentada en la información, el control y la evaluación para la toma de decisiones e nfocadas a la mejora continua, y reforzar el liderazgo y el talento humano como herramientas generadoras de resultados en el Servicio Geológico Colombiano, entre otros cometidos del MIPG en concordancia con los principios de la función administrativa estipulados en el artículo 209 constitucional.

Por lo cual, es pertinente el ejercicio de diagnóstico, verificación y evaluación con el propósito de validar la gestión en materia de atención a la ciudadanía con el fin de adelantar acciones tendientes a optimizar este componente. 1840

Por lo cual, es pertinente el ejercicio de diagnóstico, verificación y evaluación con el propósito de validar la gestión en materia de atención a la ciudadanía con el fin de adelantar acciones tendientes a optimizar este componente. 1840 09-OCTUBRE-2023Página 2 de 4

Por medio de la cual se ordena la apertura del Concurso de Méritos

No. SGC-CM-002-2023.

En síntesis, la necesidad de la contratación se sustenta en requerimientos normativos de orden legal/reglamentario y técnico que además de garantizar el cumplimiento de los enunciados lineamientos, permitirá efectuar ejercicios de mejora continua con el propósito de optimizar la gestión del Servicio Geológico Colombiano de cara al cumplimiento de sus fines institucionales y en un mediano plazo, efectuar el proceso de certificación correspondiente en las enunciadas normas técnicas.

Que en virtud a lo anterior, y en consideración a la naturaleza del proceso de selección y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, el SGC adelantará un proceso de selección bajo la modalidad de: Concurso de Méritos, de conformidad con lo preceptuado en el Decreto 1082 de 2015 y atendiendo lo establecido en el artículo 2 numeral 2 literal b de la Ley 1150 de 2007 y de las demás normas concordantes y complementarias , el presupuesto oficial del que se dispone para satisfacer la necesidad descrita y al objeto que se pretende contratar, resulta procedente la selección del contratista a través dicha modalidad.

Que el objeto de la presente contratación es “Prestar los servicios para realizar el diagnóstico, verificación y evaluación del estado y cumplimiento de los sistemas de Gestión

se pretende contratar, resulta procedente la selección del contratista a través dicha modalidad.

Que el objeto de la presente contratación es “Prestar los servicios para realizar el diagnóstico, verificación y evaluación del estado y cumplimiento de los sistemas de Gestión Institucional, Gestión Ambiental, Gestión de Seguridad de la Información, Sistema de Servicio al Ciudadano, y de Seguridad y Salud en el Trabajo del Servicio Geológico Colombiano, conforme a la normatividad técnica y reglamentaria vigente”.

Que el presupuesto oficial destinado para la presente contratación es por un valor total de

NOVENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS

CINCUENTA Y DOS PESOS M/CTE ($ 94,611,652.00).

Que, el SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO cuenta con se cuenta con el Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. CDP No. PGN No 110823 del 30 de AGOSTO de 2023 , expedido por el responsable de presupuesto del SGC.

Que se publicó el Aviso de Convocatoria, junto con los Estudios Previos y el Proyecto de Pliego de Condiciones del Concurso de Méritos SGC-CM-002 de 2023, en el Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co/secop-ii, el 29 de septiembre de 2023 hasta el 6 de octubre de 2023 , dando así cumplimiento a lo indicado en el artículo 8º de la Ley 1150 de 2 008 y a los artículos 2.2.1.1.2.1.1, 2.2.1.1.2.1.2 y 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto

1082 de 2015, para que los posibles oferentes presentaran observaciones.

Que durante la publicación del proyecto de pliego de condiciones se recibieron observaciones al proyecto de pliegos por parte de ICONTEC y HOLDING CONSULTANTS DE COLOMBIA , las cuales fueron contestadas dentro del plazo señalado en el cronograma del proceso.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 66 Inciso 3 de la Ley 80 de 1993, la Ley 850 de 2003 y el numeral 5 del artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, se convocará a las Veedurías Ciudadanas para realizar acompañamiento y seguimiento dentro de todas las etapas del presente proceso de selección.

Que en cumplimiento a lo previsto en los artículos 2.2.1.2.4.2.2. a 2.2.1.2.4.2.4. del Decreto 1082 de 2015 (Artículo 5° del Decreto 1860 de 2021) y teniendo en cuenta que el

presupuesto oficial del proceso no supera los CIENTO VEINTICINCO MIL DOLARES USD (125.000), la convocatoria es susceptible de limitación a MIPYMES , sin embargo, una vez vencido el termino para solicitar dicha limitación, no se presentó solicitud alguna. 1840 09-OCTUBRE-2023Página 3 de 4

Por medio de la cual se ordena la apertura del Concurso de Méritos

No. SGC-CM-002-2023.

Que el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, prescribe que “La Entidad Estatal debe ordenar la apertura del proceso de selección, mediante acto administrativo de carácter general, sin perjuicio de los dispuesto en las Disposiciones Especiales para las modalidades de selección”

Que el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el proceso, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii

Que en sesión de comité de contratación No 35 del 22 de septiembre de 2023 se recomendó el inicio del presente proceso de contratación.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.- Ordenar la apertura del Proceso de concurso de méritos No. SGC-CM-0022023, cuyo objeto es “Prestar los servicios para realizar el diagnóstico, verificación y evaluación del estado y cumplimiento de los sistemas de Gestión Institucional, Gestión Ambiental, Gestión de Seguridad de la Información, Sistema de Servicio al Ciudadano, y de Seguridad y Salud en el Trabajo del Servicio Geológico Colombiano, conforme a la normatividad técnica y reglamentaria vigente”.

Articulo 2.- Establecer que el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es por un valor de hasta NOVENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS M/CTE ($ 94,611,652.00) incluido IVA y todos los costos directos e indirectos y los impuestos, tasas y contribuciones que conlleve

SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS M/CTE ($ 94,611,652.00) incluido IVA y todos los costos directos e indirectos y los impuestos, tasas y contribuciones que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección el cual cuenta con el respaldo presupuestal a través del CDP No. PGN No 110823 del 30 de Agosto de 2023.

Artículo 3 .- Desarrollar el presente proceso de selección de conformidad con el cronograma indicado en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II.

Artículo 4 .- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, el Servicio Geológico Colombiano convoca a las veedurías ciudadanas, asociaciones civiles, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especializados de investigació n, para que, de estar interesadas, desarrollen su actividad durante la etapa precontractual, contractual y postcontractual del presente proceso haciendo recomendaciones escritas y oportunas ante esta Entidad y ante los organismos de control del Estado, para buscar la eficiencia institucional y la probidad en la actuación de los servidores públicos. Así mismo, podrán intervenir en todas las audiencias que se realicen durante el proceso.

Artículo 5.- El estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el Concurso de Méritos No. SGC-CM-002-2023, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii

relacionados con el Concurso de Méritos No. SGC-CM-002-2023, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii

Artículo 6.- Publicar el presente acto administrativo en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II.

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Por medio de la cual se ordena la apertura del Concurso de Méritos

No. SGC-CM-002-2023.

Artículo 7.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y contra la misma no procede recurso alguno.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

MARÍA ALEJANDRA QUINTERO POVEDA

SECRETARIA GENERAL

SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO

Proyectó Giovanny Aguirre Gómez Abogado - Grupo de Contratos y Convenios Revisó Ricardo Galezo Abogado - Oficina Asesora Jurídica Revisó Amanda Patricia Nauzan Ceballos LiderGrupo de Contratos y Convenios

1840

09-OCTUBRE-2023

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