SGC - Resolución 1894 de 2023
Detalles
- Título
- SGC - Resolución 1894 de 2023
- Autor
- Servicio Geológico Colombiano
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2023
Por medio de la cual se ordena la apertura del proceso de Selección Abreviada de Menor cuantía No. SGC-SAMC-006-2023
RESOLUCIÓN NÚMERO
( )
LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO.
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2008, el Decreto 1082 de 2015, el artículo 4° de la Resolución No. D-480 del 22 de diciembre de 2022, expedida por el director general del Servicio Geológico Colombiano mediante la cual se delegan unas funciones; y demás normas vigentes y reglamentarias de la materia, y
C O N S I D E R A N D O.
El Servicio Geológico Colombiano, es un instituto adscrito al Ministerio de Minas y Energía, que hace parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación — SNCTI, al cual se le aplican las disposiciones de las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 en materia de contratación de la administración pública y sus Decretos reglamentarios; y mediante el Decreto Ley 4131 de 2011 se cambió la naturaleza jurídica del Instituto Colombiano de Geología y Minería - Ingeominas de establecimiento público a instituto científico y técnico denominado Servicio Geológico Colombiano..
El articulo 3 del Decreto 4131 de 2011 precisó que el Servicio Geológico Colombiano tiene como objeto: "(…) realizar la investigación científica básica y aplicada del potencial de recursos del subsuelo; adelantar el seguimiento y monitoreo de amenazas de origen geológico; administrar la información del subsuelo; garantizar la gestión segura de los
tiene como objeto: "(…) realizar la investigación científica básica y aplicada del potencial de recursos del subsuelo; adelantar el seguimiento y monitoreo de amenazas de origen geológico; administrar la información del subsuelo; garantizar la gestión segura de los materiales nucleares y radiactivos en el país; coordinar proyectos de investigación nuclear, con las limitaciones del artículo 81 de la Constitución Política, y el manejo y la utilización del reactor nuclear de la Nación (…)"..
El Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, Potencia Mundial de la Vida” tiene como objetivo aumentar la inversión pública y privada en ciencia, tecnología e innovación, al igual que, potenciar la innovación pública a través de herramientas para medir, fortalecer, y articular capacidades de innovación. En concordancia con este último objetivo, resulta indispensable la consolidación del conocimiento geo-científico por parte del Servicio Geológico Colombiano, para lo cual es necesaria la adquisición de equipos para el desarrollo y aplicación de técnicas analíticas y nuevas metodologías, en el marco de las investigaciones que se adelantan actualmente.
Ahora bien, de acuerdo con las funciones asignadas y mencionadas anteriormente, el Servicio Geológico Colombiano-SGC, dentro de sus actividades misionales y de apoyo a la gestión, requiere contratar el ser vicio integral de aseo y cafetería, incluido el suministro de insumos, elementos, materiales, equipos y el servicio de jardinería, para las diferentes sedes del SGC.
Teniendo en cuenta que la Entidad no dispone de personal propio ni la logística necesaria para realizar y garantizar este tipo de labores, se hace necesario contratar el servicio integral de aseo y cafetería e insumos y de jardinería en las sedes del
Teniendo en cuenta que la Entidad no dispone de personal propio ni la logística necesaria para realizar y garantizar este tipo de labores, se hace necesario contratar el servicio integral de aseo y cafetería e insumos y de jardinería en las sedes del Servicio Geológico Colombiano.
Así mismo es importante indicar que, la entidad tiene en ejecu ción 6 órdenes de compra, las cuales finalizan el 31 de octubre de 2023, por lo que la entidad adelantó las gestiones correspondientes ante los proveedores para las modificaciones de dichos contratos, sin embargo, solo aceptaron 2 proveedores la modificaci ón, de las regionales Medellín y Manizales, para el caso de: SEDE CENTRAL, CAN, FACATATIVA, CALI, POPAYÁN, PASTO y PIEDECUESTA, manifestaron no aceptar las condiciones de modificar las actuales órdenes de compra, por lo que se hace necesario adelantar el respectivo proceso de selección a fin de garantizar la continuidad de la prestación del servicio.
