SGC - Resolución 1841 de 2023

Servicio Geológico Colombiano

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Detalles

Título
SGC - Resolución 1841 de 2023
Autor
Servicio Geológico Colombiano
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2023

Página 1 de 4 Por medio de la cual se ordena la apertura del proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantia No. SGC-SAMC-005-2023.

RESOLUCIÓN NÚMERO

( )

LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO.

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2008, el Decreto 1082 de 2015, el artículo 4° de la Resolución No. D-480 del 22 de diciembre de 2022, expedida por el director general del Servicio Geológico Colombiano mediante la cual se delegan unas funciones; y demás normas vigentes y reglamentarias de la materia, y

C O N S I D E R A N D O.

El Servicio Geológico Colombiano, es un instituto adscrito al Ministerio de Minas y Energía, que hace parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación — SNCTI, al cual se le aplican las disposiciones de las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 en materia de contratación de la administración pública y sus Decretos reglamentarios; y mediante el Decreto Ley 4131 de 2011 se cambió la naturaleza jurídica del Instituto Colombiano de Geología y Minería - Ingeominas de establecimiento público a instituto científico y técnico denominado Servicio Geológico Colombiano..

El articulo 3 del Decreto 4131 de 2011 precisó que el Servicio Geológico Colombiano tiene como objeto: "(…) realizar la investigación ci entífica básica y aplicada del potencial de

denominado Servicio Geológico Colombiano..

El articulo 3 del Decreto 4131 de 2011 precisó que el Servicio Geológico Colombiano tiene como objeto: "(…) realizar la investigación ci entífica básica y aplicada del potencial de recursos del subsuelo; adelantar el seguimiento y monitoreo de amenazas de origen geológico; administrar la información del subsuelo; garantizar la gestión segura de los materiales nucleares y radiactivos en el país; coordinar proyectos de investigación nuclear, con las limitaciones del artículo 81 de la Constitución Política, y el manejo y la utilización del reactor nuclear de la Nación (…)"..

El Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, Potencia Mundial de la Vida” tiene como objetivo aumentar la inversión pública y privada en ciencia, tecnología e innovación, al igual que, potenciar la innovación pública a través de herramientas para medir, fortalecer, y articular capacidades de innovación. En concordan cia con este último objetivo, resulta indispensable la consolidación del conocimiento geo -científico por parte del Servicio Geológico Colombiano, para lo cual es necesaria la adquisición de equipos para el desarrollo y aplicación de técnicas analíticas y nuevas metodologías, en el marco de las investigaciones que se adelantan actualmente.

Para la ejecución de las actividades propias de los proyectos del SGC es necesario ampliar la capacidad operativa (personal técnico y equipos actualizados) del Laboratori o de Preparación de Secciones Petrográficas. Con las cuales se realiza los ensayos de la elaboración de secciones delgadas (LAB -068), secciones delgadas pulidas (LAB -069) y secciones pulidas (LAB-070) ofrecidos en el portafolio de servicios 2023 de la Dire cción de

elaboración de secciones delgadas (LAB -068), secciones delgadas pulidas (LAB -069) y secciones pulidas (LAB-070) ofrecidos en el portafolio de servicios 2023 de la Dire cción de Laboratorios del Servicio Geológico Colombiano, para dar cumplimiento con la caracterización de materiales geológicos registrado en Planview con el código 1001557 dentro de la cadena de valor en los proyectos institucionales, orientados a ampliar el 1841 09-OCTUBRE-2023Página 2 de 4 Por medio de la cual se ordena la apertura del proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantia No. SGC-SAMC-005-2023.

conocimiento geocientífico de los recursos del subsuelo, así como a las necesidades de los convenios interinstitucionales y todo esto con la continuidad, oportunidad y confiabilidad requerida.

En razón a lo anterior, es indispensable para el Servicio Geológico Colombiano a través de la Dirección de Laboratorios, adelantar el presente proceso de contratación con la finalidad de contratar la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de u na máquina esmeriladora y pulidora automática para la preparación automatizada de secciones petrográficas (secciones delgadas pulidas y secciones pulidas) en el Laboratorio de preparación de secciones petrográficas del Servicio Geológico Colombiano. Con esta adquisición de la esmeriladora y pulidora automática se tendrían dos equipos de esta clase que complementan el proceso de elaboración de las secciones petrográficas, adicionalmente reduciría el tiempo de preparación del pulido fino o final en un 50%, ya se contaría con un sistema de refrigeración para el plato de pulido o desbaste

dos equipos de esta clase que complementan el proceso de elaboración de las secciones petrográficas, adicionalmente reduciría el tiempo de preparación del pulido fino o final en un 50%, ya se contaría con un sistema de refrigeración para el plato de pulido o desbaste (son láminas o secciones petrográficas de roca o material geológico de 35 a 40 micras de grosor) y de manejarse con funciones de programación para el dispensado automatizado, con lo cual se ahorra insumos, costos y se logra alcanzar resultados altamente confiables en calidad y eficiencia.

Que en virtud a lo anterior, y en consideración a la naturaleza del proceso de selección y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, el SGC adelantará un proceso de selección bajo la modalidad de: Selección Abreviada de Menor Cuantía , de conformidad con lo preceptuado en el Decreto 1082 de 2015 y atendiendo lo establecido en el artículo 2 numeral 2 literal b de la Ley 1150 de 2007 y de las demás normas concordantes y complementarias, el presupuesto oficial del que se dispone para satisfacer l a necesidad descrita y al objeto que se pretende contratar, resulta procedente la selección del contratista a través de la modalidad de Selección Abreviada de Menor Cuantía

Que el presupuesto oficial destinado para la presente contratación es por un valor total de

TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL

QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($386.396.558,00).

