SGC - Resolución 1947 de 2023
Detalles
- Título
- SGC - Resolución 1947 de 2023
- Autor
- Servicio Geológico Colombiano
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2023
COLOMBIA APOTENCIA DE LA SERVICIO //GEOLÓGICO ——VI DA COLOMBIANO RESOLUCIÓN No. 1947 , 23 0CT 2023 “Por la cual se convoca a los funcionarios del Servicio Geológico Colombiano para laelección de los representantes de los empleados en la Comisión de Personal” LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO En uso de las facultades legales, en especial de las conferidas en el artículo 5% delDecreto 2703 del 22 de noviembre de 2013, y las Resoluciones Nos, D-480 y D-481del 22 de diciembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 16 de la Ley 909 de 2004 señala que “En todos los organismos yentidades reguladas por esta Ley deberá existir una Comisión de Personal,conformada por dos (2) representantes de la Entidad u organismo, designados porel nominador o por quien haga sus veces y dos (2) representantes de losempleados quienes deben ser de carrera administrativa y elegidos por votacióndirecta de los empleados (...). Que de acuerdo con lo normado por el mencionado artículo de la Ley 909 de 2004,son funciones de la Comisión de Personal las siguientes:
a) “Velar porque los procesos de selección para la provisión de empleos y deevaluación del desempeño se realicen conforme con lo establecido en lasnormas y procedimientos legales y reglamentarios y con los lineamientosseñalados por la Comisión Nacional del Servicio Civil. Las citadas atribucionesse llevarán a cabo sin perjuicio de las facultades de la Comisión Nacional delServicio Civil, Para el efecto, la Comisión de Personal deberá elaborar losinformes y atender las solicitudes que aquella requiera;b) Resolver las reclamaciones que en materia de procesos de selección yeyaluación del desempeño y encargo les sean atribuidas por el procedimientoespecial;c) Solicitar a la Comisión Nacional del Servicio Civil la exclusión de la lista deelegibles de las personas que hubieren sido incluidas sin reunir los requisitosexigidos en las respectivas convocatorias, o con violación de las leyes oreglamentos que regulan la carrera administrativa. En el caso de noatenderse la solicitud, deberán informar de esta situación a la ComisiónNacional del Servicio Civil para que adopte las medidas pertinentes;d) Conocer, en primera instancia, de las reclamaciones que formulen losempleados de carrera que hayan optado por el derecho preferencial a servinculados, cuando se les supriman sus empleos, por considerar que han sidovulnerados sus derechos;e) Conocer, en primera instancia, de las reclamaciones que presenten losempleados por los efectos de las incorporaciones a las nuevas plantas depersonal de la entidad o por desmejoramiento de sus condiciones laborales opor los encargos;f) Velar porque los empleos se provean en el orden de prioridad establecido enlas normas legales y porque las listas
de elegibles sean utilizadas dentro delos principios de economía, celeridad y eficacia de la función administrativa;g) Velar porque en los procesos de selección se cumplan los principios y reglasprevistas en esta ley;h) Participar en la elaboración del plan anual de formación y capacitación y en elde estímulos y en su seguimiento;i) Proponer en la respectiva entidad la formulación de programas para eldiagnóstico y medición del clima organizacional;j) Las demás funciones que le sean atribuidas por la ley o el reglamento”.
Que el título 14 del Decreto 1083 de 2015, establece el procedimiento para laelección de los Representantes de los Empleados en la Comisión de Personal. Que el artículo 2.2.14.1.1., del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículodel Decreto 498 del 30 de marzo de 2020, dispone que: Página 1 ZzCOLOMBIAPOTENCIA DE LA VIDA >? 0cT 03 ¿91,7 “En todos los organismos y entidades regulados por la Ley 909 de 2004deberá existir una Comisión de Personal conformada por dos (2)representantes del organismo o entidad, designados por el nominador o porquien haga sus veces y dos (2) representantes de los empleados quienesdeben ser de carrera administrativa, Los dos representantes que para el efecto designe el jefe del organismo oentidad serán empleados públicos de libre nombramiento y remoción o decarrera administrativa. Los dos (2) representantes de los empleados serán elegidos por votacióndirecta de los empleados públicos del organismo o entidad y cada uno tendráun suplente que deberá acreditar los mismos requisitos y condiciones deltitular. En las votaciones que se adelanten para la elección de losrepresentantes de la Comisión de Personal, podrán participar todos losservidores que ocupen empleos de carrera administrativaindependientemente de su forma de vinculación y los empleados vinculadosen empleos que conforman las plantas temporales”. Que el artículo 2.2.14.2.3, del Decreto 1083 de 2015, establece que “Los aspirantesa ser representantes de los empleados en la Comisión de Personal deberánacreditar las siguientes calidades: 1. No haber sido sancionados disciplinariamentedurante el año anterior a la fecha de la inscripción de la candidatura; 2. Serempleados de carrera Administrativa.”