1894 17-OCTUBRE-2023Por medio de la cual se ordena la apertura del proceso de Selección Abreviada de Menor cuantía No. SGC-SAMC-006-2023
Por otra parte, es importante precisar que, acorde a lo establecido por Colombia Compra Eficiente en el Acuerdo Marco de Precios para la prestación del Servicio Integral de Aseo y Cafetería (Cuarta generación) CCE 126 2023, la Vigencia mínima de la Orden de Compra debe tener una vigencia mínima de cuatro (4) meses, y el proceso que se estima adelantar es por un mes y medio (1.5) meses, bajo la modalidad de menor cuantía , para posteriormente y con vigencias fu turas adelantar un nu evo
proceso que se estima adelantar es por un mes y medio (1.5) meses, bajo la modalidad de menor cuantía , para posteriormente y con vigencias fu turas adelantar un nu evo proceso de contratación para la vigencia 2024..
En razón a lo anterior, es indispensable para el Servicio Geológico Colombiano a través del grupo de Servicios Administrativos , adelantar el presente proceso de contratación con la finalidad de CONTRATAR EL SERVICIO INTEGRAL DE ASEO Y CAFETERÍA EN
LAS INSTALACIONES DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO.
Que en virtud a lo anterior, y en consideración a la naturaleza del proceso de selección y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, el SGC adelantará un proceso de selección bajo la modalidad de: Selección Abreviada de Menor Cuantía, de conformidad con lo preceptuado en el Decreto 1082 de 2015 y atendiendo lo establecido en el artículo 2 numeral 2 literal b de la Ley 1150 de 2007 y de l as demás normas concordantes y complementarias, el presupuesto oficial del que se dispone para satisfacer la necesidad descrita y al objeto que se pretende contratar, resulta procedente la selección del contratista a través de la modalidad de Selección Abreviada de Menor Cuantía
Que el presupuesto oficial destinado para la presente contratación es por un valor total
de TRESCIENTOS DIECIOCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($ 318.161.459,00).
Que, el SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal PGN No. 120523 del 4 de octubre de 2023 expedido por el
Que, el SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal PGN No. 120523 del 4 de octubre de 2023 expedido por el responsable de presupuesto del SGC.
Que se publicó el Aviso de Convocatoria, junto con los Estudios Previos y el Proyecto de Pliego de Condiciones de la Selección Abreviada de Menor Cuantía SGC-SAMC-006 de 2023, en el Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co/secop-ii, el 06 de octubre de 2023 al 13 de octubre de2023, dando así cumplimiento a lo indicado en el artículo 8º de la Ley 1150 de 2008 y a los artículos 2.2.1.1.2.1.1, 2.2.1.1.2.1.2 y 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto 1082 de 2015, para que los posibles oferentes presentaran observaciones.
Que durante la publicación del proyecto de pliego de condiciones se recibieron observaciones al proyecto de pliegos por parte de las empresas ALGOAP S.A.S. y Limpieza Institucional LASU S.A.S , las cuales fueron contestadas con la publicación del presente acto administrativo.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 66 Inciso 3 de la Ley 80 de 1993, la Ley 850 de 2003 y el numeral 5 del artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, se convocará a las Veedurías Ciudadanas para realizar acompañamiento y seguimiento dentro de todas las etapas del presente proceso de selección.
MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN:
se convocará a las Veedurías Ciudadanas para realizar acompañamiento y seguimiento dentro de todas las etapas del presente proceso de selección.
MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN:
En el término previsto en el cronograma del presente proceso de selección, dispuesto en la plataforma transaccional del SECOP II, los interesados deberán manifestar su intención de participar en el presente proceso de selección, de acuerdo con la Guía para manifestar interés y la Guía para presentar Ofertas en el SECOP II, so pena de rechazo de la oferta.