Que, el SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO cuenta con se cuenta con el Certificados de

QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($386.396.558,00).

Que, el SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO cuenta con se cuenta con el Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. SPGR No. 229223 del 4 de octubre de 2023 expedido por el responsable de presupuesto del SGC.

Que se publicó el Aviso de Convocatoria, junto con los Estudios Previos y el Proyecto de Pliego de Condiciones de la Selección Abreviada de Menor Cuantía SGC-SAMCSI-005 de 2023, en el Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co/secop-ii, del 27 de agosto al 25 de agosto de 2023, dando así cumplimiento a lo indicado en el artículo 8º de la Ley 1150 de 2 008 y a los artículos 2.2.1.1.2.1.1, 2.2.1.1.2.1.2 y 2.2.1.1.2.1 .3 del Decreto 1082 de 2015, para que los posibles oferentes presentaran observaciones.

Que durante la publicación del proyecto de pliego de condiciones se recibieron observaciones al proyecto de pliegos por parte de las empr esas APP MACHINES y NUEVOS RECURSOS , las cuales fueron contestadas dentro del plazo señalado en el cronograma del proceso.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 66 Inciso 3 de la Ley 80 de 1993, la Ley 850 de 2003 y el numeral 5 del artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, se convocará a las Veedurías Ciudadanas para realizar acompañamiento y seguimiento dentro 1841

Ley 850 de 2003 y el numeral 5 del artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, se convocará a las Veedurías Ciudadanas para realizar acompañamiento y seguimiento dentro 1841 09-OCTUBRE-2023Página 3 de 4 Por medio de la cual se ordena la apertura del proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantia No. SGC-SAMC-005-2023.

de todas las etapas del presente proceso de selección.

MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN:

En el término previsto en el cronograma del presente proceso de selección, di spuesto en la plataforma transaccional del SECOP II, los interesados deberán manifestar su intención de participar en el presente proceso de selección, de acuerdo con la Guía para manifestar interés y la Guía para presentar Ofertas en el SECOP II, so pena de rechazo de la oferta.

EN ESTE PROCESO NO SE REALIZARÁ EL SORTEO QUE TRATA EL NUMERAL 2º DEL ARTÍCULO 2.2.1.2.1.2.20 DEL DECRETO 1082 DE 2015.

Que en cumplimiento a lo previsto en los artículos 2.2.1.2.4.2.2. a 2.2.1.2.4.2.4. del Decreto 1082 de 2015 (Artículo 5° del Decreto 1860 de 2021) y teniendo en cuenta que el presupuesto oficial del proceso no supera los CIENTO VEINTICINCO MIL DOLARES USD (125.000), la convocatoria es susceptible de limitac ión a MIPYMES, sin embargo, una vez

presupuesto oficial del proceso no supera los CIENTO VEINTICINCO MIL DOLARES USD (125.000), la convocatoria es susceptible de limitac ión a MIPYMES, sin embargo, una vez vencido el termino para solicitar dicha limitación, solo se presentó una solicitud, por tanto no se cumplió con lo establecido en el Decreto 1082 de 201 5 y el proceso no se limitará a MIPYMES.

Que el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, prescribe que “La Entidad Estatal debe ordenar la apertura del proceso de selección, mediante acto administrativo de carácter general, sin perjuicio de los dispuesto en las Disposiciones Especiales para las modalidades de selección”

Que el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el proceso, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii

Que el presente proceso fue someti do a consideración dentro del comité de contratación No 26 del 11 de julio de 2023, e n el cual se recomend ó el inicio del present e proceso de selección

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.- Ordenar la apertura del Proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa No. SGC-SAMC-005-2023, cuyo objeto es “contratar la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de una máquina esmeriladora y pulidora automática para la preparación automatizada de secciones petrográficas (secciones delgadas pulidas y secciones pulidas) en el Laboratorio de preparación de secciones petrográficas del Servicio Geológico Colombiano”.

para la preparación automatizada de secciones petrográficas (secciones delgadas pulidas y secciones pulidas) en el Laboratorio de preparación de secciones petrográficas del Servicio Geológico Colombiano”.

Articulo 2.- Establecer que el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es por un valor de hasta TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOEVNTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($386.396.558,00). incluido IVA y todos los costos directos e indirectos y los impuestos, tasas y contribuciones que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección el cual cuenta con el respaldo presupuestal a través del CDP No. SPGR No. 229223 del 04 de Octubre de 2023.

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Artículo 3 .- Desarrollar el presente proceso de selección de conformidad con el cronograma indicado en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II.

Artículo 4 .- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, el Servicio Geológico Colombiano convoca a las veedurías ciudadanas, asociaciones civiles, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especial izados de investigación, para que, de

ciudadanas, asociaciones civiles, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especial izados de investigación, para que, de estar interesadas, desarrollen su actividad durante la etapa precontractual, contractual y postcontractual del presente proceso haciendo recomendaciones escritas y oportunas ante esta Entidad y ante los organismos de control del Estado, para buscar la eficiencia institucional y la probidad en la actuación de los servidores públicos. Así mismo, podrán intervenir en todas las audiencias que se realicen durante el proceso.

Artículo 5.- El estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el Proceso Selección Abreviada de Menor Cuantía No. SGC-SAMC-0052023, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii

Artículo 6.- Publicar el presente acto administrativo en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II.

Artículo 7.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y contra la misma no procede recurso alguno.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

MARÍA ALEJANDRA QUINTERO POVEDA

SECRETARIA GENERAL

SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO

Proyectó Giovanny Aguirre Gómez Abogado - Grupo de Contratos y Convenios Revisó Ricardo Galezo Abogado - Oficina Asesora Jurídica Revisó Amanda Patricia Nauzan Ceballos LiderGrupo de Contratos y Convenios

1841

09-OCTUBRE-2023

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