Que, de acuerdo con el artículo 2.2.14.2.13, del Decreto 1083 de 2015 “Losrepresentantes de los empleados en la Comisión de Personal y sus suplentes seránelegidos para períodos de dos (2) años, que se contarán a partir de la fecha de lacomunicación de la elección”. Que mediante el Acuerdo 001 del 20 de noviembre de 2023 se aprobó y adoptó elreglamento de organización y funcionamiento de la Comisión de Personal delServicio Geológico Colombiano. Que la Resolución No. D-529 del 22 de octubre de 2015 reglamentó la elección delos representantes de los empleados en la Comisión de Personal. Que mediante Resolución No. D-298 del 20 de octubre 2021 se convocó a losfuncionarios del Servicio Geológico Colombiano para, que por votación universaldirecta y secreta eligieran a los representantes principales y suplentes en lacomisión de personal período 2021-2023. Que conforme lo indicado, el período de los actuales representantes de losempleados en la Comisión de Personal del Servicio Geológico, finaliza el 16 dediciembre de 2023, Que, en consecuencia, se hace necesario convocar a los funcionarios del ServicioGeológico Colombiano para que, mediante votación universal, directa y secretaelijan a dos (2) representantes de los empleados en la Comisión de Personal y asus respectivos suplentes, para el periodo institucional 2023-2025,
Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1. Convocar a los funcionarios del Servicio Geológico Colombiano, paraque el 29 de noviembre de 2023, mediante votación universal, directa y secreta,elijan dos (2) representantes principales y a sus respectivos suplentes en la Comisiónde Personal de la Entidad, efecto para el cual se observará el procedimiento previstoen la Resolución No. D-529 del 22 de octubre de 2023, y el siguiente cronograma: FAd NACTIVIDAD FECHA LUGAR RESPONSABLE ). a CoordinaciónDivulgación de la |Snvetatoris 23 al 27 de octubre de 2023 Grupo de Talento Humano old Talento”] Página 2 detCOLOMBIAPOTENCIA DE LA VIDA 23 OCT 2023 SERVICIOGEOLÓGICOCOLOMBIANO4947 tnt, (©— Primer plazo parala Inscripción deCandidatos A partir de las 9:00 a.m. del 1 denoviembre de 2023 y hasta las 4:00p.m. del 8 de noviembre de 2023.Si dentro de la fecha señalada no seinscribieren por lo menos cuatro (4)candidatos o los inscritos no acreditanlos requisitos exigidos, este términose prorrogará por cinco (5) días. Grupo de Talento Humano CoordinaciónGrupo de TalentoHumano Segundo plazopara la Inscripciónde Candidatos A partir de las 9:00 a.m. del 9 denoviembre de 2023 y finalizará a las4:00 p.m. del 16 de noviembre de2023, Grupo de Talento Humano CoordinaciónGrupo de TalentoHumano
Publicación Lista deCandidatos 9 de noviembre de 2023 o el 17 denoviembre de 2023, según sea elcaso. Grupo de Talento Humano CoordinaciónGrupo de TalentoHumano Designación dejurados devotación 10 de noviembre de 2023 o el 17 denoviembre de 2023, según sea elcaso. Grupo de Talento Humano CoordinaciónGrupo de TalentoHumano Notificación de losjurados devotación 14 de noviembre de 2023 o el 21 denoviembre de 2023, según sea elcaso. Grupo de Talento Humano CoordinaciónGrupo de TalentoHumano Publicación Lista27 de noviembre de 2023 CoordinaciónGeneral de Grupo de Talento Humano Grupo de TalentoVotantes HumanoLas elecciones se efectuarán deElección de manera virtual mediante larepresentantes delos empleados enfa Comisión dePersonal A partir de las 8:00 a.m. y hasta las4:00 p.m. del 29 de noviembre de2023. herramienta tecnológica divulgadamediante correo electrónico conen el link habilitado el día de lavotación. CoordinaciónGrupo de TalentoHumano A partir de las 4:30 p.m. del 29 dea Jurados de Conteo de votos y | noviembre de 2023. Grupo de Talento Humano Votaciónescrutinio :designados Escrutinio yanotación en lacorrespondienteacta del número de Jurados devotos 29 de noviembre de 2023, Grupo de Talento Humano Votaciónemitidos a favor de designadoscada candidato, asícomo el de losvotos en blanco. ES 29 de noviembre de 2023. Grupo de Talento Humano Candidatos Envío de acta deescrutinio, votos y Jurados delista de 29 de noviembre de 2023. Grupo de Talento Humano Votaciónsufragantes por designadoscorreo electrónico
ES 29 de noviembre de 2023. Grupo de Talento Humano Candidatos Envío de acta deescrutinio, votos y Jurados delista de 29 de noviembre de 2023. Grupo de Talento Humano Votaciónsufragantes por designadoscorreo electrónico Respuesta areclamaciones30 de noviembre al 1 de diciembrede 2023. Grupo de Talento Humano CoordinaciónGrupo de TalentoHumano Publicación deresultados4 de diciembre de 2023. Grupo de Talento Humano CoordinaciónGrupo de TalentoHumano PARÁGRAFO. El voto es personal, secreto y una vez emitido, no podrá realizarsenuevamente dentro del horario establecido y en la fecha de la elección. Los mediosutilizados para la jornada de elecciones serán aprobados por el Grupo de TrabajoTalento Humano e informados a los jurados de votación, quienes deberán realizar lasupervisión y control requerido. ARTÍCULO 2. Los Representantes de los empleados y sus suplentes serán elegidospor un período de dos (2) años, a partir del 17 de diciembre de 2023,vencimiento del período actual. por Página 3 de 4COLOMBIAPOTENCIA DE LA VIDA 23 0CT 208 3947 «0%COLOMB(Y 7 ARTÍCULO 3°, La presente resolución rige a partir de la fecha de su expediciónCOMUNÍQUESE Y CÚMPLASEDada en Bogotá, 72 ocT 2023
Secretaria Géneral Elaboró: Luz Ángela Amórtegui, Abogada Contratista GTHMarleny Sánchez, contratista GTH YRevisó: Martha Isabel Vanegas, Coordinadora GTH afRevisó: Laura Soto, Abogada Contratista Secretaría General UN Página 4 de 4