1894 17-OCTUBRE-2023Por medio de la cual se ordena la apertura del proceso de Selección Abreviada de Menor cuantía No. SGC-SAMC-006-2023
EN ESTE PROCESO NO SE REALIZARÁ EL SORTEO QUE TRATA EL NUMERAL 2º
DEL ARTÍCULO 2.2.1.2.1.2.20 DEL DECRETO 1082 DE 2015.
Que en cumplimiento a lo previsto en los artículos 2.2.1.2.4.2.2. a 2.2.1.2.4.2.4. del Decreto 1082 de 2015 (Artículo 5° del Decreto 1860 de 2021) y teniendo en cuenta que el presupuesto oficial del proceso no supera los CIENTO VEINTICINCO MIL DOLARES USD (125.000), la convocatoria es susceptible de limitación a MIPYMES, sin embargo, una vez vencido el termino para solicitar dicha limitación no se presentó solicitud alguna, por tanto no se cumplió con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 y el proceso no se limitará a MIPYMES.
vez vencido el termino para solicitar dicha limitación no se presentó solicitud alguna, por tanto no se cumplió con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 y el proceso no se limitará a MIPYMES. Que el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, prescribe que “La Entidad Estatal debe ordenar la apertura del proceso de selección, mediante acto administrativo de carácter general, sin perjuicio de los dispuesto en las Disposiciones Especiales para las modalidades de selección”
Que el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el proceso, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii.
Que el presente proceso fue sometido a consideración dentro del comité de contratación No 37 del 3 de octubre de 2023, en el cual se recomendó el inicio del presente proceso de selección
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.- Ordenar la apertura del Proceso de Selección Abreviada de menor cuantía No. SGC-SAMC-006-2023, cuyo objeto es “CONTRATAR EL SERVICIO INTEGRAL DE
ASEO Y CAFETERÍA EN LAS INSTALACIONES DEL SERVICIO GEOLÓGICO
COLOMBIANO”.
Articulo 2 .- Establecer que el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es por un valor de has ta TRESCIENTOS DIECIOCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($ 318.161.459,00). incluido IVA y todos los costos directos e indirectos y
CIENTO SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($ 318.161.459,00). incluido IVA y todos los costos directos e indirectos y los impuestos, tasas y contribuciones que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección el cual cuenta con el respaldo presupuestal a través del CDP - PGN No. 120523 del 04 de Octubre de 2023.
Artículo 3.- Desarrollar el presente proceso de selección de conformidad con el cronograma indicado en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II.
Artículo 4.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, el Servicio Geológico Colombiano co nvoca a las veedurías ciudadanas, asociaciones civiles, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especializados de investigación, para que, de estar interesadas, desarrollen su actividad durante la etapa precontractual, contractual y postcontractual del presente proceso haciendo recomendaciones escritas y oportunas ante esta Entidad y ante los organismos de control del Estado, para buscar la eficiencia institucional y la probidad en la actuación de los servidores públicos. Así mismo, podrán intervenir en todas las audiencias que se realicen durante el proceso.
1894 17-OCTUBRE-2023Por medio de la cual se ordena la apertura del proceso de Selección Abreviada de Menor cuantía No. SGC-SAMC-006-2023
1894 17-OCTUBRE-2023Por medio de la cual se ordena la apertura del proceso de Selección Abreviada de Menor cuantía No. SGC-SAMC-006-2023
Artículo 5.- El estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el Proceso Selección Abrev iada de Menor Cuantía No. SGC-SAMC0062023, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii
Artículo 6.- Publicar el presente acto administrativo en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II.
Artículo 7.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y contra la misma no procede recurso alguno.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
MARÍA ALEJANDRA QUINTERO POVEDA
SECRETARIA GENERAL
Proyectó Santiago Ruiz Bermúdez Abogado - Grupo de Contratos y Convenios Revisó Ricardo Galezo Mazenett Abogado - Oficina Asesora Jurídica Revisó Amanda Patricia Nauzan Ceballos LiderGrupo de Contratos y Convenios
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